C/ ALEX GABRIEL FUENTES RUBILAR
Rol
O-264-2021
Fecha
6 de septiembre de 2021
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día 7 de Octubre de 2020, aproximadamente a la 1:20 am, el acusado ALEX GABRIEL FUENTES RUBILAR concurrió hasta el domicilio ubicado en Av. Gral. Gambino 3910, Conchalí, destinado a la habitación y residencia de la fallecida Nora Godoy Armijo, y bajo el cuidado de don Duberli Godoy Armijo. Una vez en el lugar ingresó al terreno mediante el escalamiento de los cierres perimetrales, y luego la protección metálica y el vidrio de una de las ventanas de la casa habitación, ingresando por ella al interior, desde donde sustrajo una plancha, un hervidor, una olla presión eléctrica, una linterna, un televisor portátil, un reloj de pared, una batidora, una radio, un árbol de navidad y una maleta, especies de las que se apropió y sacó del inmueble lanzándolas hacia la vía pública; asimismo se apropió de un bolso perteneciente a don Duberli Godoy, en el que cargó ropa de mujer que sustrajo de la casa, pero que no alcanzó a sacar del inmueble. Acto seguido el imputado salió del domicilio escalando la reja, siendo sorprendido y detenido por personal de carabineros en momento que recolectaba las especies que había lanzado hacia la vía pública, para efecto de huir del lugar con ellas.” A juicio de la Fiscalía, los hechos descritos son constitutivos del delito de robo en lugar destinado a la habitación, previsto y sancionado en el artículo 440 N°1 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, atribuyéndole al acusado participación en calidad de autor, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 15 Nº 1 del mismo Código. Sostuvo el persecutor que no concurren respecto del imputado circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, por lo que solicitó se condene a ALEX GABRIEL FUENTES RUBILAR a la pena de 10 años de presidio mayor en grado mínimo y a las accesorias legales del artículo 28 del Código Penal, con costas. VALERIA ALEJANDRA ALLIENDE LEIVA Juez Redactor Fecha: 06/09/2021 14:05:03 SFWMWCBGGX MAURICIO ALFREDO RETTIG ESPINOZA Juez Integrante Fecha:
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que el día uno de septiembre del presente año, ante la sala de este Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por los magistrados doña Gloria Canales Abarca, quien la presidió, don Mauricio Rettig Espinoza y doña Valeria Alliende Leiva, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en esta causa RIT N° 264-2021, seguida en contra de ALEX GABRIEL FUENTES RUBILAR, RUN 13.675.681-8, nacido en Santiago el día 16 de febrero de 1979, 42 años, soltero, comerciante, domiciliado en Ahumada N°670, Isla de Maipo. Fue parte acusadora en este juicio el Ministerio Público, representado por el fiscal adjunto don Claudio González Soto, en tanto la defensa del acusado, estuvo a cargo de la abogada de la Defensoría Penal Pública, doña Camila Valenzuela Larraín, ambos con domicilio y forma de notificación debidamente registrados en este tribunal. SEGUNDO: Acusación. Que el Ministerio Público, fundó la acusación deducida en contra del imputado, según se lee en el auto de apertura del presente juicio oral, en los siguientes hechos: “El día 7 de Octubre de 2020, aproximadamente a la 1:20 am, el acusado ALEX GABRIEL FUENTES RUBILAR concurrió hasta el domicilio ubicado en Av. Gral. Gambino 3910, Conchalí, destinado a la habitación y residencia de la fallecida Nora Godoy Armijo, y bajo el cuidado de don Duberli Godoy Armijo. Una vez en el lugar ingresó al terreno mediante el escalamiento de los cierres perimetrales, y luego la protección metálica y el vidrio de una de las ventanas de la casa habitación, ingresando por ella al interior, desde donde sustrajo una plancha, un hervidor, una olla presión eléctrica, una linterna, un televisor portátil, un reloj de pared, una batidora, una radio, un árbol de navidad y una maleta, especies de las que se apropió y sacó del inmueble lanzándolas hacia la vía pública; asimismo se apropió de un bolso perteneciente a don Duberli Godoy, en el que cargó ropa de mujer que sustrajo de la casa, pero que no alcanzó a sacar del inmueble. Acto seguido el imputado salió del domicilio escalando la reja, siendo sorprendido y detenido por personal de carabineros en momento que recolectaba las especies que había lanzado hacia la vía pública, para efecto de huir del lugar con ellas.” A juicio de la Fiscalía, los hechos descritos son constitutivos del delito de robo en lugar destinado a la habitación, previsto y sancionado en el artículo 440 N°1 del Código Penal, en grado de desarrollo consumado, atribuyéndole al acusado participación en calidad de autor, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 15 Nº 1 del mismo Código. Sostuvo el persecutor que no concurren respecto del imputado circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, por lo que solicitó se condene a ALEX GABRIEL FUENTES RUBILAR a la pena de 10 años de presidio mayor en grado mínimo y a las accesorias legales del artículo 28 del Código Penal, con costas. VALERIA ALEJANDRA ALLIENDE LEIVA Juez Redact
Fallo
por tanto, ajenas al sujeto que realizó dicha apropiación, con evidente ánimo de lucro, las que sacó de su esfera de la resguardo lanzándolas hacia la vía pública, en la cual fue sorprendido por carabineros, lo cual configura los elementos básicos del tipo penal de robo con fuerza en las cosas en un lugar no habitado, previsto en la norma legal citada. UNDÉCIMO: Participación. Que la participación del acusado Alex Gabriel Fuentes Rubilar, fue estimada por el tribunal en calidad de autor del delito descrito precedentemente, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 15 N°1 del Código Penal, participación que resultó establecida con el mérito de la misma prueba antes referida, en particular con los dichos del funcionario policial Williams Esteban Arriagada Higuera, quien indicó que la persona detenida el VALERIA ALEJANDRA ALLIENDE LEIVA Juez Redactor Fecha: 06/09/2021 14:05:03 SFWMWCBGGX MAURICIO ALFREDO RETTIG ESPINOZA Juez Integrante Fecha: 06/09/2021 14:06:52 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl Poder Judicial Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Santiago - 22 - día de los hechos en el exterior del inmu
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Poder Judicial Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal Santiago - 1 - Santiago, seis de septiembre de dos mil veintiuno. VISTO, OIDO LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que el día uno de septiembre del presente año, ante la sala de este Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por los magistrados doña Gloria Canales Abarca, quien la
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