MINISTERIO PUBLICO C/ LEONEL FRANCISCO CONTRERAS SÁNCHEZ
Rol
O-1663-2019
Fecha
4 de septiembre de 2021
Materia
DAÑOS SIMPLES., HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos del requerimiento son los siguientes: El día 19 de junio de 2019, los imputados LEONEL FRANCISCO CONTRERAS SÁNCHEZ, ANDREA ESTEFANÍA SANDOVAL EPUL, PEDOR ALBERTO PÉREZ ARMIJO, IVÁN LUCIANO SOTO ROJAS, y FERNANDO ANDRÉS FARFÁN ESPINOZA, previamente concertados, viajan desde Santiago a la comuna de Los Andes [con] la finalidad de cometer delitos de apropiación de dinero el cual generalmente se comete siguiendo a las víctimas al interior del banco, marcando a las víctimas que han efectuado retiros de dinero importantes para luego seguirlas, en el modo de operar uno de los sujetos pincha un neumático a objeto de que las víctimas se detengan, ofreciendo otro de los sujetos ayuda a las víctimas momentos en los cuales otro de ellos sustrae el dinero que mantenía en el vehículo. Las víctimas de la presente causa, dos ciudadanas argentinas de nombres Andrea Karina Pellegrini [y] Nelly Viviana Morto, alojadas en el Hotel Santa Teresa concurrieron ese día al centro de la ciudad de Los Andes, con el objeto de cambiar cheques en dólares, US$4.000.- específicamente siendo seguidas de manera rotatoria por los imputados lo que quedó registrado en cámaras de seguridad. Luego, siguen hasta el Hotel Santa Teresa, ingresando indistintamente los imputados al Hotel, entre ellos la mujer Andrea Estefanía Sandoval Epul y el imputado mayor de edad, Leonel Francisco Contreras Sánchez, mientras los otros imputados les esperaban en el exterior resguardando la situación. El imputado Contreras Sánchez pincha los neumáticos del vehículo en el que se movilizaban las víctimas, subiendo los cinco imputados al vehículo en el que se movilizaban para seguir a las víctimas y poder sustraer el dinero que estas habían retirado de los bancos previamente. Esta acción de los imputados fue presenciado por trabajadores del Hotel quienes alertados de lo que ocurría, salen en persecución de las víctimas y del vehículo de los imputados, alertando a Carabineros. Los imputándose dándose cuenta de que había
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Intervinientes y requerimiento. Que ante este Juzgado de Garantía de Los Andes, los días 26, 27 y 30 de agosto del año en curso, en causa RUC Nº 1900659560-2, RIT Nº 1663-2019, se ha desarrollado audiencia de juicio oral en que el Ministerio Público, representado en la audiencia de juicio oral el Sr. Fiscal Adjunto don Jorge Alfaro Figueroa, dedujo requerimiento en procedimiento simplificado, conforme a los artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, en contra de los imputados: a) Leonel Francisco Contreras Sánchez, RUN N° 9.494.392-2, se desconoce actividad, domiciliado en calle Seis Oriente N° 8482, comuna de La Granja, representado por la abogada defensora penal pública doña Lissette de la Fuente Valenzuela; b) Iván Luciano Soto Rojas, RUN N° 18.246.861- 4, se desconoce actividad, domiciliado en Pasaje San Pedro N° 2280, comuna de La Florida, y c) Fernando Andrés Farfán Espinoza, RUN N° 18.675.904-4, se desconoce actividad, domiciliado en calle Quebrada de San Pedro N° 1630, comuna de Peñalolén, estos últimos representados por el abogado defensor penal privado don Emilio Elgueta Torres. Los hechos del requerimiento son los siguientes: El día 19 de junio de 2019, los imputados LEONEL FRANCISCO CONTRERAS SÁNCHEZ, ANDREA ESTEFANÍA SANDOVAL EPUL, PEDOR ALBERTO PÉREZ ARMIJO, IVÁN LUCIANO SOTO ROJAS, y FERNANDO ANDRÉS FARFÁN ESPINOZA, previamente concertados, viajan desde Santiago a la comuna de Los Andes [con] la finalidad de cometer delitos de apropiación de dinero el cual generalmente se comete siguiendo a las víctimas al interior del banco, marcando a las víctimas que han efectuado retiros de dinero importantes para luego seguirlas, en el modo de operar uno de los sujetos pincha un neumático a objeto de que las víctimas se detengan, ofreciendo otro de los sujetos ayuda a las víctimas momentos en los cuales otro de ellos sustrae el dinero que mantenía en el vehículo. Las víctimas de la presente causa, dos ciudadanas argentinas de nombres Andrea Karina Pellegrini [y] Nelly Viviana Morto, alojadas en el Hotel Santa Teresa concurrieron ese día al centro de la ciudad de Los Andes, con el objeto de cambiar cheques en dólares, US$4.000.- específicamente siendo seguidas de manera rotatoria por los imputados lo que quedó registrado en cámaras de seguridad. Luego, siguen hasta el Hotel Santa Teresa, ingresando indistintamente los imputados al Hotel, entre ellos la mujer Andrea Estefanía Sandoval Epul y el imputado mayor de edad, Leonel Francisco Contreras Sánchez, mientras los otros imputados les esperaban en el exterior resguardando la situación. El imputado Contreras Sánchez pincha los neumáticos del vehículo en el que se movilizaban las víctimas, subiendo los cinco imputados al vehículo en el que se movilizaban para seguir a las víctimas y poder sustraer el dinero que estas habían retirado de los bancos previamente. Esta acción de los imputados fue presenciado por trabajadores del Hotel quienes alertados de lo que oc
Fallo
por tanto, le volvieron a pagar. Señala que se le perdió ropa, una camisa y hasta plata, unos quince mil pesos. Preguntado por el fiscal, señala que se había separado a la hora del almuerzo. No sabe dónde se habían ido ellos. No sabe el momento en que se volvieron a juntar, en el lugar donde dejaron estacionado el auto. Como no conoce Los Andes, no sabe el lugar exacto. Nunca entraron a un hotel, pero que dieron vueltas para buscar un lugar dónde comer. Nunca estuvieron fuera de un hotel. Reitera que no se sabe el nombre de las calles. Cuando se refiere a “ellos”, alude a Estefanía, Leonel y Pedro, a quien le dicen “pelluco”. No está en la audiencia de hoy. No se recuerda cómo estaba vestido ese día. Ante esa respuesta, se procede a la exhibición de un disco bajo el NUE 2259686, bajo la carpeta “PARTE 1741 3ª COMISARÍA DE LOS ANDES” y en subcarpeta “FOTOGRAFÍA DE IMPUTADO” se le exhibe la fotografía N° 11 donde reconoce que aparece él, reconociendo como de su propiedad la vestimenta que tenía. Luego se exhibe video, también recogido bajo el mismo NUE, nombrado por el fiscal como “IMÁGENES DEL EXTERIOR”. En el momento “14.15.49” de 19 de junio de 2019: se le consulta por personas que ingresar, respondiendo que no distingue a las dos personas que aparecen en la imagen. Luego, en el mismo video, se le exhibe un tercer sujeto, indicando que tampoco lo distingue. Ante las consultas de su defensor Sr. Elgueta, reitera que desconoce qué fue lo pasó con los otros acompañantes. Sol
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Los Andes, cuatro de septiembre de dos mil veintiuno. VISTOS, OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Intervinientes y requerimiento. Que ante este Juzgado de Garantía de Los Andes, los días 26, 27 y 30 de agosto del año en curso, en causa RUC Nº 1900659560-2, RIT Nº 1663-2019, se ha desarrollado audiencia de juicio oral en que el Ministerio Público, representado en la audiencia de juicio oral el Sr. Fis
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