Juzgado de Garantía de la Serena.

MINISTERIO PUBLICO C/ KEVIN DAVID MUÑOZ CASTRO

Rol

O-2138-2021

Fecha

3 de septiembre de 2021

Materia

CONSUMO/PORTE EN LUG.PUB.O PRIV.C/PREVIO CONCIERTO(ART.50).

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de La Serena el Ministerio Público de esta ciudad, dedujo acusación, la que atención a la cuantía de la pena requerida y lo preceptuado en el artículo 390 del Código Procesal Penal, se dispuso la continuación de procedimiento de acuerdo con las reglas del simplificado y se tuvo a aquella como requerimiento en contra de KEVIN DAVID MUÑOZ CASTRO, cédula nacional de identidad N° 21.097.127-0, chileno, soltero, nacido el 26 de febrero de 2002, 18 años de edad, desconoce profesión u oficio, domiciliado en Ignacio Carrera Pinto Nº 2239, comuna de La Serena; y en contra de ALEXIS ANDRÉS PINTO GÁRATE, cédula nacional de identidad N° 18.757.922-8, chileno, soltero, nacido el 30 de junio de 1994, 27 años de edad, desconozco profesión u oficio, domiciliado en calle del Oro Nº 572, pueblo Lambert, comuna de La Serena, ambos defendidos por un abogado defensor penal público de esta ciudad. SEGUNDO: Que, en su requerimiento, la Fiscalía solicitó se sancionara al imputado cada con la pena de multa de dos unidades tributarias mensuales, por su responsabilidad como autores de la falta de porte de drogas, prevista y sancionada en el artículo 50 de la Ley 20.000, hecho acaecido: “El día 01 de abril de 2021, a las 18.55 horas, en la vía pública, intersección de Fundición con Mina 26 de agosto, Las Compañías, comuna de La Serena, los acusados Kevin David Muñoz Castro y Alexis Andrés Pinto Gárate, se encontraban en dicha intersección portando y guardando, conjuntamente, para su uso o consumo personal, exclusivo y próximo en el tiempo, en un paquete de nylon transparente, 81 envoltorios de papel, contendedores de 4,79 gramos de pasta base de cocaína, estando el acusado Pinto Gárate como copiloto al interior del vehículo PPU YD.7801, quien al ver la presencia policial ocultó y guardó el paquete a la altura de la pretina de su pantalón entre sus genitales.” Señalando en su escrito que concurría respecto del requerido Muñoz Castro la circunstancia modificatoria de responsabilidad prevista en el artículo 11 N° 6 del Código Penal. TERCERO: Que, en la audiencia de procedimiento simplificado, el fiscal presente para el evento que cada requerido admitiera responsabilidad, reconoció como concurrente la circunstancia atenuante de colaboración sustancial en el esclarecimiento de los hechos, prevista en el N° 9 del artículo 11 del Código Penal, conforme a lo anterior modificó la pena originalmente solicitada, pidiendo la imposición de una pena XPZXWCHCMX Pedro Alvaro Rojas Castro Juez de garantía Fecha: 03/09/2021 15:02:26 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y

Fallo

se resuelve: XPZXWCHCMX Pedro Alvaro Rojas Castro Juez de garantía Fecha: 03/09/2021 15:02:26 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Poder Judicial Juzgado de Garantía de La Serena. PROCEDIMIENTO: SIMPLIFICADO RUC Nº: 2100.312.824-2. RIT Nº: 2.138-2021. DELITO: Artículo 50 Ley 20.000, porte droga. SENTENCIADO: Kevin David Muñoz Castro y Alexis Andrés Pinto Gárate. 4 I.- Que, SE CONDENA a KEVIN DAVID MUÑOZ CASTRO, cédula nacional de identidad N° 21.097.127-0, y a ALEXIS ANDRÉS PINTO GÁRATE, cédula nacional de identidad N° 18.757.922-8, ambos ya individualizados, a sufrir, cada uno de ellos, una pena de MULTA DE UN TERCIO DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, por su responsabilidad como autores de la falta de porte de drogas o sustancias estupefacientes o sicotrópicas, en lugares públicos o abiertos, destinada a su consumo personal, exclusivo y próximo en el tiempo, prevista y sancionada en el artículo 50 de la Ley 20.000, perpetrada en esta comuna el día uno de abril del año dos mil veintiuno. II.- Que, conforme lo razonado en el motivo o

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Poder Judicial Juzgado de Garantía de La Serena. PROCEDIMIENTO: SIMPLIFICADO RUC Nº: 2100.312.824-2. RIT Nº: 2.138-2021. DELITO: Artículo 50 Ley 20.000, porte droga. SENTENCIADO: Kevin David Muñoz Castro y Alexis Andrés Pinto Gárate. 1 La Serena, a tres de septiembre del año dos mil veintiuno. VISTOS y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Garantía de La Serena el Ministerio Público

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