Juzgado de Letras y Garantía de Carahue.

RAUL LISANDRO PAVEZ MORA C/ FERNANDO ANDRÉS ANTILAO LEVIL

Rol

O-647-2021

Fecha

2 de septiembre de 2021

Materia

CONDUC.BAJO INFLUEN DEL ALCOHOL CON O SIN DAÑOS O LES.LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Intervinientes. Que, ante este Juzgado de Letras con competencia en Garantía de Carahue, en causa RUC 2001298716-2, RIT 647- 2021, ha comparecido el Ministerio Público de esta ciudad representado por su fiscal doña Magna Elena Gómez Franco, quien presentó requerimiento en contra FERNANDO ANDRÉS ANTILAO LEVIL, cédula de identidad N° 20.510.854-8, desconozco profesión u oficio, domiciliado en calle Mateo Toro y Zambrano N° 751, villa Bicentenario, comuna de Carahue, legalmente representado por la defensora penal pública Laura Torres Gallegos. SEGUNDO: Que, los hechos por los cuales se requirió al imputado son los siguientes: HECHOS: “El 28 de diciembre de 2020, alrededor de las 19:50 horas, el imputado Fernando Andrés Antilao Levil conducía bajo la influencia del alcohol con una dosificación de 0.51 gramos por mil de alcohol en la sangre, y sin haber obtenido licencia de conducir, la motocicleta marca Honda, modelo CB19ORI Repsol, placa patente única HDY-41, por calle Mateo de Toro y Zambrano con Emiliano Figueroa, de la comuna de Carahue, perdiendo el control del vehículo, impactando a la camioneta marca Mitsubishi, modelo L200, placa patente única BRSK-75 que circulaba por calle Emiliano Figueroa, a raíz de lo cual el imputado cayó al suelo, siendo trasladado en ambulancia al hospital local, resultando con lesiones de carácter leves. Una vez en el centro asistencial Carabineros procedió a efectuar examen de alcotest al imputado, el que arrojó una dosificación de 0.58 gramos por mil de alcohol en la sangre, realizándosele además examen de alcoholemia.” CALIFICACIÓN JURÍDICA: Los hechos precedentemente descritos, en concepto del Ministerio Público, configuran el delito de conducción bajo la influencia del alcohol, sin haber obtenido licencia de conducir, descrito y sancionado en el artículo 193, en relación al artículo 209 de la Ley Nº 18.290, en grado de consumado y en el mismo al requerido le ha cabido participación en calidad d

Fundamentos

considerando noveno de esta sentencia. IV.- Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal y artículo 38 de la Ley 18.216, en cuanto se omita la presente sentencia de PJMXWCDEFX Carlos Gabriel Alejandro Jeria Montoya Juez de garantía Fecha: 06/09/2021 14:03:23 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl su certificado de antecedentes para efectos laborales, una vez ejecutoriado el presente fallo, oficiándose a los organismos correspondientes. Regístrese y Archívese, cuando procediere. Téngase a los intervinientes por notificados conforme al artículo 30 y 346 ambos del Código Procesal Penal. Se tiene presente la renuncia de plazos y recursos por los intervinientes. RUC : 2001298716-2 RIT : 647-2021 Dictada por don Carlos Gabriel Alejandro Jeria Montoya, Juez titular del Juzgado de Letras y Garantía de Carahue.- PJMXWCDEFX Carlos Gabriel Alejandro Jeria Montoya Juez de garantía Fecha: 06/09/2021 14:03:23 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S alas y G óm ez restar 2 horas. P ara m ás inform ación consulte http://w.horaoficial.cl 2021-09-06T14:06:08-0300 Corte Suprema Carlos Gabriel Alejandro Jeria Montoya Verificación Legal

Fallo

se declara: I.- Que, se CONDENA a FERNANDO ANDRÉS ANTILAO LEVIL, cédula de identidad N° 20.510.854-8, en lo demás ya individualizado, como AUTOR, en grado de CONSUMADO, del delito de CONDUCCIÓN BAJO LA INFLUENCIA DEL ALCOHOL, SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR, descrito y sancionado en el artículo 193, en relación al artículo 209 de la Ley Nº 18.290, perpetrado el día 28 de diciembre de 2020 en esta Jurisdicción, a las siguientes penas: a).- Al pago de una multa de UN TERCIO Unidad Tributaria Mensual, a beneficio fiscal. Que la pena de multa se le sustituirá y dará POR CUMPLIDA en virtud del mayor tiempo que el imputado pasó privado de libertad en esta causa. b).- Que se condena a sufrir la sanción accesoria de inhabilidad de obtener licencia de conducir por el término de tres meses. Ofíciese al departamento de tránsito respectivo. II.- Que, no se condena en costas al sentenciado, en conformidad a lo razonado en el considerando noveno de esta sentencia. IV.- Cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal y artículo 38 de la Ley 18.216, en cuanto se omita la presente sentencia de PJMXWCDEFX Carlos Gabriel Alejandro Jeria Montoya Juez de garantía Fecha: 06/09/2021 14:03:23 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 5 de septiem bre de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en C hile C ontinental. P ara C hile Insula

Texto Completo (Preview)

RUC : 2001298716-2 RIT : 647-2021 MATERIA : CONDUCCION BAJO INFLUENCIA SIN LICENCIA IMPUTADO : FERNANDO ANDRÉS ANTILAO LEVIL RESOLUCIÓN : SENTENCIA DEFINITIVA PROCEDIMIENTO : SIMPLIFICADO Carahue, dos de septiembre de dos mil veintiuno. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Intervinientes. Que, ante este Juzgado de Letras con competencia en Garantía de Carahue, en causa RUC 2001298716-2, RIT 647-

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