C/ DAVID ESTEBAN FAIRLIE SANTA MARIA
Rol
O-45-2021
Fecha
3 de septiembre de 2021
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha treinta y treinta y uno de agosto del presente año, ante esta Segunda Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena, constituida por los jueces Carlos Manque Tapia, quien presidió la audiencia, Eugenia Gorichon Gómez y Jimena Pérez Pinto, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral seguido en contra de David Esteban Fairlie Santamaría, cédula nacional de identidad N°21.537.516-1, chileno-colombiano, soltero, nacido en Colombia, el 15 de diciembre de 1998, 22 años, enseñanza media completa, sin oficio, domiciliado en calle Arauco 5503, condominio Valles La Florida 3, casa 24, comuna de La Serena. Fue acusador en el presente juicio el Ministerio Público, representado por el fiscal adjunto, Juan Pablo Torrejón Silva, domiciliado en calle Eduardo de la Barra N° 315, La Serena. La defensa del acusado estuvo a cargo de la abogada Defensora Penal Pública Licitada, Francisca Ilabaca Méndez, domiciliada en calle Benavente N° 1524, comuna de La Serena. SEGUNDO: Que el Ministerio Público expone literalmente como hechos materia de su acusación, los siguientes: “El día 09 de octubre de 2019, a las 01.27 horas aproximadamente, el acusado David Esteban Fairle Santamaría, junto a otro sujeto no identificado en la presente investigación, ingresaron al Centro Deportivo “Cerro Grande Pádel Club”, ubicado en Avenida Cuatro Esquinas No. 1500, comuna de La Serena, rompiendo con un elemento contundente el vidrio de la puerta principal de 70 cm. por 80 cm. de diámetro, para una vez en el interior sustraer diferentes especies entre las cuales se encontraban accesorios de pádel, bolsos deportivos, diversos pares de zapatillas y numerosas prendas de vestir, de propiedad de la víctima Consuelo Calderón Araya, avaluadas en la suma aproximada de XHGXWCFJXH Jimena Soledad Perez Pinto Juez Redactor Fecha: 03/09/2021 13:57:24 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2 $1.200.000.-, para posteriormente huir del lugar con las especies en su poder”. Los hechos descritos constituyen, a juicio del Ministerio Público, un delito consumado de robo con fuerza en las cosas en sitio no destinado a la habitación, previsto y sancionado en el artículo 442 N°2 del Código Penal, en relación con el artículo 432 del mismo cuerpo legal, en el que le corresponde al imputado, participación en calidad de autor. Indica el Ministerio Público que respecto del acusado no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal. El Ministerio Público solicitó se condene al acusado a la pena de cinc
Fallo
Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1° del Código Penal; 1°, 275, 295, 297, 341, 342 y 348 del Código Procesal, SE DECLARA: I.- Que se absuelve al acusado David Esteban Fairlie Santamaría de los cargos que se le formularon por el Ministerio Público en estos antecedentes, como autor del delito de robo en lugar no habitado, ilícito presuntamente cometido en la comuna de La Serena, el día 9 de octubre de 2019. II.- Que no se condena en costas al Ministerio Público, por estimar que ha tenido motivo plausible para litigar. Regístrese. Redactada por la Juez Jimena Pérez Pinto. R.U.C.1901110650-4 R.I.T N° 45-2021. XHGXWCFJXH Jimena Soledad Perez Pinto Juez Redactor Fecha: 03/09/2021 13:57:24 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 13 DICTADA POR LOS JUECES DEL TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE LA CIUDAD DE LA SERENA CARLOS MANQUE TAPIA, EUGENIA GORICHON GÓMEZ Y JIMENA SOLEDAD PÉREZ PINTO. XHGXWCFJXH Jimena Soledad Perez Pinto Juez Redactor Fecha: 03/09/2021 13:57:24 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA
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1 C/ David Esteban Fairlie Santamaría Delito: Robo en lugar no habitado. Rol único: 1901110650-4 Rol interno: 45-2021 La Serena, tres de septiembre de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha treinta y treinta y uno de agosto del presente año, ante esta Segunda Sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena, constituida por los jueces Carlos Manque Tapia, quien
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