PAMELA SUSAN LOPEZ SANDOVAL C/ SAMUEL IGNACIO CHOUSAL HERMOSILLA
Rol
O-2548-2020
Fecha
2 de septiembre de 2021
Materia
DAÑOS SIMPLES.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: “El día 31 de julio de 2020, alrededor de las 20:30 horas, en circunstancias que la víctima PAMELA SUSAN LOPEZ SANDOVAL, se encontraba en su domicilio ubicado en calle Los Tilos Nº464, Villa Alemana, llegó hasta el lugar su ex conviviente y padre de un hijo en común de 07 meses de edad, el requerido SAMUEL IGNACIO CHOUSAL HERMOSILLA, quien con golpes de pie fracturó la puerta de madera del antejardín del inmueble, causando asimismo daños en la chapa de la puerta, avaluados en más de una UTM, para posteriormente retirarse del lugar en dirección desconocida”. (Parte expositiva y considerativa en el audio) Y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 N°9, 14, 15 Nº1, 18, 21, 30, 50, 60, 67, 487 del Código Penal; Artículos 388 y siguientes, 340, 468 del Código Procesal Penal; Se declara: I.- Que se condena a SAMUEL IGNACIO CHOUSAL HERMOSILLA, chileno, cedula de identidad N°18.236.414-2, nacido en Quilpué el 06 de agosto de 1992, soltero, quien apercibido por el tribunal en los términos del artículo 26 del Código Procesal Penal, fijó domicilio el de Pasaje Blanco Encalada Nº1577, Depto. 32, Villa Soublette, Quilpué; a sufrir la pena de MULTA DE DOS UNIDAES TRIBUTARIAS MENSUALES Y ACCESORIA DEL ARTÍCULO 9 LETRA B) DE LA LEY 20.066; Por la responsabilidad que le corresponde en su calidad de AUTOR del delito CONSUMADO de DAÑOS SIMPLES, ilícito previsto y sancionado en SNGDWBXCLX Ignacio Andres Adana Juri Juez de garantía Fecha: 02/09/2021 14:59:35 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl el artículo 487 del Código P
Fallo
Se declara: I.- Que se condena a SAMUEL IGNACIO CHOUSAL HERMOSILLA, chileno, cedula de identidad N°18.236.414-2, nacido en Quilpué el 06 de agosto de 1992, soltero, quien apercibido por el tribunal en los términos del artículo 26 del Código Procesal Penal, fijó domicilio el de Pasaje Blanco Encalada Nº1577, Depto. 32, Villa Soublette, Quilpué; a sufrir la pena de MULTA DE DOS UNIDAES TRIBUTARIAS MENSUALES Y ACCESORIA DEL ARTÍCULO 9 LETRA B) DE LA LEY 20.066; Por la responsabilidad que le corresponde en su calidad de AUTOR del delito CONSUMADO de DAÑOS SIMPLES, ilícito previsto y sancionado en SNGDWBXCLX Ignacio Andres Adana Juri Juez de garantía Fecha: 02/09/2021 14:59:35 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl el artículo 487 del Código Penal, perpetrado el 31 de julio de 2020, en Villa Alemana. II.- Se le otorgan dos mensualidades iguales y sucesivas para el pago de la multa. III.- Que, se exime al sentenciado del pago de las costas de la causa. IV.- Dejense sin efecto todas las medidas cautelares en este acto, debiendo oficiar
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C/ SAMUEL IGNACIO CHOUSAL HERMOSILLA. DELITO: DAÑOS SIMPLES. PROCEDIMIENTO: SIMPLIFICADO. ROL ÚNICO: 2000782768-8. ROL INTERNO: 2548-2020. Villa Alemana, dos de septiembre de dos mil veintiuno.- LOS HECHOS: “El día 31 de julio de 2020, alrededor de las 20:30 horas, en circunstancias que la víctima PAMELA SUSAN LOPEZ SANDOVAL, se encontraba en su domicilio ubicado en calle Los Tilos Nº464, Vil
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