ÁLVAREZ/EAGLES CAPITAL ADVISORS SPA
Rol
O-728-2019
Fecha
17 de marzo de 2021
Materia
Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
vistos además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 41, 45, 63,73, 160, 162, 163, 168, 172, 173, 453, 454, 456, 459 y 460 del Código del Trabajo, se declara: I.- Que las demandadas Asesor Seguros SPA y Eagles Capital Advisor SPA, constituyen una unidad económica empresarial en los términos que establece el artículo 3 del Código del Trabajo. II.- Que resultando indebido el despido de que fue objeto la demandante doña Mónica Lucia Álvarez Callejas, se acoge la demanda presentada por ella en contra de Asesor Seguros S.P.A. y Eagles Capital Advisor SPA, condenando a las referidas demandadas de manera solidaria solidarias al pago de las siguientes prestaciones: 1.- Al pago de la suma de $ 645.000 por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. 2.- Al pago de la suma de $ 645.000 por indemnización por año de servicio, la que deberá incrementarse en un 80% conforme lo establece el artículo 188 letra c) del Código del Trabajo, esto es, en la suma de $516.000.- 3.- Al pago de la suma de $910.1665 por concepto de feriado legal y proporcional 4.- Al pago de cotizaciones previsionales, de salud y seguro de cesantía correspondiente a los meses de Febrero, Marzo, Mayo, Noviembre y Diciembre de 2018 y Enero, Febrero Marzo, Abril, Mayo y Junio del 2019. 5.- Al pago de remuneraciones y demás prestaciones laborales, desde la separación de la trabajadora acaecida el día 17 de agosto del año 2019, hasta la convalidación del despido lo que deberá verificarse mediante el pago o acreditación de pago de las cotizaciones de seguridad social referidas precedentemente, esto sobre la base de una remuneración mensual de $645.000. III.- Que las sumas referidas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses que establecen los artículo 63 y 173 del Código del Trabajo. IV.- Que se condena en costas a las demandadas. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad comuníquese la sentencia a las instituciones de seguridad social respectivas, a saber, A.F.P. Capital, Fonasa y A.F.C
Fallo
Por estas consideraciones y vistos además lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 41, 45, 63,73, 160, 162, 163, 168, 172, 173, 453, 454, 456, 459 y 460 del Código del Trabajo, se declara: I.- Que las demandadas Asesor Seguros SPA y Eagles Capital Advisor SPA, constituyen una unidad económica empresarial en los términos que establece el artículo 3 del Código del Trabajo. II.- Que resultando indebido el despido de que fue objeto la demandante doña Mónica Lucia Álvarez Callejas, se acoge la demanda presentada por ella en contra de Asesor Seguros S.P.A. y Eagles Capital Advisor SPA, condenando a las referidas demandadas de manera solidaria solidarias al pago de las siguientes prestaciones: 1.- Al pago de la suma de $ 645.000 por concepto de indemnización sustitutiva de aviso previo. 2.- Al pago de la suma de $ 645.000 por indemnización por año de servicio, la que deberá incrementarse en un 80% conforme lo establece el artículo 188 letra c) del Código del Trabajo, esto es, en la suma de $516.000.- 3.- Al pago de la suma de $910.1665 por concepto de feriado legal y proporcional 4.- Al pago de cotizaciones previsionales, de salud y seguro de cesantía correspondiente a los meses de Febrero, Marzo, Mayo, Noviembre y Diciembre de 2018 y Enero, Febrero Marzo, Abril, Mayo y Junio del 2019. 5.- Al pago de remuneraciones y demás prestaciones laborales, desde la separación de la trabajadora acaecida el día 17 de agosto del año 2019, hasta la convalidación del despido lo que deberá veri
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ACTA DE AUDIENCIA JUICIO FECHA 17 DE MARZO DE 2021 RUC 19-4-0229333-3 RIT O-728-2019 MAGISTRADO RODRIGO DIAZ FIGUEROA ADMINISTRATIVO DE ACTAS PATRICIO SILVA BUZETA SALA 3 HORA DE INICIO 11:19 HORA DE TERMINO 12:33 Nº REGISTRO DE AUDIO 19-4-0229333-3 PARTE DEMANDANTE MONICA LUCIA ALVAREZ CALLEJAS ABOGADO JUAN MIRANDA ROMAN CRISTIAN RODRIGUEZ SILVA PARTE DEMANDADA ASESOR SEG
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