Juzgado de Garantía de Talcahuano.

MP C/ PÍA ELENA GÁRATE ILUFIN

Rol

O-5627-2019

Fecha

27 de agosto de 2021

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además, lo dispuesto en los artículos 137, 11 n°9, 12 n°15, 21, 30, 432, 446, todos del Código Penal, articulo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 10, 11, 12 de la Ley 18.216. Se declara que: I. Se condena a doña Pia Elena Garate Ilufin, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo y a la accesoria de suspensión de cargos a servicio público durante el tiempo que dure la condena, así además a una multa de dos tercios de unidad tributaria mensual por su responsabilidad en calidad de autora del delito frustrado de Hurto Simple previsto y sancionado del artículo 432 en relación al artículo 446 n°2 cometido en la comuna de Talcahuano en perjuicio de tiendas París Mall Plaza del Trebol, cometido el día 17 de agosto de 2021. II. La pena de multa impuesta se tendrá por cumplida con los dos días de privación de libertad conforme a sus detenciones que ha pasado en esta causa, efectivamente desde el día de hoy 27 de agosto de 2021 y el día de su primera detención 18 de agosto de 2019. III. Que en cuanto a la pena privativa de libertad se substituye por la de prestación de servicios en beneficio de la comunidad por el término de 81 horas el que deberá ser facilitado por Gendarmería de Chile, no podrá extenderse más de 8 horas diarias, ser compatible con la actividad estudiantil o laboral que acredite mantener la sentenciada , debiendo entonces gendarmería informar al tribunal la fecha de cumplimiento en cuanto se comenzará a cumplir, las horas y lugar determinado para la realización de los trabajos comunitarios. Debiendo efectuar su primera presentación el día 15 de septiembre de 2021 entre las 09:00 horas de la mañana y las 12:00 horas deberá presentarse al Centro de Reinserción Social para efectuar la primera presentación y que se pueda efectuar el horario y calendario de las actividades que va a realizar que deberá ser incorporado o LZGRWXFZSL Antonia Flores Rubilar Juez de garantía Fecha: 30/08/2021 17:36:29 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA E

Fallo

Por estas consideraciones y visto además, lo dispuesto en los artículos 137, 11 n°9, 12 n°15, 21, 30, 432, 446, todos del Código Penal, articulo 388 y siguientes del Código Procesal Penal, artículo 10, 11, 12 de la Ley 18.216. Se declara que: I. Se condena a doña Pia Elena Garate Ilufin, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo y a la accesoria de suspensión de cargos a servicio público durante el tiempo que dure la condena, así además a una multa de dos tercios de unidad tributaria mensual por su responsabilidad en calidad de autora del delito frustrado de Hurto Simple previsto y sancionado del artículo 432 en relación al artículo 446 n°2 cometido en la comuna de Talcahuano en perjuicio de tiendas París Mall Plaza del Trebol, cometido el día 17 de agosto de 2021. II. La pena de multa impuesta se tendrá por cumplida con los dos días de privación de libertad conforme a sus detenciones que ha pasado en esta causa, efectivamente desde el día de hoy 27 de agosto de 2021 y el día de su primera detención 18 de agosto de 2019. III. Que en cuanto a la pena privativa de libertad se substituye por la de prestación de servicios en beneficio de la comunidad por el término de 81 horas el que deberá ser facilitado por Gendarmería de Chile, no podrá extenderse más de 8 horas diarias, ser compatible con la actividad estudiantil o laboral que acredite mantener la sentenciada , debiendo entonces gendarmería informar al tribunal la fecha de cumplimiento en cuanto se comenzará

Texto Completo (Preview)

La presente acta sólo constituye un registro administrativo en el que se resume lo acontecido y decidido en la audiencia, conteniendo sólo la parte resolutiva del fallo. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia. Talcahuano, veintisiete de agosto de dos mil veintiuno Por estas co

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