IBARRA/
Rol
V-93-2019
Fecha
17 de enero de 2020
Materia
REGISTRO CIVIL, RECTIFICACIÓN PARTIDAS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 06 de agosto de 2019, comparece patrocinada por la abogada de la Corporaci n de Asistencia Judicial Mar a In s Huerta Toledo,ó í é do a Ruth Magdalena Ibarra Mart nez, chilena, soltera, estudiante, c dula deñ í é identidad N°16.875.762-K, domiciliada en calle O´Higgins N°817, Parte Alta, Coquimbo, quien expresa que es madre de la menor Eliette Zoe lvarez Ibarra,Á Rut 26.705.671-4, que naci el 08 de febrero de 2019, inscrito bajo el n meroó ú 238 de la Circunscripci n del Servicio de Registro Civil e Identificaci n deó ó Coquimbo, del a o 2019, menor que fue inscrita con sexo Indeterminado. Seg nñ ú informe certificado realizado por la Endocrin loga Pedi trica del Hospital San Pabloó á de Coquimbo, Dra. Mariflor Mart nez, emitido con fecha 25 de julio de 2019, seí confirma el sexo femenino de la menor por Cariograma. En virtud de lo expuesto y previas citas legales, solicita en definitiva que se ordene rectificar al Registro Civil e Identificaci n, la partida de nacimiento de do a Eliette Zoe lvarez Ibarra,ó ñ Á indicando que su sexo es femenino. SEGUNDO: Que con fecha 02 de septiembre de 2019, se recibió informaci n sumaria de las testigos, Elvira Mart nez Garces, y Jessica Aurora Ibarraó í Mart nez, qui nes se encuentran contestes en manifestar que conocen a Eliette Zoeí é lvarez Ibarra desde, que naci , que al momento de nacer no ten a su sexoÁ ó í definido, y luego de varios ex menes dieron como resultado que la menor es deá sexo femenino, lo cual fue certificado por una profesional del Hospital San Pablo de Coquimbo. TERCERO: Que el solicitante acompa los siguientes documentos:ñó 1. Copia autorizada de la partida de nacimiento de Eliette Zoe lvarez Ibarra.Á 2. Certificado de nacimiento de Eliette Zoe lvarez Ibarra.Á 3. Certificado m dico emitido por la Endocrinologa Pediatrica del Hospital Sané Pablo de Coquimbo, Dra. Mariflor Mart nez. í CUARTO: Que el art culo 17 de la Ley 4.808, dispone que “Lasí inscripciones no podr n ser alteradas ni modificadas sino en virtud de sentenciaá judicial ejecutoriada”. A su vez el art culo 18 del mismo cuerpo legal estableceí que “S lo podr n pedir rectificaci n de una inscripci n las personas a que sta seó á ó ó é refiera, sus representantes legales o sus herederos.”. Por su parte, el art culo 31í numeral 2 de la citada ley se ala que “Las partidas de nacimiento deber nñ á contener, adem s de las indicaciones comunes a toda inscripci n, las siguientes:á ó 1.o Hora, d a, mes, a o y lugar en que ocurri el nacimiento; í ñ ó 2.o El sexo del reci n nacido;”é El art culo í 33 de la referida Ley dispone que “Son requisitos esenciales de la inscripci n de un nacimiento, la fecha de ste y el nombre, apellido y sexo deló é reci n nacido.” Por su parte, elé numeral 2 y 6 respectivamente del art culo 4 deí la Ley 19.477, e alan como funciones del Servicio “Inscribir en el registroñ correspondiente los nacimientos, matrimonios y defunciones; y dejar constancia en dichas inscripcion
Fallo
Por estas consideraciones y visto, adem s lo dispuesto en los art culos 17, 18,á í 31 y 33 de la Ley 4.808, los art culos 817 y siguientes del C digo deí ó Procedimiento Civil, y lo dispuesto en el art culo 104 del Decreto con Fuerza deí Ley 2.128, SE DECLARA: Que HA LUGAR a lo solicitado en lo principal de la presentaci n de fechaó 06 de agosto del a o 2019 y en consecuencia el se or Oficial del Registro Civil deñ ñ la Circunscripci n de Coquimbo, rectificar la partida de nacimiento N° 238,ó á Registro S, a o 2019 de esta circunscripci n, en el sentido de sustituir la menci nñ ó ó del sexo como “indeterminado” a “femenino”, quedando inscrita do añ ELIETTE ZOE LVAREZ IBARRAÁ c dula de identidad N°26.705.671-4, con elé sexo “femenino”. Reg strese, notif quese y en su oportunidad, arch vese.í í í Rol N° V-93-2019. Dictada por don ISMAEL FUENTES NAVARRETE, Juez titular Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Coquimbo, diecisiete de enero de dos mil veinte. Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-01-17T09:08:09-0300
Texto Completo (Preview)
FOJA: 18 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado de Letras de Coquimbo CAUSA ROL : V-93-2019 CARATULADO : IBARRA/ Coquimbo, diecisiete de enero de dos mil veinte. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 06 de agosto de 2019, comparece patrocinada por la abogada de la Corporaci n de Asistencia Judicial Mar a In s Huerta Toledo,ó í é do a Ruth Magdalena Ibarra Mart nez, chi
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica