1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

MUÑOZ/MINERA ANTUCOYA

Rol

O-6443-2019

Fecha

15 de marzo de 2021

Materia

Prestaciones

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

HECHOS: Consta íntegramente en audio. CONCILIACIÓN: Llamadas las partes a conciliación, no se produce. El Tribunal propone como base de acuerdo un 10% de lo demandado, o sea, la suma de $1.200.000.- La parte demandada dice que no viene con instrucciones. *se deja constancia que antes de dar traslado a las excepciones se da un receso de 5 minutos para ver si la parte demandante se conecta a la audiencia* EXCEPCIÓNES Parte demandante no evacúa traslado debido su incomparecencia. EL TRIBUNAL RESUELVE: Téngase por evacuado en rebeldía el traslado conferido a la parte demandante respecto a las excepciones opuestas por la demandada. Conforme a lo dispuesto en el artículo 453 del Código del Trabajo por economía procesal se resuelve dos de las excepciones opuestas por la demandada y que dice relación con lo siguiente: · Respecto a la excepción de Ineptitud del Libelo: se rechaza sin costas,

Fundamentos

fundamentos constan en registro de audio. · En lo que dice relación con la Cosa Juzgada: el tribunal teniendo a la vista a través del sistema de seguimiento de causas la causa seguida ante el 2° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago O-7216-2019, está en condiciones de resolver dicha excepción y para lo anterior corresponde que se revise si concurre en la especie la triple identidad que requiere el artículo 177 del Código de Procedimiento Civil aplicable en la especie de acuerdo al artículo 432 del Código del Trabajo y al efecto como ya se dijo se ha tenido a la vista la causa O-7216-2019 tramitada ante el 2° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago pudiendo observarse y constatarse que efectivamente se trata de las mismas partes, esto es, el Sr. Héctor Muñoz Roca como demandante y la demandada Minera Antucoya por lo que concurre la identidad legal de persona, que por otra parte del análisis efectuado por esta Juez de los libelos de demanda presentados en esta causa y en la seguida en el 2° Tribunal del Trabajo ya individualizada es posible resaltar que ambos se fundamentan en los mismos antecedentes de hecho y de derecho por lo que también concurre la identidad de causa de pedir, es decir, el fundamento inmediato del derecho deducido en juicio y finalmente respecto a la identidad de cosa pedida, es también preciso indicar que el petitorio de ambas demandas es idéntico, incluso en esta causa se mencionó al hacer la relación de los hechos que se pide el recargo del articulo 168 letra A que también se demanda en la otra causa y que no es parte de esta demanda como cobro de prestaciones. Que en vista de las consideraciones anteriores considerando el tribunal entonces que concurre la triple identidad de la cosa juzgada se va acoger esta excepción, sin costas, y se omitirá el pronunciamiento de las demás excepciones atendido lo ya resuelto. Se ordena, transcurrido los plazos pertinentes, el archivo de la presente causa. Siendo las 10:56 horas, se pone término a la presente audiencia. Dirigió la audiencia doña CLAUDIA ROXANA RIQUELME OYARCE, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago, a quince de marzo de dos mil veintiuno. REGISTRO DE AUDIO

Fallo

se resuelve dos de las excepciones opuestas por la demandada y que dice relación con lo siguiente: · Respecto a la excepción de Ineptitud del Libelo: se rechaza sin costas, fundamentos constan en registro de audio. · En lo que dice relación con la Cosa Juzgada: el tribunal teniendo a la vista a través del sistema de seguimiento de causas la causa seguida ante el 2° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago O-7216-2019, está en condiciones de resolver dicha excepción y para lo anterior corresponde que se revise si concurre en la especie la triple identidad que requiere el artículo 177 del Código de Procedimiento Civil aplicable en la especie de acuerdo al artículo 432 del Código del Trabajo y al efecto como ya se dijo se ha tenido a la vista la causa O-7216-2019 tramitada ante el 2° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago pudiendo observarse y constatarse que efectivamente se trata de las mismas partes, esto es, el Sr. Héctor Muñoz Roca como demandante y la demandada Minera Antucoya por lo que concurre la identidad legal de persona, que por otra parte del análisis efectuado por esta Juez de los libelos de demanda presentados en esta causa y en la seguida en el 2° Tribunal del Trabajo ya individualizada es posible resaltar que ambos se fundamentan en los mismos antecedentes de hecho y de derecho por lo que también concurre la identidad de causa de pedir, es decir, el fundamento inmediato del derecho deducido en juicio y finalmente respecto a la identidad de cosa pedida, es ta

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 15/03/2021, Santiago RUC 19- 4-0218926-9 RIT O-6443-2019 CARATULADO MUÑOZ/MINERA ANTUCOYA MAGISTRADO CLAUDIA ROXANA RIQUELME OYARCE ADMINISTRATIVO DE ACTAS PATRICIA PARODI FERNANDEZ HORA DE INICIO 10:35 HORA DE TERMINO 10:56 SALA SALA VIRTUAL 8 (1.2) Nº REGISTRO DE AUDIO 19

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