MP C/ EUGENIO LUCIANO VALDÉS BARRÍA
Rol
O-4422-2020
Fecha
17 de agosto de 2021
Materia
HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El día 18 de mayo del 2020 aproximadamente a las 12:30 horas en calle Yungay con Rawson de la ciudad de Valparaíso, el imputado EUGENIO LUCIANO VALDÉS BARRÍA, sustrajo con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, desde el interior del camión placa patente única KTXT–72, dos cajas de pollos avaluadas en la suma de $50.000 pesos, de propiedad del don Felipe Andrés Zepeda Araya”. Valparaíso, a diecisiete de agosto de dos mil veintiuno. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 12 N°16, 14, 15, 18, 21, 30, 50, 67 y siguientes del Código Penal; artículo 8 de la Ley 18.216 artículo 7 y demás normas pertinentes y los dispuesto por los artículos 1, 36, 295, 297, 340, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara; I.- Que, se condena a EUGENIO LUCIANO VALDÉS BARRÍA, como autor del delito de hurto simple del artículo 446 N°3 del Código Penal, en grado de desarrollo frustrado, teniendo participación como autor, por el hecho ocurrido en Valparaíso el día 18 de mayo de 2020, a la pena de CUARENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo. II.- Que, se le condena además a la pena accesoria de suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena III.- Que, la pena privativa de libertad será cumplida con la pena sustitutiva de reclusión parcial nocturna, pena que deberá cumplir en el domicilio indicado en esta audiencia una vez que recupere su libertad. Asimismo, la reclusión nocturna comenzará a las 22:00 horas de cada día y terminará a las 06:00 horas del día siguiente. IV.- Asimismo, se va a condenar al imputado a una pena de multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. TXXMVYTXYG GIGLIOLA DEVOTO SQUADRITTO Juez de garantía Fecha: 24/08/2021 14:15:51 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALID
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 12 N°16, 14, 15, 18, 21, 30, 50, 67 y siguientes del Código Penal; artículo 8 de la Ley 18.216 artículo 7 y demás normas pertinentes y los dispuesto por los artículos 1, 36, 295, 297, 340, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; se declara; I.- Que, se condena a EUGENIO LUCIANO VALDÉS BARRÍA, como autor del delito de hurto simple del artículo 446 N°3 del Código Penal, en grado de desarrollo frustrado, teniendo participación como autor, por el hecho ocurrido en Valparaíso el día 18 de mayo de 2020, a la pena de CUARENTA Y UN DÍAS de presidio menor en su grado mínimo. II.- Que, se le condena además a la pena accesoria de suspensión de cargo y oficio público durante el tiempo de la condena III.- Que, la pena privativa de libertad será cumplida con la pena sustitutiva de reclusión parcial nocturna, pena que deberá cumplir en el domicilio indicado en esta audiencia una vez que recupere su libertad. Asimismo, la reclusión nocturna comenzará a las 22:00 horas de cada día y terminará a las 06:00 horas del día siguiente. IV.- Asimismo, se va a condenar al imputado a una pena de multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL. TXXMVYTXYG GIGLIOLA DEVOTO SQUADRITTO Juez de garantía Fecha: 24/08/2021 14:15:51 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada correspon
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RUC 2000503777-9. Rit 4422 – 2020. Imputado: EUGENIO LUCIANO VALDÉS BARRÍA, RUT 15.557.569-7, comerciante, 38 años, nacido el 27 de febrero de 1984, domiciliado en calle Sur N° 236, Cerro San Roque, Valparaíso. Hechos: “El día 18 de mayo del 2020 aproximadamente a las 12:30 horas en calle Yungay con Rawson de la ciudad de Valparaíso, el imputado EUGENIO LUCIANO VALDÉS BARRÍA, sustrajo con ánimo
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