Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique.

FISCALIA IQUIQUE C/ OMAR DIEGO QUIROZ DONOSO

Rol

O-252-2021

Fecha

24 de agosto de 2021

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “El día 04 de febrero del 2019, alrededor de las 04:40 horas, el acusado Ornar Diego Quiroz Donoso, conducía el vehículo marca Suzuki modelo Swift p.p.u. GSKC.96 por calle Santa Rosa de la ciudad de Iquique, y al llegar a la altura de la numeración N° 2939 de la señalada calle, fue sujeto a una fiscalización, por funcionarios de Carabineros que se encontraban en el lugar efectuando controles vehiculares, momento en el cual, los aprehensores se percataron que desde el interior del vehículo del acusado, emanaba un fuerte olor a marihuana. En ese momento, el acusado hace entrega a personal policial de una bolsa de nylon transparente contenedora de dicha sustancia y que mantenía para colocar a disposición de terceros. A la revisión del vehículo, los carabineros encontraron en una de sus puertas, una pesa digital sin marca y la cantidad de 15 bolsas de nylon transparentes contenedoras de una sustancia vegetal que también resultó ser marihuana. En total, le fue incautado al acusado la cantidad de 16 bolsas de nylon contenedoras de 48 gramos de marihuana que mantenía con la finalidad de traficar.” SZEGVYHDKH Moises Ruben Pino Pino Juez oral en lo penal Fecha: 24/08/2021 14:54:52 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2 A juicio de la Fiscalía los hechos descritos configuran el delito consumado de tráfico ilegal de estupefacientes en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4° de la Ley N° 20.000, en relación al artículo 1° de la citada ley, en grado de consumado, estimando que al acusado, respecto de qui

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos, 1, 4 y 43 de la ley 20.000; 1, 48, 295, 296, 297, 325, 329, 340, 343, 344 y 347 del Código Procesal Penal; SE DECLARA: SZEGVYHDKH Moises Ruben Pino Pino Juez oral en lo penal Fecha: 24/08/2021 14:54:52 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 7 Que se absuelve a OMAR DIEGO QUIROZ DONOSO de la imputación que le dirigiera el Ministerio Público como autor un delito de Tráfico de Sustancias Sicotrópicas o Estupefacientes en pequeñas cantidades descrito y sancionado en el artículo 4 de la ley 20.000, en relación al artículo 1° del citado cuerpo legal, presuntamente acaecido el 4 de febrero de 2019 en esta jurisdicción. Que no se condena en costas al Ministerio Público por haber tenido motivo plausible para acusar. Se deja constancia que la prueba documental fue incorporada vía electrónica. Regístrese, remítanse los antecedentes necesarios al Juzgado de Garantía que corresponda para los fines pertinentes y hecho, archívese. Redactado por el juez don Moisés Pino Pi

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1 C/ OMAR DIEGO QUIROZ DONOSO TRAFICO ILICITO DE PEQUEÑAS CANTIDADES DE ESTUPEFACIENTES ROL INTERNO: Nº 252-2021 Iquique, veinticuatro de agosto del dos mil veintiuno. VISTOS, LOS ANTECEDENTES DEL JUICIO ORAL: PRIMERO: Que con fecha 19 de agosto del año en curso, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, integrado por el Juez Presidente don Arturo Fernández Vargas(s), y los Jueces

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