6º Juzgado de Garantía de Santiago

MP C/ FELIPE MARTINEZ OBISPO

Rol

O-4584-2020

Fecha

19 de agosto de 2021

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

vistos y teniendo presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 9, 14, 15, 18, 21, 25 y siguientes, todos del Código Penal; artículos 45, 47, 297, 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículos 50 y 52 de la Ley 20.000; se declara: I.- Que, se condena a JOSE VALERIO PIÑA RAMIREZ, ya individualizado, a la pena única de multa adecente a UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, como autor del delito contemplado en el artículo 318 del Código Penal y la falta establecida en el artículo 50 de la Ley 20.000, hecho ocurrido en esta ciudad el día 19 de julio de 2020 a las 18:50 horas en la comuna de Estación Central. II.- Que, la pena de multa impuesta se le da por cumplida por el tiempo por el que JOSE VALERIO PIÑA RAMIREZ pasó privado de libertad previo a la audiencia de control de la detención verificada el día 20 de julio del año 2020. III.- Que, se le exime al sentenciado del pago de las costas por el ahorro de recursos fiscales que significa resolver la presente causa en forma breve y sumaria. Regístrese y archívese en su oportunidad. Dese cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. VQZNWXLBFW NIBALDO BERNANDO AREVALO MACIAS Juez de garantía Fecha: 31/08/2021 12:28:52 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2021-08-31T12:30:40-0400 Corte Suprema NIBALDO BERNANDO AREVALO MACIAS Verificación Legal

Fallo

se declara: I.- Que, se condena a JOSE VALERIO PIÑA RAMIREZ, ya individualizado, a la pena única de multa adecente a UN TERCIO (1/3) DE UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL, como autor del delito contemplado en el artículo 318 del Código Penal y la falta establecida en el artículo 50 de la Ley 20.000, hecho ocurrido en esta ciudad el día 19 de julio de 2020 a las 18:50 horas en la comuna de Estación Central. II.- Que, la pena de multa impuesta se le da por cumplida por el tiempo por el que JOSE VALERIO PIÑA RAMIREZ pasó privado de libertad previo a la audiencia de control de la detención verificada el día 20 de julio del año 2020. III.- Que, se le exime al sentenciado del pago de las costas por el ahorro de recursos fiscales que significa resolver la presente causa en forma breve y sumaria. Regístrese y archívese en su oportunidad. Dese cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. VQZNWXLBFW NIBALDO BERNANDO AREVALO MACIAS Juez de garantía Fecha: 31/08/2021 12:28:52 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 20

Texto Completo (Preview)

Texto transcrito según lo dispuesto en los incisos 3° y 4° del artículo 62 del Acta 71-2016, de la Excma. Corte Suprema Resumen de sentencia Tribunal Sexto Juzgado de Garantía de Santiago Fecha de sentencia Santiago, diecinueve de agosto de dos mil veintiuno Procedimiento Simplificado R.U.C. 2000747152-2 R.I.T. 4584-2020 JUEZ NIBALDO BERNARDO AREVALO MACIAS FISCAL HUGO ANDRÉS SALDÍAS DONOSO DEFENS

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