7º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

MINISTERIO PUBLICO C/ ALAN YAIR CARDENAS ZAPATA

Rol

O-100-2021

Fecha

20 de agosto de 2021

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM., PORTAR ELEMENTO CONOCIDAMENTE DESTINADOS COMETER DELITO ROBO

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos en que se fundó la acusación fueron los siguientes: “El día 07 de enero de 2019, alrededor de las 10:50 horas, los acusados ya individualizados, quienes se trasladaban en una camioneta blanca, marca Nissan, modelo D-21, sin P.P.U. a la vista, conducida por el acusado HANS CAMILO GONZÁLEZ YÁÑEZ, fueron sorprendidos sustrayendo especies desde el interior del camión marca KIA, modelo Frontier, color blanco, que se encontraba estacionado en la vía pública, frente al N°5586 de Avenida Marathon, comuna de Macul, siendo sorprendidos además portando y manteniendo en su poder en un asiento de la cabina de la camioneta una herramienta tipo Napoleón de color amarillo, instrumento destinado conocidamente a efectuar el delito de robo, sin dar justificación razonable para su porte o dar descargo suficiente sobre su adquisición o conservación. Así mismo en el piso de la cabina de la camioneta, al costado del copiloto se encontraba la P.P.U. WH-5171 que corresponde al vehículo que conducían, dando cuenta que el acusado conductor HANS CAMILO GONZÁLEZ YÁÑEZ sabía que mantenía las P.P.U. ocultas. ALEJANDRA ANDREA HUME CONTRERAS Juez Integrante Fecha: 20/08/2021 14:34:44 GQEFVXXWVG BERNARDITA DE LOURDES GONZALEZ FIGARI Juez Redactor Fecha: 20/08/2021 15:12:21 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2 Por su parte y para los efectos del robo antes referido desde el interior del camión KIA, los acusados estacionaron la camioneta Nissan en la que se trasladaban detrás del camión KIA ya referido, descendiendo el acusado ALAN YAIR CÁRDENAS

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Intervinientes. Ante esta sala del Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por el magistrado Héctor Plaza Vásquez y las magistradas Bernardita González Figari y Alejandra Hume Contreras se llevó a efecto la audiencia de juicio oral de la causa rol interno 100-2021 para conocer la acusación deducida por el Ministerio Público representado por el fiscal Samuel Constela en contra de ALAN YAIR CÁRDENAS ZAPATA, C.I. N°22.655.484-K, 26 años, nacido el 25 noviembre de 1994, ayudante en soldaduras, conviviente, domiciliado en calle Lapizlazuli N°1332, block 29, departamento 23, La Florida, representado por la defensora penal público Carolina Zúñiga, todos los intervinientes con domicilios registrados en el tribunal. SEGUNDO: Acusación. Los hechos en que se fundó la acusación fueron los siguientes: “El día 07 de enero de 2019, alrededor de las 10:50 horas, los acusados ya individualizados, quienes se trasladaban en una camioneta blanca, marca Nissan, modelo D-21, sin P.P.U. a la vista, conducida por el acusado HANS CAMILO GONZÁLEZ YÁÑEZ, fueron sorprendidos sustrayendo especies desde el interior del camión marca KIA, modelo Frontier, color blanco, que se encontraba estacionado en la vía pública, frente al N°5586 de Avenida Marathon, comuna de Macul, siendo sorprendidos además portando y manteniendo en su poder en un asiento de la cabina de la camioneta una herramienta tipo Napoleón de color amarillo, instrumento destinado conocidamente a efectuar el delito de robo, sin dar justificación razonable para su porte o dar descargo suficiente sobre su adquisición o conservación. Así mismo en el piso de la cabina de la camioneta, al costado del copiloto se encontraba la P.P.U. WH-5171 que corresponde al vehículo que conducían, dando cuenta que el acusado conductor HANS CAMILO GONZÁLEZ YÁÑEZ sabía que mantenía las P.P.U. ocultas. ALEJANDRA ANDREA HUME CONTRERAS Juez Integrante Fecha: 20/08/2021 14:34:44 GQEFVXXWVG BERNARDITA DE LOURDES GONZALEZ FIGARI Juez Redactor Fecha: 20/08/2021 15:12:21 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2 Por su parte y para los efectos del robo antes referido desde el interior del camión KIA, los acusados estacionaron la camioneta Nissan en la que se trasladaban detrás del camión KIA ya referido, descendiendo el acusado ALAN YAIR CÁRDENAS ZAPATA desde la camioneta, el cual se dirigió hacia la cabina del camión, forzando la manilla de la puerta del conductor, ingresando al vehículo y sustrayendo un celular marca LG, color negro, avaluado en la

Fallo

se declara que: I.- Se CONDENA a ALAN YAIR CÁRDENAS ZAPATA ya individualizado, a DOS penas de CIEN DIAS de presidio menor en su grado mínimo, CADA UNA DE ELLAS, más las accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena como autor del delito consumado de HURTO SIMPLE previsto y sancionado en el artículo 446 N° 3 del Código Penal y del delito de TENER EN SU PODER INSTRUMENTOS DESTINADOS CONOCIDAMENTE PARA EFECTUAR EL DELITO DE ROBO del artículo 445 del Código Penal, perpetrados el día 7 de marzo de 2019, en la comuna de Macul. No reuniéndose ninguno de los requisitos de la Ley 18.216 para otorgar pena sustitutiva, deberá el sentenciado cumplir las dos penas impuestas de manera efectiva y sucesiva, principiando por la más grave, y se le contará desde que se presente o sea habido debiendo considerarse como ABONO TRES DÍAS que estuvo privado libertad el acusado con motivo de esta causa, el día 7 de enero de 2019, 29 de enero y 30 de junio ambos del 2021, según da cuenta el auto de apertura remitido. II.- Se le impone, además, por el delito de HURTO SIMPLE UNA MULTA DE CINCO Unidades Tributarias Mensuales, la que podrá cancelarse en cinco cuotas iguales y sucesivas. El no pago de una sola de las parcialidades hará exigible el total de la multa adeudada. Si el sentenciado no tuviere bienes para satisfacer la multa podrá el tribunal imponer, por vía de sustitución, la pena de prestación de servicios en beneficio de la comunidad si el sentenciado co

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1 MINISTERIO PÚBLICO C/ ALAN YAIR CARDENAS ZAPATA RUC: 1900028768-K RIT: 100- 2021 DELITO: ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PÚBLICO Y PORTE DE INSTRUMENTO DESTINADO A COMETER DELITO DE ROBO. Santiago, veinte de agosto de dos mil veintiuno. Vistos, oídos y considerando: PRIMERO: Intervinientes. Ante esta sala del Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por el magistrado

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