FERNÁNDEZ/AIC SERVICIOS SPA
Rol
M-6-2021
Fecha
13 de marzo de 2021
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado proporcional, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS A PROBAR X · RECEPCION DE PRUEBAS X · OFRECE E INCORPORA PRUEBAS PARTE DEMANDANTE X · OBSERVACIONES A LA PRUEBA X · JUEZ DICTA SENTENCIA DE INMEDIATO X Calama, doce de marzo de dos mil veintiuno. Al inicio de la audiencia, el tribunal provee escrito presentado por las partes, lo que consta íntegramente en audio. Asimismo, se hace presente que la abogada Macarena Cossio Bravo exhibió mandato judicial mediante el compartir pantalla. Relación somera: Se omite lectura de la demanda. Llamado a conciliación: Llamadas las partes comparecientes a conciliación, ésta se produce en los siguientes términos: VISTO Y OIDO: La parte demandante don LUIS RODOLFO FERNANDEZ RIVERA, RUN 7.586.863-4, asistido en esta audiencia por la abogada doña JUDITH LOPEZ CUMSILLE, y la parte demandada solidaria STERLING AND WILSON SOLAR PRIVATE LIMITED, RUT 59.283.470-7, representada en esta audiencia por la abogada doña CAROLINA PAZ CRUCES VALERIO, y la demandada solidaria TOTAL EREN CHILE SPA., representada por la abogada doña MACARENA COSSIO BRAVO, todos individualizados en autos, han arribado a la siguiente conciliación en audiencia única: 1. La parte demandada solidaria Sterling and Wilson Solar Private Limited, sin reconocimiento de los hechos contenidos en la demanda, y con el sólo ánimo de poner término al presente juicio, se obliga pagar al demandante don LUIS RODOLFO FERNANDEZ RIVERA, la suma de $550.124.- (QUINIENTOS CINCUENTA MIL CIENTO VEINTICUATRO PESOS), suma que incluye todos los conceptos demandados, tanto los reconocidos como no reconocidos. 2. El monto es aceptado por la parte demandante y se pagará en una sola cuota, a más tardar el día 05 de abril de 2021, mediante transferencia a la cuenta corriente Nº 1129147 Banco Estado, a nombre de la abogada patrocinante doña Judith Lopez Cumsille, RUN 13.494.102-2, correo electrónico judith.lopezcumsille@hotmail.com. La abogada demandante le hará pago al actor, descontando el 20% de sus honorarios
Fundamentos
CONSIDERANDO: Lo dispuesto en los artículos 159 al 178, 415 a 462, todos del Código del Trabajo, artículos pertinentes de la Ley 16.744, 17.322, 19.228, Decreto Ley 3500, artículo 138 y 147 del Código de Procedimiento Civil,
Fallo
se resuelve lo siguiente: i. Que se acoge la demanda de nulidad del despido interpuesta por el actor en contra de la demandada AIC Servicios S.P.A., y deberá efectuar el pago de la suma exacta ya referida en esta demanda en cuanto a la base de cálculo efectuada en conformidad al artículo 172 del Código del Trabajo, y que son $611.250, hasta que se produzca la convalidación del despido. ii. Que cada una de las partes deberá pagar sus costas. Regístrese y archívese los antecedentes, en su oportunidad. Se autoriza a transcribir sólo la parte resolutiva de la sentencia. Los intervinientes quedan personalmente notificados en este acto de todo lo resuelto en audiencia. Siendo las 10:10 horas, se pone término a la presente audiencia. RIT : M-6-2021.- RUC : 21-4-0314146-9.- Dirigió la audiencia y resolvió don: JUAN CARLOS VERA HERNANDEZ, Juez Suplente del Juzgado de Letras del Trabajo de Calama. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras del Trabajo de Calama, doce de marzo de dos mil veintiuno.-
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA UNICA EN PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 12/03/2021 RUC 21-4-0314146-9 RIT M-6-2021 MAGISTRADO Juan Carlos Vera Hernández ADMINISTRATIVO DE ACTAS Gloria del Carmen Díaz Vallejos HORA DE INICIO 09:53 HORA DE TERMINO 10:10 Nº REGISTRO DE AUDIO 2140314146-9-1357 PARTE DEMANDANTE Luis Rodolfo Fernández Rivera ABOGADO Judith López Cumsille FORMA DE NOTIFICACION jud
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