ALVARO RODRIGO DIAZ TORO C/ FRANCO ARIEL IBARRA CUMSILLE
Rol
O-2399-2020
Fecha
18 de agosto de 2021
Materia
ROBO CON INTIMIDACION.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: HECHOS: “El dia 12 de mayo de 2020, en horas de la tarde, DON FRANCO ARIELIBARRA CUMSILLE, junto a otros sujetos no identificados, a bordo del vehículo sedán marca Mazda, color gris, PPU KHWC-54, interceptaron al exterior del domicilio ubicado en calle Pirámide Nº 198, comuna de San Joaquín, a la víctima de iniciales A.R.D.T., funcionario de la Policía de Investigaciones, que se encontraba junto a su vehículo marca Opel, corsa, color rojo, PPU KJHC, descendiendo del primero vehículo el imputado FRANCO ARIEL IBARRA CUMSILLE e intimida a la víctima con un arma aparentemente de fuego con la finalidad de sustraer, con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, las especies de propiedad de la víctima ya que le manifestó en reiteradas ocasiones que le entregara el vehículo, no logrando su apropiación debido a la oportuna reacción de la víctima que impidió el hecho haciendo uso de su arma servicio, disparando e hiriendo al imputado FRANCO ARIEL IBARRA CUMSILLE, manifestó en reiteradas ocasiones que le entregara el vehículo, no logrando su apropiación debido a la oportuna reacción de la víctima que impidió el hecho haciendo uso de su arma servicio, disparando e hiriendo al imputado FRANCO ARIEL IBARRA CUMSILLE, quien se dio a la fuga junto a los demás sujetos.” KHGTVXLLNH MARCELA ALEJANDRA LABRA TODOROVICH Juez de garantía Fecha: 20/08/2021 16:16:05 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 14, 15, 29, 432, 43
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 7, 14, 15, 29, 432, 436, del Código Penal; artículos 45, 47, 248, 259, 340,343, 344, 406, 407 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara, I.- Que, SE CONDENA A FRANCO ARIEL IBARRA CUMSILLE, cédula nacional de identidad N° 18.669.146-6 ya individualizado, por su responsabilidad como autor de un delito de ROBO CON INTIMIDACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 436 en relación con el artículo 432 del Código Penal, en carácter de frustrado el cual ha ocurrido en esta jurisdicción con fecha 12 de mayo del año 2020, a sufrir una pena de TRES AÑOS Y UN DIA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MAXIMO, a las accesorias del artículo 29 del Código Penal, esto es la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos durante el tiempo que dure la condena. II.- Que en atención a los antecedentes del imputado este debe cumplir su pena de manera efectiva, considerándose a su respecto como días de abono todo el tiempo que ha estado privado de libertad en esta causa en la medida cautelar de prisión preventiva desde el 27 de julio del 2020 hasta la fecha, por lo que tiene 387 días de abono. III.- Que se le exime del pago de las costas. Se oficia a Gendarmería de Chile para que señale la posibilidad de traspaso de unidad penal del imputado para los efectos del cumplimiento a Talagante y si no puede a Talagante que señale cuales son
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RESUMEN RIT : 2399 – 2020 RUC : 2000481048-2 MATERIA : ROBO CON INTIMIDACIÓN IMPUTADO : FRANCO ARIEL IBARRA CUMSILLE C.I. N° : 0018669146-6 DOMICILIO : CALLE MAGNOLIA N° 5370, SAN JAOQUÍN FISCAL : MIGUEL ERIK VILLAVICENCIO CASTAÑEDA DEFENSORA : CATHERINE ANDREA PAOLINI CARRASCO ATENUANTES : NO CONCURREN AGRAVANTES : NO CONCURREN RESOLUCIÓN : SENTENCIA PROCEDIMIENTO ABREVIADO. Santiago, a diecioch
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