Juzgado de Garantía de Concepción.

MINISTERIO PUBLICO C/ MARÍA BEATRIZ CONEJEROS BADILLA

Rol

O-12077-2019

Fecha

17 de agosto de 2021

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: “El día 30 de octubre de 2019, alrededor de las 18:20 horas, los imputados María Beatriz Conejeros Badilla; Sebastián Ignacio Martínez Martínez; Matías Gerson Vera Méndez; Rodrigo Alexis Jara Cartes; Carlos Alberto Acevedo Lara; Eduardo Andrés Gómez Arancibia; Benjamín Fernando Orellana Quezada; Michel Enrique Navarrete Hurtado; Gabriel Alexis Miranda Miranda; Fabián Eduardo Sanhueza Fuentes; Ángelo John Leonard Suazo Opazo; Héctor Felipe Uribe Parada; Óscar Humberto Brito Muñoz; Heraldo Hernán Acevedo Lara y Richart Fabián Jara Silva; actuando conjunta y coordinadamente con otros sujetos, aún no identificados, procedieron a forzar la cortina de seguridad, logrando abrirla, de la tienda comercial La Polar, ubicada en calle Barros Arana N° 489, Concepción, desde cuyo interior fueron sustraídas, con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, distintas especies, llegando al lugar personal de Carabineros, huyendo distintos sujetos con especies sustraídas y siendo sorprendidos al interior los imputados individualizados, quienes ingresaron al lugar, con ánimo de lucro y la finalidad de sustraer especies.” BSXVVWSVXS Jimena Cecilia Troncoso Saez Juez de garantía Fecha: 19/08/2021 13:08:44 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Sustituye procedimiento: Detalle del Hito Oídos los intervinientes,

Fundamentos

considerando las circunstancias modificatorias de responsabilidad penal que concurren en la especie y la pena que, en definitiva, se solicita respecto del acusado MICHEL ENRIQUE NAVARRETE HURTADO, el Tribunal tiene por sustituido el procedimiento y dispone continuar la tramitación de esta causa de conformidad a las normas del procedimiento simplificado, teniendo la acusación como suficiente requerimiento. Sentencia en procedimiento simplificado, con admisión de responsabilidad. Ámbito afectado Detalle del Hito CAUSA: RUC 1910054940-1 RIT 12077 - 2019 Fecha de deliberación diecisiete de agosto de dos mil veintiuno Juez redactor JIMENA CECILIA TRONCOSO SAEZ RELACIONES: MICHEL ENRIQUE NAVARRETE HURTADO/ Robo en lugar no habitado. Resultado Condenado. JUZGADO DE GARANTÍA DE CONCEPCIÓN. C/ MICHEL ENRIQUE NAVARRETE HURTADO. Concepción, diecisiete de agosto de dos mil veintiuno. Por las consideraciones consignadas en el registro de audio de la presente audiencia y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 11 N° 6 y 9, 15 N° 1, 30, 432 y 442 N° 1 del Código Penal; artículos 388 y siguientes y 407 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 3 y siguientes de la Ley 18.216;

Fallo

SE DECLARA: I. Que, se condena a MICHEL ENRIQUE NAVARRETE HURTADO, cédula de identidad N° 19427315-0, ya individualizado, a la pena sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo, accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor del delito de Robo en lugar no habitado, cometido en la comuna de Concepción, el día 30 de octubre de 2019, en grado de desarrollo consumado. II. Que, se sustituye el cumplimiento de la pena corporal por la remisión condicional, quedando sujeto al control administrativo del Centro de Reinserción Social por el término de un año, debiendo cumplir durante dicho período con lo establecido en el artículo 5 de la ley 18216. Para este efecto, el condenado deberá presentarse en el Centro de Reinserción Social de Concepción dentro del plazo de cinco días, desde que quede ejecutoriada la presente sentencia, bajo apercibimiento de despacharse orden de detención en su contra si es que no se presentare dentro de ese plazo. Se deja establecido que para el evento que deba ingresar a cumplir la pena en forma efectiva, le servirán de abono los días que estuvo privado de libertad con motivo de este procedimiento, un día, entre el 30 y 31 de octubre de 2019; un día, entre el 16 y 17 de agosto de 2021. BSXVVWSVXS Jimena Cecilia Troncoso Saez Juez de garantía Fecha: 19/08/2021 13:08:44 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL

Texto Completo (Preview)

Individualización de audiencia de control de la detención. Fecha Concepción, diecisiete de agosto de dos mil veintiuno Magistrado JIMENA CECILIA TRONCOSO SAEZ Fiscal VICTOR CASTRO MUÑOZ Abog. patrocinante EVANGELINA PEÑA SALAS, por delegación de poder Defensor RODRIGO CAMPOS BUSTOS Hora inicio 14:23 PM Hora término 14:46 PM Sala 3, María Elena Bravo Chamorro Tribunal Juzgado de Garantía de Concep

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