MP C/ NN NN NN
Rol
O-9768-2019
Fecha
18 de agosto de 2021
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439., ROBO CON INTIMIDACION.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: A lo menos desde el mes de octubre de 2017 hasta julio de 2020 un grupo de imputados integrado principalmente por Romario Antonio Pino Vidal, Matías Nicolás Rodríguez Ponce, Ricardo Patricio Esquivel Vidal, Erasmo Antonio Orellana Maureira, Julio Edgardo Romero Núñez, Gabriel Enrique Villegas Vílchez, David Antonio Arellano Méndez y Jonathan Jesús Sokol Riquelme formaron, integraron o se incorporaron de manera temporal a un grupo más o menos permanente de 5 a 14 personas entre los que se consideró en una parte final a Brayan Aaron Herrera Valenzuela se dedicaron a efectuar robos de camiones repartidores de cigarrillos en las Regiones de Valparaíso, Metropolitana de Santiago y del Libertador Bernardo O´Higgins. Este grupo efectuaba sus delitos planificando en forma previa como iban a llevar a cabo cada una de las acciones, esta planificación consideraba a lo menos en cada caso identificar la ruta de reparto de los camiones repartidores de cigarrillos mediante seguimiento de los camiones repartidores desde los centros de acopio y distribución ubicados en Viña del Mar, Casablanca y Cerrillos, luego por medio este seguimiento deducían la cantidad de cigarrillos que llevaba el camión y además el lugar donde resultaba más seguro y conveniente llevar a cabo la sustracción de éste. Una vez decido el camión y el día en que iban a llevar cabo la sustracción de cigarrillos el grupo de imputados respectivo esperaban en el sector de la salida del respectivo centro de acopio, una vez que le localizaban le seguían y en alguno de los lugares donde habían decidido llevar a cabo el robo procedían a obligar al conductor del camión a detener su marcha, luego le intimidaban y ejercían violencia para finalmente apropiarse del camión y la carga. En estas circunstancias se realizaron los siguientes hechos: HECHO DE 24 DE MARZO DE 2020 El día 24 de marzo de 2020, en horas de la madrugada, un grupo previamente concertado de a lo menos de 10 personas, integrado por Erasmo Antonio O
Fallo
se declara: I.- Que, se condena a BRYAN AARON HERRERA VALENZUELA, ya individualizado, a la pena única de cinco años de presidio menor en su grado máximo a las penas accesorias de inhabilitación absoluta y perpetua para derechos políticos, y la de la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor en relación a dos delitos de robo con violencia e intimidación ocurridos el día 24 de marzo del año 2020, en grado de desarrollo de frustrado, y el día 24 de abril de 2020, en grado de desarrollo de consumados, ocurridos en la comuna de Cerrillos y la Florida en la Región Metropolitana pero cuyo principio de ejecución en cuanto a la totalidad de hechos cometidos ocurre en la ciudad de Viña del Mar y que por factores de competencia se determinó que este tribunal era competente para conocer de dichos ilícitos. II.- Que, reuniendo los requisitos de los artículos 15 y siguientes de la ley 18.216, se establece respecto del sentenciado BRYAN AARON HERRERA VALENZUELA, la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva, quedando sujeto a la observación de Gendarmería de Chile por el término de 5 años y debiendo de cumplir con todas las obligaciones para dicha pena sustitutiva, unido a su vez a la obligación de cumplir el plan de intervención individual que deberá ser establecido por parte del delegado que se le asigne por parte de Gendarmería de Chile en relación al imputado. Para lo anterior deberá presentarse el sentenciado, dentro de los
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Fecha Viña del Mar., dieciocho de agosto de dos mil veintiuno.- RUC 1800567649-1 RIT 9768 - 2019 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA BRYAN AARON HERRERA VALENZUELA, presente por Zoom. 0019005961- 8 Sector PASAJE JUAN DE RIVEROS Nº 13561 La Pintana. Hechos: A lo menos desde el mes de octubre de 2017 hasta julio de 2020 un grupo de imputados integrado principalmente por Romario Antonio Pino Vidal
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