Juzgado de Letras y Garantía de Collipulli.

PABLO ANDRES MANSILLA BUSTOS C/ CARLOS ADOLFO HUEIQUILLÁN PALACIOS

Rol

O-255-2019

Fecha

10 de agosto de 2021

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos: “El día 05 de diciembre de 2018, alrededor de las 17:10 horas, en el cruce de la comuna de Ercilla con camino Collico, en ruta 5 Sur, CARLOS ADOLFO HUEIQUILLÁN PALACIOS condujo el vehículo marca Nissan, placa patente única NP-2300, desempeñándose con una dosificación de alcohol de 0.95 gramos por mil en la sangre.” A juicio del Ministerio Público, los hechos descritos constituyen el delito de conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad, previsto y sancionado en el artículo 196 inciso primero de la Ley 18.290 en relación al artículo 110 del mismo cuerpo legal, atribuyéndole al requerido participación en calidad de autor, de conformidad al artículo 15 N° 1 del Código Penal, estimando que el grado de desarrollo del delito es consumado. Sin reconocer atenuantes, e invocando la agravante del artículo 12 N° 16 del Código Penal, la fiscalía solicitó la aplicación de 540 DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO, UNA MULTA DE 10 UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, MÁS LA CANCELACION DE LA LICENCIA DE CONDUCTOR; además de la accesoria legal del artículo 30 del Código Penal, esto es, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y se le condene al pago de las costas. TERCERO: Alegatos de apertura: En su alegato de apertura el Ministerio Público señaló que el presente juicio versará sobre el delito de conducción en estado de ebriedad cometido por Carlos Hueiquillán. La dinámica dice relación LFJNVVXXLQ Sandra Patricia Nahuelcura Villaman Juez de garantía Fecha: 17/08/2021 10:32:46 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consult

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 1º, del Código Penal, 295, 297, 340, 341, 342, 343, 344, 347, 388 del Código Procesal Penal, SE DECLARA: I.- Que SE ABSUELVE a CARLOS ADOLFO HUEIQUILLÁN PALACIOS, cédula de identidad N°16.052.250-k, ya individualizado, de la imputación contenida en el requerimiento del Ministerio Público por el supuesto delito de conducción en estado de ebriedad que habría ocurrido en Ercilla, 05 de diciembre de 2018. II. Que, no se condena en costas al Ministerio Público. Ejecutoriada que sea esta sentencia dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Comuníquese, regístrese y archívese en su oportunidad. R.U.C. 1801205179-0 R.I.T. 255-2019 Sentencia pronunciada por doña SANDRA NAHUELCURA VILLAMÁN, juez titular del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Collipulli. LFJNVVXXLQ Sandra Patricia Nahuelcura Villaman Juez de garantía Fecha: 17/08/2021 10:32:46 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl LFJNVVXXLQ Sandra Patricia Nahuelcura Villaman Juez d

Texto Completo (Preview)

COLLIPULLI, diez de agosto de dos mil veintiuno. PRIMERO: Tribunal e intervinientes. Que, con fecha 04 y 05 de agosto del presente año, se llevó a efecto audiencia de juicio oral simplificado, Rol Interno N° 255-2019, seguida en contra de CARLOS ADOLFO HUEIQUILLÁN PALACIOS, cédula de identidad N° 16.052.250-K, domiciliado en Ignacio Carrera Pinto N° 519 comuna de Collipulli, representado por los

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