TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL SAN BERNARDO

C/ GENESIS POLETT DROGUETT DELGADO

Rol

O-446-2018

Fecha

3 de agosto de 2021

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos de la acusación, según el auto de apertura de juicio oral del Juzgado de Garantía de San Bernardo de fecha de mayo de , son los siguientes: “El día 15 de diciembre de 2017, alrededor de las 12:50 horas, la imputada Génesis Polet Droguett Delgado desde el frontis de su domicilio ubicado en calle La Coordinadora 1574, Comuna de Buin, vende y transfiere al imputado Reinaldo Francisco Fuenzalida Olivares, la cantidad de 20 envoltorios contenedores de pasta base de cocaína que pesaron 3 gramos 800 milígramos. MARIA PILAR VALLADARES SANTANDER Juez Redactor Fecha: 03/08/2021 18:43:26 MARITZA PAMELA CAMPOS CAMPOS Juez Integrante Fecha: 03/08/2021 20:14:42 NEFMVRNFTJ MARIA VERONICA ARANCIBIA PACHECO Juez Presidente Fecha: 04/08/2021 14:18:55 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Además, la imputada mantenía en su domicilio la cantidad de 4 envoltorios de papel cuadriculado contenedores de pasta base de cocaína que pesaron 2 gramos; además de $21.000 de dinero en efectivo. Acción que la imputada realizó sin la competente autorización, con fines de comercialización, promoviendo y facilitando con ellos el uso y consumo de drogas prohibidas por la ley 20.000. El día 15 de diciembre de 2017, alrededor de las 12:50 horas, en calle la coordinadora a la altura del Nro. 1574, Comuna de Buin, el imputado Reinaldo Francisco Fuenzalida Olivares portaba 20 envoltorios contenedores de pasta base de cocaína que pesaron 3 gramos 800 milígramos, los que había adquirido de la imputada Génesis Polet Droguett Delgado, además de la suma de $

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización de los intervinientes. Que, los días miércoles y jueves 9 de julio del año en curso, ante esta sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Bernardo, integrada por las juezas titulares doña María Verónica Arancibia Pacheco, en calidad de presidenta de sala, doña Maritza Pamela Campos Campos y doña María Pilar Valladares Santander, se celebró la audiencia de Juicio Oral en causa R.U.C. N° - , RIT N° - , seguida por el Ministerio Público, representado por la fiscal don Guillermo Tapia Morales, en contra de Génesis Polett Droguett Delgado, cédula de identidad N° 9 9 - , nacida el 9 de mayo de 99 , años, soltera, auxiliar de higiene, actualmente cursando cuarto año de enseñanza media, con domicilio en Padre Juan Meyer N° 9 , población San Gregorio, comuna de La Granja y de Reinaldo Francisco Fuenzalida Olivares, cédula de identidad N° 6- K, nacido el junio 99 , años, soltero, enseñanza básica completa, con domicilio en pasaje Progreso y Bienestar N° , población Nuevo Buin, Bajos de Mena, comuna de Buin, representada la primera por doña Anaís Mora Cádiz y el segundo por doña Karen Cerón Acuña, ambas de la Defensoría Penal Pública (en lo sucesivo defensa y , respectivamente). Todos los intervinientes con domicilio y forma de notificación registrados en el Tribunal. SEGUNDO: Contenido de la Acusación. Que, los hechos de la acusación, según el auto de apertura de juicio oral del Juzgado de Garantía de San Bernardo de fecha de mayo de , son los siguientes: “El día 15 de diciembre de 2017, alrededor de las 12:50 horas, la imputada Génesis Polet Droguett Delgado desde el frontis de su domicilio ubicado en calle La Coordinadora 1574, Comuna de Buin, vende y transfiere al imputado Reinaldo Francisco Fuenzalida Olivares, la cantidad de 20 envoltorios contenedores de pasta base de cocaína que pesaron 3 gramos 800 milígramos. MARIA PILAR VALLADARES SANTANDER Juez Redactor Fecha: 03/08/2021 18:43:26 MARITZA PAMELA CAMPOS CAMPOS Juez Integrante Fecha: 03/08/2021 20:14:42 NEFMVRNFTJ MARIA VERONICA ARANCIBIA PACHECO Juez Presidente Fecha: 04/08/2021 14:18:55 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Además, la imputada mantenía en su domicilio la cantidad de 4 envoltorios de papel cuadriculado contenedores de pasta base de cocaína que pesaron 2 gramos; además de $21.000 de dinero en efectivo. Acción que la imputada realizó sin la competente autorización, con fines de comercialización, promoviendo y facilitando con ellos el uso y consumo de drogas prohibidas por la ley 20.000.

Fallo

por tanto se vicia este procedimiento. Luego, si bien el MP habilita a los funcionarios bajo el art 6, claro es que su representada declaró que ella los autorizó a ingresar, porque ya estaban colgados de la reja. Lo que fue ratificado por los funcionarios policiales. Tesis subsidiaria: estima que no existen antecedentes suficientes para entender la existencia de un delito de tráfico, los hechos de la acusación ya resultan poco claros, a su representada se le atribuye la transferencia de papelinas y que mantenía en su domicilio papelinas No existe certeza que transfirió papelinas a don Reinaldo, porque la prueba testimonial, señala que vieron pasar algo, pero ninguno dio cuenta que lo que se estaba pasando fue el monedero encontrado dentro de las pertenencias de don Reinaldo. Por tanto, no se puede acreditar que lo que se encontró en posesión, fue entregado por su representada. Respecto a lo que se encontró al interior del domicilio, papelinas, era una cantidad insuficiente para valorar, nue 6 Afirma la necesariedad de establecer la pureza y composición, lo que permite determinar si estamos en MARIA PILAR VALLADARES SANTANDER Juez Redactor Fecha: 03/08/2021 18:43:26 MARITZA PAMELA CAMPOS CAMPOS Juez Integrante Fecha: 03/08/2021 20:14:42 NEFMVRNFTJ MARIA VERONICA ARANCIBIA PACHECO Juez Presidente Fecha: 04/08/2021 14:18:55 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril

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TRIBUNAL : DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SAN BERNARDO. RUC : - RIT : - CONTRA : GENESIS POLETT DROGUETT DELGADO (CONDENA) : REINALDO FRANCISCO FUENZALIDA OLIVARES (ABSUELVE) DELITO : TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES DE DROGAS. Rit Garantía : . - San Bernardo, tres de agosto de dos mil veintiuno. VISTO, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Individualización de los intervinientes. Que, los días miércoles

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