VERA/ESCOBAR
Rol
M-8-2020
Fecha
5 de marzo de 2021
Materia
Despido indirecto, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS DEMANDA x · RELACIÓN CONTESTACIÓN DEMANDA x · LLAMADO A CONCILIACIÓN x HECHOS NO CONTRAVERTIDOS · FIJA HECHOS A PROBAR x · RECEPCIÓN DE PRUEBAS x · DOCUMENTAL DEMANDANTE x · TESTIMONIAL DEMANDANTE x · DOCUMENTAL DEMANDADA x · OFICIOS SOLICITADOS DEMANDADA x · CITACIÓN AUDIENCIA DE JUICIO x 1.-ACTUACIONES EFECTUADAS: APERTURA DE AUDIENCIA: a) Individualización de la causa. b) Individualización de las partes. c) Se deja constancia que no comparece el demandado ni de manera presencial ni de manera remota, encontrándose legalmente notificado. d) Relación somera de la demanda. 2.- CONCILIACIÓN Se hace el llamado a conciliación pero esta no se produce atendida a la inasistencia de la parte demandada. La parte demandante viene en solicitar lo establecido en el artículo 453 N° 3 inciso 2 del Código del Trabajo (argumentos en audio). Tribunal resuelve: Atendido al mérito del proceso, el Tribunal va a acceder a lo solicitado por la parte demandante y se dictará la sentencia respectiva, atendido a lo establecido en el artículo 503 del Código del Trabajo (argumentos en audio). DICTACIÓN DE SENTENCIA Causa RUC 20-4-0259802-7 RIT M-8-2020 Materia Despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones laborales y previsionales Procedimiento Monitorio Demandante WALTERIO RAMÓN VERA GUTIÉRREZ C.I. 10.504.007-5 Abogados María Carolina Gajardo Moya Maria Soledad Santelices Sazo Cristian Agustín Toledo Toledo C.I. 14.476.645-8 C.I. 14.345.789-3 C.I. 10.663.000-3 Demandado JORGE ESCOBAR VASQUEZ C.I. 8.422.956-3 Abogado Ingreso 20 de marzo de 2020 Audiencia 03 de marzo de 2021 ********************************************************************** Parral, tres de marzo de dos mil veintiuno. VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que, son partes en este juicio laboral sobre despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones laborales y previsionales, RUC 20-4
Fallo
Por tanto, y para los efectos del artículo 172 del Código del Trabajo, su última remuneración imponible, asciende a la cantidad de $331.000. 5.- Que la relación laboral en cuanto a su duración a la fecha de término del mismo era de carácter indefinido. 6.- Que con fecha 06 de enero de 2020, y atendido los reiterados incumplimientos por parte de su empleador, le remitió a este, carta certificada dando aviso de su autodespido, en conformidad al artículo 171 del Código del Trabajo, en relación a lo dispuesto en el artículo 160 N°7 del mismo cuerpo legal, incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato de trabajo, manifestando que desde ese día, 06 de enero de 2020, ha decidido poner término a su contrato de trabajo que los une desde el 01 de agosto de 2017, basado en los siguientes incumplimientos: - No pago de cotizaciones previsionales de salud y seguro de cesantía, las que se encuentran solo declaradas desde el mes de septiembre de 2019. - Pago incompleto de la remuneración mensual, impago mes de diciembre de 2019. - Pago fuera de plazo, permanente, desde hace ocho meses a la fecha, falta de liquidaciones de sueldo. - Lugar de la prestación de servicios, permanece cerrado desde el 15 de diciembre. 7.- Que, se le adeuda remuneraciones por el mes de diciembre de 2019, equivalentes a la suma de $331.000. 8.- Que, se le adeuda remuneraciones por el mes de enero de 2020, equivalentes a la suma de $66.200. 9.- Que, se le adeuda por feriado legal por el perio
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ACTA DE AUDIENCIA MONITORIO FECHA 03/03/2021 RUC 20-4-0259802-7 RIT M-8-2020 MAGISTRADO CRHISTIAN ALEJANDRO SAAVEDRA LEMP. JUEZ SUBROGANTE. ADMINISTRATIVO DE ACTAS ISMAEL LABBÉ SOUDRE HORA DE INICIO 12:00 horas HORA DE TERMINO 12:34 horas Nº REGISTRO DE AUDIO 20-4-0259802-7-0141 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE WALTERIO RAMÓN VERA GUTIERREZ. C.I.: 10.504.007-5. ABOGADO COMPAREC
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