MP C/ DILSON EXEQUIEL PÉREZ GONZÁLEZ
Rol
O-10129-2020
Fecha
30 de julio de 2021
Materia
INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD, ROBO EN LUGAR NO HABITADO.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Visto además lo dispuesto en los artículos 1, 15, 21, 440, 442 del Código Penal; artículos 47, 297, 340, 342, 390 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, se absuelve a ORLANDO ANDRÉS CORROTEA ESPINOSA, ya individualizado, de los cargos formulados por el Ministerio Publico en su requerimiento. II.- Que, no se condena en costas al Ministerio Publico por haber temido motivo plausible para litigar. Regístrese y archívese si no se recurriere. Dese orden de libertad por esta causa. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, en su oportunidad. Dictada por don RODRIGO ARNOLDO CORTÉS GUTIÉRREZ, Juez de Garantía de Viña del Mar.//grl LCXXVQHBDE Rodrigo Arnoldo Cortes Gutierrez Juez de garantía Fecha: 02/08/2021 08:09:17 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2021-08-02T08:09:20-0400 Corte Suprema Rodrigo Arnoldo Cortes Gutierrez Verificación Legal
Fallo
se declara: I.- Que, se absuelve a ORLANDO ANDRÉS CORROTEA ESPINOSA, ya individualizado, de los cargos formulados por el Ministerio Publico en su requerimiento. II.- Que, no se condena en costas al Ministerio Publico por haber temido motivo plausible para litigar. Regístrese y archívese si no se recurriere. Dese orden de libertad por esta causa. Dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal, en su oportunidad. Dictada por don RODRIGO ARNOLDO CORTÉS GUTIÉRREZ, Juez de Garantía de Viña del Mar.//grl LCXXVQHBDE Rodrigo Arnoldo Cortes Gutierrez Juez de garantía Fecha: 02/08/2021 08:09:17 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2021-08-02T08:09:20-0400 Corte Suprema Rodrigo Arnoldo Cortes Gutierrez Verificación Legal
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Fecha Viña del Mar., treinta de julio de dos mil veintiuno RUC 2000885689-4 RIT 10129 - 2020 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA ORLANDO ANDRÉS CORROTEA ESPINOSA, presente. 0020182954-2 Sector Nueva Esperanza Pasaje 3 casa Nº 5 Viña del Mar. SENTENCIA VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resoluti
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