MINISTERIO PÚBLICO C/ GABRIEL ALEXANDER HIDALGO DIAZ
Rol
O-1318-2021
Fecha
30 de julio de 2021
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El día 19 de Febrero de 2021, a las 05:35 horas aproximadamente, el acusado, ya individualizado, ingresó al inmueble ubicado en Avenida Argentina Nª 2143 de la comuna de Arica, de propiedad de la victima de iniciales A.R.G.C, ingreso que realizó mediante escalamiento de las paredes divisoria, específicamente por la ventana del segundo piso del inmueble del dormitorio del hijo dueño de casa sustrayendo un teléfono para luego huir con la especie en su poder”. Calificación jurídica: A juicio del Ministerio Público los hechos anteriormente descritos configuran el delito de robo en lugar habitado, previsto y sancionado en el artículo 432 en relación con el artículo 440 N° 1 del Código Penal. El acusado, debidamente informado de sus derechos, acepta la totalidad de los hechos de la acusación y antecedentes de la investigación en los cuales ésta se funda, está de acuerdo en tramitar el presente asunto de conformidad a las normas del procedimiento abreviado, cuyo consentimiento ha manifestado en forma libre y espontánea y sin presiones o coacciones de algún tipo. SENTENCIA VLTXVQGFLB Carmen Macarena Calas Guerra Juez de garantía Fecha: 01/08/2021 22:28:43 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Procedimiento Abreviado. Arica, treinta de julio de dos mil veintiuno Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo presente lo establecido en los artículos 1, 3, 5, 7, 11 Nos 6 y 9, 14, 15 N°1, 68, 432, 440 N° 1 del Código
Fallo
se declara: I. Que se condena a GABRIEL ALEXANDER HIDALGO DIAZ, cédula de identidad provisoria N° 14.880.267-K, ya individualizado, a las penas de tres años y un día, de presidio menor en su grado máximo, accesoria de suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, sin costas, como autor ejecutor directo, del delito consumado, robo en lugar habitado, previsto y sancionado en el artículo 432 en relación con el artículo 440 N° 1 del Código Penal, hecho cometido en Arica el día 19 de Febrero de 2021. II. Que se sustituye la pena privativa de libertad por la pena sustitutiva de expulsión del territorio nacional, más la prohibición de retornar a él por 10 años, contados desde esta fecha. Si fuere revocada dicha pena sustitutiva deberá cumplir el saldo de la pena corporal, sirviéndole de abono todo el tiempo que ha estado privado de libertad en la causa, contados desde la fecha del control de la detención donde se decretó la medida cautelar de prisión preventiva el día 19 de febrero del presente año, más todo el tiempo que demore la ejecución de esta pena sustitutiva, durante el cual el sentenciado permanecerá en internación. Ofíciese al Departamento de Extranjería, Ministerio del Interior y Seguridad Pública, para la ejecución de la pena sustitutiva es de sesenta días, contados desde la ejecutoria de la presente sentencia. III. Trasládese al sentenciado al Servicio Médico Legal de Arica, a fin de determinar su huella genética y ser incorporado al Registr
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ACTA DE AUDIENCIA Fecha Arica, treinta de julio de dos mil veintiuno Magistrada CARMEN MACARENA CALAS GUERRA Fiscal FRANCISCO CONCHA GARCÍA Defensora VIOLETA DEL CARMEN ALVAREZ RAMIREZ Tipo Audiencia porcedimiento abreviado Hora inicio 10:20 Hora termino 10:34 Sala 2 Tribunal Juzgado de Garantía de Arica. Registro de audio 2100164237-2-992-210730-00-13 - PABR MCG EBS RIT 1318 21 Acta EBS/alv RUC 2
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