Juzgado de Garantía de La Calera.

MPP C/ ALBERTO MARCELO VERGARA DÍAZ

Rol

O-634-2020

Fecha

26 de julio de 2021

Materia

LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos: El día 19 de Marzo de 2020, a las 18:40 horas aproximadamente, el requerido ALBERTO MARCELO VERGARA DIAZ concurrió al domicilio ubicado en La Palmilla N° 395, comuna de La Cruz, y estando en el lugar agredió a su conviviente, la victima VICTORIA DE LAS MERCEDES AVALOS GOMEZ, la tomo por su pierna derecha y la arrojó al suelo, golpeándose la victima la cabeza y el brazo derecho. Producto de lo anterior, la victima resulto con “escoriaciones a nivel de cara posterior de antebrazo derecho”, lesiones de carácter leve según Dato de Atención de Urgencia respectivo. VISTO Y OÍDOS LOS INTERVINIENTES: Se dan por reproducidas las actuaciones, alegaciones de las partes y lo expositivo y considerativo del fallo, todo lo cual ha quedado íntegramente en el registro de audio de la audiencia celebrada.- Y visto además lo dispuesto en los artículos 1°, 3, 7, 15 N° 1, 30, 296 del Código Penal; normas de la Ley 20.066 y artículo 396 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Se rechaza el requerimiento presentado por el Ministerio Público, y en consecuencia se ABSUELVE al acusado ALBERTO MARCELO VERGARA DÍAZ, Cédula Identidad 0015742996-5, de los cargos e imputaciones del Ministerio Público, como autor de los delitos de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, supuestamente perpetrado el día 19 de Marzo de 2020. II.- Que no se condena en costas al órgano persecutor, por estimar que tuvo razones fundadas para requerir y litigar en la presente causa. NDLHVXGLFS Roberto Pablo Lizana Mora Juez de garantía Fecha: 28/07/2021 11:04:09 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez rest

Fallo

se declara: I.- Se rechaza el requerimiento presentado por el Ministerio Público, y en consecuencia se ABSUELVE al acusado ALBERTO MARCELO VERGARA DÍAZ, Cédula Identidad 0015742996-5, de los cargos e imputaciones del Ministerio Público, como autor de los delitos de lesiones menos graves en contexto de violencia intrafamiliar, supuestamente perpetrado el día 19 de Marzo de 2020. II.- Que no se condena en costas al órgano persecutor, por estimar que tuvo razones fundadas para requerir y litigar en la presente causa. NDLHVXGLFS Roberto Pablo Lizana Mora Juez de garantía Fecha: 28/07/2021 11:04:09 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl III.- Atendido lo resuelto, se deja sin efecto las medidas cautelares decretadas en su oportunidad. Ofíciese. Ejecutoriado el presente fallo, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. RIT: 634 - 2020 RUC: 2000308904-6 PRONUNCIADA POR ROBERTO PABLO LIZANA MORA, JUEZ DE GARANTÍA DE LA CALERA. NDLHVXGLFS Roberto Pablo

Texto Completo (Preview)

SENTENCIA La Calera, veintiséis de julio de dos mil veintiuno Hechos: El día 19 de Marzo de 2020, a las 18:40 horas aproximadamente, el requerido ALBERTO MARCELO VERGARA DIAZ concurrió al domicilio ubicado en La Palmilla N° 395, comuna de La Cruz, y estando en el lugar agredió a su conviviente, la victima VICTORIA DE LAS MERCEDES AVALOS GOMEZ, la tomo por su pierna derecha y la arrojó al suelo, go

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