Juzgado de Garantia de Viña del Mar.

MP C/ ENRIMAR BASTERA TORRES PEREZ

Rol

O-16618-2020

Fecha

26 de julio de 2021

Materia

OTROS DELITOS CONTRA LA LEY DEL TRANSITO., RECEPTACION. ART. 456 BIS A.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Hechos: El día 30 de noviembre de 2020 a las 20:00 horas, el imputado WILKER JOSE FIGUEROA REYES, fue sorprendido conduciendo el vehículo Toyota Yaris gris usando la PPU KR.BT.22, en calle San Martin esquina 4 norte de esta ciudad, en compañía de FALMERT ALBERT PEÑA BALERA (GERMAINE PEREZ), Abelardo Villamizar Duque, y en compañía de otras tres personas, todos ciudadanos al parecer venezolanos. El vehículo hacía uso de una PPU falsa, ya que le corresponde la KL.TT.56, siendo un vehículo de propiedad de Tomás Castro Vidal sustraído el pasado 06 de mayo de 2020 en un robo con intimidación en la comuna de San Joaquín, región metropolitana, en un robo con intimidación intimidando con armas al parecer de fuego. El vehículo usaba la PPU KR.BT.22, ambas, que corresponden a un vehículo Toyota Yaris de propiedad de Marcela Montecinos Pavés, cuya PPU original no ha sido robada ni extraviada. Se encontró en la consola parte delantera del vehículo 01 revolver a fogueo BOLW F92 serie B05Y3-19011306 con 05 proyectiles a fogueo (NUE 3724190) Sentencia: Vistos, oídos y teniendo presente Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente y la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 3, 5, 11 N°6, 11 N°9, 14 N°1, 15 N°1, 28, 50, 67 y siguientes, artículo 456 bis A, artículo 192 letra E de la Ley de tránsito 18.290, artículos 297, 340, 406 y siguientes y demás pertinentes del Código Procesal Penal; Ley 18.216; se declara: I.- Que, se condena a WILKER JOSE FIGUEROA REYES, cedula de identidad 14.879.144-9, ya individualizado, como autor de los delitos de receptación de vehículos motorizados, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal y del delito de uso de placa patente diversa, previsto y sancionado en el artículo 192 letra E de la Ley de tránsito 18.290, ambos en grado de desarrollo de consumados, por los hechos ocurridos el día 30 de noviembre de 2020, en est

Fallo

se declara: I.- Que, se condena a WILKER JOSE FIGUEROA REYES, cedula de identidad 14.879.144-9, ya individualizado, como autor de los delitos de receptación de vehículos motorizados, previsto y sancionado en el artículo 456 bis A del Código Penal y del delito de uso de placa patente diversa, previsto y sancionado en el artículo 192 letra E de la Ley de tránsito 18.290, ambos en grado de desarrollo de consumados, por los hechos ocurridos el día 30 de noviembre de 2020, en esta ciudad, a sufrir la pena única de cinco años de presidio menor en su grado máximo, a la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derecho político y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios público durante el tiempo que dure la condena, a un multa de CINCO UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, y a la suspensión o inhabilitación de obtener licencia de conducir por el periodo de dos años. II.- Que, respecto de la pena privativa de libertad, se le sustituye por la de libertad vigilada intensiva, por idéntico periodo de la pena, debiendo quedar sujeto al cumplimiento de las condiciones generales de residencia de un lugar determinado, sujeción a la vigilancia y orientación permanente de un delegado y ejercicio de una profesión o empleo por idéntico periodo de la pena principal, unido a la condición especial del artículo 17 ter letra B, esto es, prohibición de aproximarse o comunicarse con las personas afectadas por los hechos, que son doña Marcela Cristina Montesinos Pavés, C.I. 12.899.188-3,

Texto Completo (Preview)

Fecha Viña del Mar., veintiseis de julio de dos mil veintiuno RUC - RIT - NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA WILKER JOSE FIGUEROA REYES - Calle SANTA CLARA Nº La Cisterna. Hechos: El día 30 de noviembre de 2020 a las 20:00 horas, el imputado WILKER JOSE FIGUEROA REYES, fue sorprendido conduciendo el vehículo Toyota Yaris gris usando la PPU KR.BT.22, en calle San Martin esquina 4 norte de esta c

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica