ALEXIS ESTEBAN AVILA GARRIDO C/ DANIEL HUMBERTO AGUILERA FERNÁNDEZ
Rol
O-388-2021
Fecha
27 de julio de 2021
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS ACREDITADOS: “El día 14/09/2020, a las 01:50 horas, el imputado DANIEL AGUILERA FERNANDEZ condujo en estado de ebriedad y sin haber obtenido licencia de conducir la camioneta Mitsubishi l-200, patente TZ-4326, colisionando con el vehículo Daewoo Lanos patente se -3716, de propiedad de ALEXIS AVILA GARRIDO, que se encontraba estacionado en el pasaje Manuel Montt frente al 907, población O’Higgins, retiro, causando daños en las puertas avaluados en $130.000. el imputado presentaba halito alcohólico, rostro congestionado, incoherencias al hablar e inestabilidad al caminar, practicándose la alcoholemia que arrojó una dosificación de 2,62 gramos de alcohol por mil en la sangre ”. PARRAL, veintisiete de julio de dos mil veintiuno. Y visto además, lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°6, 11 N°9, 14, 15, 18, 21, 24, 30, 50 y 70 del Código Penal, artículos 110, 111, 196, 209 de la Ley 18.290, 388 y siguiente del Código Procesal Penal, 1°, 3° y 4° y siguientes de la Ley 18.216, se declara: I.- Que se condena a DANIEL HUMBERTO AGUILERA FERNÁNDEZ, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a una multa ascendente a DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES y a la SUSPENSIÓN DE SU LICENCIA DE CONDUCIR POR EL TÉRMINO DE DOS AÑOS, como AUTOR del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD CAUSANDO DAÑOS SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR, previsto y sancionado en el artículo 110, 111, 196 y 209 de la Ley N° 18.290, en grado de desarrollo consumado, cometido en la comuna de Retiro, el día 14 septiembre 2020 BWMVXPXXM Marcial Taborga Collao Juez de garantía Fecha: 27/07/2021 17:48:01 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión
Fallo
se declara: I.- Que se condena a DANIEL HUMBERTO AGUILERA FERNÁNDEZ, a sufrir la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a la accesoria legal de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, a una multa ascendente a DOS UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES y a la SUSPENSIÓN DE SU LICENCIA DE CONDUCIR POR EL TÉRMINO DE DOS AÑOS, como AUTOR del delito de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD CAUSANDO DAÑOS SIN HABER OBTENIDO LICENCIA DE CONDUCIR, previsto y sancionado en el artículo 110, 111, 196 y 209 de la Ley N° 18.290, en grado de desarrollo consumado, cometido en la comuna de Retiro, el día 14 septiembre 2020 BWMVXPXXM Marcial Taborga Collao Juez de garantía Fecha: 27/07/2021 17:48:01 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl II.- Reuniéndose en la especie los requisitos del artículo 4º de la Ley 18.21 6, se concede al sentenciado la pena sustitutiva de REMISIÓN CONDICIONAL, quedando sujeto al control del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Parral por el término de UN AÑO, debiendo presentars
Texto Completo (Preview)
RUC N° : 2000936173-2 RIT N° : 388 - 2021 PROCEDIMIENTO : Simplificado DELITO : Conducción en estado de ebriedad con resultado de daños sin haber obtenido licencia GRADO EJECUCIÓN : Consumado IMPUTADO : DANIEL HUMBERTO AGUILERA FERNÁNDEZ. CÉDULA IDENTIDAD N° : 0011767598-K DOMICILIO : Villa O'higgins, Pasaje Manuel Montt Nº 905, Retiro. PARTICIPACIÓN : Autor (Art. 15 N° 1 Código Penal). CIRCUNS
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