2º Juzgado de Garantía de Santiago

FELIPE NAVARRO VALENZUELA C/ SERGIO ALEJANDRO FRÍAS BRUNET

Rol

O-10744-2019

Fecha

23 de julio de 2021

Materia

OBSTRUCCION A LA INVESTIGACIÓN.

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y OÍDOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este segundo juzgado de garantía de Santiago, el Fiscal adjunto Ezzio Braghetto Aranguiz, requirió al imputado SERGIO ALEJANDRO FRÍAS BRUNET cédula de identidad N°7.026.626-1, Chileno, comerciante, nacido con fecha 2 de junio de 1960, domiciliado en calle Warren Smith Nº 70, Depto. 602, comuna de Las Condes, representado por el defensor privado Sr. Juan José Rondón Manríquez. Se encuentra requerido como autor del delito Obstrucción a la investigación, previsto y sancionado en el artículo 296 bis del Código Penal en grado de desarrollo consumado. En la audiencia de juicio realizada con fecha 19 de julio de 2021, representó al Ministerio Público fue el fiscal Sr Ricardo Peña Fighetti. SEGUNDO: Los hechos materia del requerimiento y que fueron objeto de este juicio son los siguientes: El día 05 de septiembre de 2019, SERGIO ALEJANDRO FRIAS BRUNET denunció en la 54º comisaría de Huechuraba en el parte policial Nº 4335 los siguientes hechos: “Que el día 02 de mayo de 2019 se encontraba en el Edificio de calle Huérfanos 669, oficina 309, en Santiago centro, para concretar la venta de su automóvil patente FXFT 59 marca Kia, se reunió con Antonio Velozo Galaz, haciéndole entrega de las llaves con el fin de que este lo probara. Posteriormente Antonio aceptó quedarse con el auto solicitándole un plazo para pagarlo. La víctima hace presente que no ha recibido ningún dinero en parte de pago por su automóvil y que solo mantiene un contrato de palabra. A raíz de la denuncia efectuada por el imputado, la Fiscalía Centro Norte procedió a instruir el encargo y búsqueda del vehículo señalado por el delito de Apropiación Indebida. LFNEVNLXBX CAROLINA IVONNE REYES CANDIA Juez de garantía Fecha: 26/07/2021 16:01:45 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Con fecha 17 de septiembre de 2019, la 54º comisaría de Huechuraba a través de parte policial Nº4575 informó que al efectuar un patrullaje por la comuna verificaron la presencia de un vehículo que mantenía encargo por el delito de Apropiación Indebida y que correspondía a patente FXFT-59 encargado por la Fiscalía centro norte según denuncia efectuada por SERGIO ALEJANDRO FRÍAS BRUNET, descendiendo en ese momento del vehículo su conductor, Antonio Velozo Galaz, procediéndose a su detención y a la incautación del vehículo. Con todo, en el marco de la investigación realizada, el Ministerio Público determinó que Antonio Cristian Velozo Galaz había adquirido lícitamente el vehículo PPU FXFT 59 y lo tenía en su poder en forma pacífica, y que ad

Fallo

SE DECLARA: 1°.- Que, se absuelve a SERGIO ALEJANDRO FRÍAS BRUNET, C. I. Nº 7.026.626-1, ya individualizado, del requerimiento deducido en su contra, esto es de Obstrucción a la investigación en grado de desarrollo consumado, previsto y sancionado en el artículo 269 bis del Código Penal. 2°.- Que se dejan sin efecto las cautelares. 3º.- No se condena en costas al Ministerio público por estimar que litigó con motivo plausible. LFNEVNLXBX CAROLINA IVONNE REYES CANDIA Juez de garantía Fecha: 26/07/2021 16:01:45 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Cúmplase en su oportunidad con lo que dispone el artículo 468 del Código Procesal Penal. RIT 10744-2019 RUC 1901019846-4 Pronunciada por CAROLINA IVONNE REYES CANDIA, Juez titular del Segundo de garantía de Santiago. LFNEVNLXBX CAROLINA IVONNE REYES CANDIA Juez de garantía Fecha: 26/07/2021 16:01:45 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corre

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Santiago, veintitrés de julio de dos mil veintiuno. JUICIO ORAL SIMPLIFICADO. RUC 1901019846-4 VISTOS Y OÍDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ante este segundo juzgado de garantía de Santiago, el Fiscal adjunto Ezzio Braghetto Aranguiz, requirió al imputado SERGIO ALEJANDRO FRÍAS BRUNET cédula de identidad N°7.026.626-1, Chileno, comerciante, nacido con fecha 2 de junio de 1960, domiciliado en call

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