MINISTERIO PUBLICO ANTOFAGASTA C/ KEVIN JORDAN LEDEZMA IBACACHE
Rol
O-253-2020
Fecha
25 de julio de 2021
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: El día 19 de diciembre de 2018, aproximadamente a las 23.30 horas, en circunstancias que la víctima de iníciales P.A.N.G., conducía el camión de la empresa CCU por calle Morro de Arica con Nicolás Tirado de esta ciudad, es abordado por dos vehículos, uno se posiciona adelante del camión y descienden cuatro sujetos a Alfredo Andres Lindenberg Bustos Juez Integrante Fecha: 26/07/2021 16:26:05 XDXPVXBQDX LLILIAN DEL CARMEN DURAN BARRERA Juez Presidente Fecha: 27/07/2021 12:38:34 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2 rostro cubierto, quienes bajan intimidan a la víctima y lo golpean con armas al parecer de fuego, resultando con lesiones, exigiendo la entrega de dinero, mientras que el otro vehículo un Toyota, color blanco PPU FZLW-99, se posiciona atrás del camión, el cual era conducido por el imputado Kevin Ledezma Ibacache y del cual desciende otro sujeto que iba de copiloto, quien también intimida a la víctima con un arma al parecer de fuego, ante esta situación, la víctima comienza a mover el camión hacia adelante y hacia atrás chocando ambos móviles, por lo cual, los cuatro sujeto huyen del lugar a bordo del vehículo que se encontraba adelante del camión, mientras que el copiloto del auto Toyota huye a pie, siendo detenido el imputado. El Ministerio Público señaló que los hechos descritos configuran el delito de robo con violencia e intimidación, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 1º del Código Penal, en grado de consumado, atribuyéndole al acusado participación en calidad de autor, sin que concur
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha veinte del presente mes y año, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, constituido por la jueza presidente de la sala Llilian Durán Barrera, junto a los jueces Luz Oliva Chávez y Alfredo Lindenberg Bustos, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral celebrada a través de modalidad telemática, mediante la plataforma Zoom, respecto de la causa Ruc 1801258609-0, Rit 253-2020, seguida en contra de Kevin Jordan Ledezma Ibacache, C.I. N° 18.923.423-6, nacido en la ciudad de Coquimbo el 08 de diciembre de 1994, 26 años, soltero, peoneta, domiciliado para efectos de este juicio en Avenida Argentina N° 3295 Oficina 402, Antofagasta. Sostuvo la acusación el Ministerio Público representado por el fiscal adjunto Rodrigo Cusó Segura; en tanto que la defensa del acusado estuvo a cargo del letrado de confianza Hessen Cameron Veas, ambos con domicilio y forma de notificación ya registrados en el tribunal. SEGUNDO: Que, el Ministerio Público al deducir acusación en contra del acusado, según se lee en el auto de apertura del juicio oral, la fundó en la siguiente relación de hechos: El día 19 de diciembre de 2018, aproximadamente a las 23.30 horas, en circunstancias que la víctima de iníciales P.A.N.G., conducía el camión de la empresa CCU por calle Morro de Arica con Nicolás Tirado de esta ciudad, es abordado por dos vehículos, uno se posiciona adelante del camión y descienden cuatro sujetos a Alfredo Andres Lindenberg Bustos Juez Integrante Fecha: 26/07/2021 16:26:05 XDXPVXBQDX LLILIAN DEL CARMEN DURAN BARRERA Juez Presidente Fecha: 27/07/2021 12:38:34 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2 rostro cubierto, quienes bajan intimidan a la víctima y lo golpean con armas al parecer de fuego, resultando con lesiones, exigiendo la entrega de dinero, mientras que el otro vehículo un Toyota, color blanco PPU FZLW-99, se posiciona atrás del camión, el cual era conducido por el imputado Kevin Ledezma Ibacache y del cual desciende otro sujeto que iba de copiloto, quien también intimida a la víctima con un arma al parecer de fuego, ante esta situación, la víctima comienza a mover el camión hacia adelante y hacia atrás chocando ambos móviles, por lo cual, los cuatro sujeto huyen del lugar a bordo del vehículo que se encontraba adelante del camión, mientras que el copiloto del auto Toyota huye a pie, siendo detenido el imputado. El Ministerio Público señaló que los hechos descritos configuran el delito de robo con violencia e intimidación, previsto y sancionado en el
Fallo
fallo de marras, a lo que debe sumarse, en primer lugar, las supuestas contradicciones en las declaraciones de los testigos de cargo, en lo que refiere al número de sujetos que se bajaron del vehículo color gris (2 según A.M.; 4 a 8 de acuerdo a J.V.); cómo se bajó A.R. del camión (por sus propios medios corriendo hasta ver el auto blanco; o bajado por uno de los asaltante para luego quedar en el piso); si el acusado conversó o no con el conductor del camión luego del frustrado asalto (J.V. indicó que el acusado se acercó al conductor y se “trampeó” con su hermano A.; A.M. dijo que no lo hizo); cuestiones que, a decir de la defensa, pondrían en Alfredo Andres Lindenberg Bustos Juez Integrante Fecha: 26/07/2021 16:26:05 XDXPVXBQDX LLILIAN DEL CARMEN DURAN BARRERA Juez Presidente Fecha: 27/07/2021 12:38:34 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 34 entredicho la veracidad de estos testimonios. Pues bien, el tribunal no comparte la tesis de descargo, desde el momento que ambas declaraciones en los puntos neurálgicos de la dinámica de he
Texto Completo (Preview)
1 Antofagasta, veinticinco de julio de dos mil veintiuno. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha veinte del presente mes y año, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, constituido por la jueza presidente de la sala Llilian Durán Barrera, junto a los jueces Luz Oliva Chávez y Alfredo Lindenberg Bustos, se llevó a efecto la audiencia del juicio oral celebrada a
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