STEPHANIE ANDREA AGUILERA RAMOS C/ ISRAEL RAVEAU VILLAR FLORIDO
Rol
O-181-2021
Fecha
23 de julio de 2021
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 Nº3., LESIONES MENOS GRAVES.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y OIDO LOS ANTECEDENTES DEL JUICIO ORAL. PRIMERO: Con fecha diecinueve de julio del año en curso, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, integrado por los jueces don Juan Ibacache Cifuentes, quien presidió, don Rodrigo Vega Azocar y don Felipe Ortiz de Zárate Fernández, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral relativa a los autos rol interno Nº 181-2021, seguidos por el Ministerio Público representado por la Fiscal Priscilla Silva Leiva, en contra del acusado ISRAEL RAVEAU VILLAR FLORIDO, chileno, cédula nacional de identidad N° 18265269-5, 28 años, soltero, cuarto año medio, comerciante, sin domiciliado fijo y para estos efectos, aquel de su defensor en calle Sotomayor N° 548, Oficina 403, Iquique, legalmente representada por el defensor Penal Público don Rolando Soto Johnson por los delitos de Amenazas simples y Lesiones menos graves en contexto de V.I.F. SEGUNDO: Los hechos materia de la acusación, según se lee del auto de apertura del presente juicio oral, son los siguientes: HECHO 01: El día 09 de agosto de 2018, cerca de las 00:30 horas, en la vía pública el acusado Israel Raveau Villar Florido abordó a su ex conviviente, la víctima Stephanie Andrea Aguilera Ramos y, tomándola de un brazo la llevó a un sector cercano a la plaza Teniente Ibañez, ubicada en la intersección de las calles Orella y Elias Laferte de Iquique, lugar donde le amenazó manifestándole "SI TE VEO CON OTRO WEÓN LOS VOY A MATAR A LOS DOS", para luego agredir a la víctima, propinándole golpes de puño y pie a la víctima en distintas partes de su cuerpo, provocando que ésta cayera al suelo, donde le siguió propinando puntapiés en distintas parte de su cuerpo, ocasionándole lesiones consistentes en CONTUSIÓN MANO IZQUIERDA y CONTUSIÓN DORSAL de carácter clínicamente LEVE. HECHO 02: El día 22 de agosto de 2019, aproximadamente a las 22.30 horas, en circunstancias que la víctima Stephanie Andrea Aguilera Ramos se encontraba en la vía HCLYVNQXVG Felipe Rodrigo Ortiz
Fundamentos
considerando que el encartado fue asistido por un letrado de la Defensoría Penal Pública, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 600 del Código Orgánico de Tribunales y lo prevenido en el inciso final del artículo 47 del Código Procesal Penal, se le eximirá del pago de las costas. Por otro lado, tampoco se condenará en costas al persecutor en relación a aquellos cargos por los que resultó vencido, al estimar que tuvo motivos plausibles para levantarlos.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 9, 12 N° 15, 14 Nº 1, 15 Nº 1, 18, 30, 49, 50, 67, 399, 494 N°5 del Código Penal; 1, 45, 47, 295, 296, 297, 325 y siguientes 340, 341, 342, 348 y 468 del Código Procesal Penal; 5, 9, 10 y 16 de la ley 20.066; y, 600 del Código Orgánico de Tribunales; se declara: I.- Que, se ABSUELVE a ISRAEL RAVEAU VILLAR FLORIDO, de los cargos formulados en su contra por el Ministerio Público de ser autor de un delito de amenazas simples y un delito de lesiones leves calificadas como menos graves, ambas en un contexto de violencia intrafamiliar, en perjuicio de Stephanie Aguilera Ramos, supuestamente perpetrados en Iquique, el día 9 de agosto del 2018, sin costas. II.- Que, SE CONDENA a ISRAEL RAVEAU VILLAR FLORIDO, en calidad de autor de un delito de lesiones leves calificadas como menos graves en un contexto de violencia intrafamiliar, cometidos en perjuicio de Stephanie Aguilera Ramos el 22 de Agosto del 2019 a la pena de DOSCIENTOS DIAS de reclusión menor en su grado mínimo, más la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, sin costas. III.- Al no reunir el sentenciado los requisitos de la Ley N°18.216, deberá cumplir en forma efectiva la pena corporal impuesta, sin que tenga abonos a su favor en esta causa, de acuerdo los antecedentes de la carpeta digital de esta causa. IV.- Se le impone igualmente, como sanción accesoria, la contemplada en el artículo 9 letra b) de ese precept
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1 C/ ISRAEL RAVEAU VILLAR FLORIDO LESIONES MENOS GRAVES Y AMENAZAS EN VIF ROL INTERNO: Nº 181-2021 Iquique, veintitrés de julio del dos mil veintiuno. VISTO Y OIDO LOS ANTECEDENTES DEL JUICIO ORAL. PRIMERO: Con fecha diecinueve de julio del año en curso, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique, integrado por los jueces don Juan Ibacache Cifuentes, quien presidió, don Rodrigo Vega
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