JORGE WLADIMIR SOTO ADRIAZOLA C/ CRISTIAN ALEJANDRO GONZÁLEZ TAPIA
Rol
O-1037-2021
Fecha
13 de julio de 2021
Materia
OCULTAMIENTO DE PLACA PATENTE (ART. 192 LETRA E)
Resultado
No especificado
Hechos
hechos EL DÍA 11 DE AGOSTO DEL 2020, EN EL SECTOR DE PATRONATO EN LA COMUNA DE RECOLETA, EL MINIBUS MARCA PEUGEOT MODELO EXPERT ACTIVE COLOR GRIS, PLACA PATENTE UNICA GXXS-81, SE DESPÑAZABA MANTENIENDO TAPADA LA LETRA G. LOGRANDO SER CONTROLADO EN CALLE LORETO CON LA INTERSECCION DE ANTONIA LOPEZ DE BELLO.. SU CONDUCTOR CRISTIAN ALEJANDRO GONZALEZ TAPILO LO HACIA COMPAÑADO DE CRISTIAN ALEJANDRO MARTINEZ HERNANDEZ EL CONDUCTOR LE MANIFIESTA AL PERSONAL POLICIAL DE MANERA ESPONTANEA QUE MANTENIA LA PP U TAPADA PARA EVITAR EL PAGO DEL TAG. La calificación Juridica sería conducir a sabiendas con placa patente Unica oculta previsto y sancionado en el artículo 192 letra e de la ley 18.290.en calidad de autor y en grado de consumado SEGUNDO: Que la acusación fue verbal y los antecedentes probatorios fueron referidos en la misma en este caso y conocidos de las partes. Que según el ministerio publico respecto del acusado solicita por el delito del art 192 letra e de la ley 18.290 finalmente la pena de sesenta y un días de presidio menor en su grado mínimo y accesorias legales , TERCERO: Que el acusado, GONZALEZ TAPIA y la fiscal adjunta solicitaron se procediera en conformidad al artículo 406 y siguientes del Código Procesal Penal, el imputado declaro que conocía y aceptaba expresamente los hechos materia de la acusación y los antecedentes de la investigación en que ésta se funda y renunciando a su derecho al juicio oral y público, manifestando que no fue objeto de presiones o coacciones indebidas por parte del fiscal adjunto o de terceros CUARTO : Que la defensa penal representada por el abogado particular Yordano Paredes .señala que esta de acuerdo con la pena solicitada y que TKQDVNDNLF JUDITH ELENA GUZMAN MARTINEZ Juez de garantía Fecha: 23/07/2021 12:30:24 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invi
Fallo
Por estas consideraciones y teniendo presente, además, lo dispuesto en los artículos 1°, 3º, 5º , 14 N° 1, 15 N° 1, 18, 21, 30, 50, 68 del Código Penal; artículo 192 e de la ley 18.290 en los artículos 1º, 2º, 4º, 45, 406 y siguientes del Código procesal Penal y artículo 3 y siguientes de la ley 18.216 SE DECLARA: I.- Que el acusado es culpable de la acusación formulada por el Ministerio Público, y en consecuencia, se condena CRISTIAN ALEJANDRO GONZALEZ TAPIA ya individualizado en calidad de autor del siguiente delito 1.- DELITO DEL ARTÍCULO 192 LETRA E DE LA LEY 18.290 CONDUCCION A SABIENDAS CON PLACA PATENTE OCULTA en grado de CONSUMADO a la pena de SESENTA Y UN DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MINIMO. Y a la sanción accesoria del artículo 30 del código penal esto es la suspensión de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena 2.- Que también se le impone la sanción de multa de UNA UNIDAD TRIBUTARIA MENSUAL , que deberá pagar en su equivalente en el plazo de treinta días a contar de la Ejecutoria de la Sentencia II- Se accede a omitir la anotación para fines particulares , cómo ha solicitado su defensa . III.- Que se EXIME al sentenciado del pago de las costas de la causa, en razón de que ha admitido responsabilidad criminal en el hecho y ha evitado la realización de un juicio oral y público. IV.- Que cumpliendo el sentenciado con los requisitos de los artículo 3 y siguientes de la ley 18.216 se le concede al sentenciado GONZALEZ TAPIA el beneficio de la r
Texto Completo (Preview)
Poder Judicial SANTIAGO TRECE DE JULIO DE DOS MIL VEINTIUNO VISTOS, OIDOS LOS INTERVINIENTES Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que ante este Juzgado de Garantía de Santiago la fiscal del ministerio público GIOVANNA HERRERRA actuando en audiencia , ha deducido acusación en procedimiento abreviado en la causa criminal en contra de CRISTIAN ALEJANDRO GONZALEZ TAPIA Cédula de identidad número 0016953602-3
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica