C/ FRANCISCO JAVIER TORO SALINAS
Rol
O-6309-2020
Fecha
22 de julio de 2021
Materia
CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES., PROPAGAR CONTAGIO A SABIENDAS
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos “El día 14 de Agosto de 2020, a eso de las 23.00 horas aproximadamente el requerido Francisco Toro Salinas, fue sorprendido conduciendo en estado de ebriedad con 2.02 g/l de concentración de alcohol en la sangre, la motocicleta marca Yamaha, P.P.U MF-575, tras haber impactado en la parte trasera a la motocicleta P.P.U JBC-029 en Avenida Perú con intersección calle Trinidad, comuna de La Florida, que se encontraba detenida con luces de emergencia activas, conducida por Don Héctor Cancino Navarrete, motorista de paz ciudadana que prestaba auxilio a un vehículo detenido en pane en el lugar. A raíz del impacto el requerido causo daños en la motocicleta P.P.U JBC-29, consistentes en “descentración en rueda trasera, en plásticos de la motocicleta, luz de posición e intermitente y manillar de embrague”, avaluados en $100.000 por la víctima. Funcionarios policiales constatan el estado de ebriedad por los signos característicos que Francisco Toro Salinas presentaba al momento de su detención, estos son; fuerte halito alcohólico, rostro congestionado, incoherencia al hablar e inestabilidad para caminar. El requerido se encontraba en dicho lugar sin el permiso respectivo, contraviniendo con su actuar, las medidas sanitarias dispuestas por la autoridad de salud en virtud del brote de COVID-19, plasmadas en resolución exenta N°203 de fecha 24 de marzo de 2020, publicada en el diario oficial con fecha 25 de marzo de 2020 y resolución exenta N°327 de fecha 06 de Mayo de 2020, publicada en el diario oficial con fecha 07 de Mayo de 2020 y sus posteriores actualizaciones”. Delito y grado de desarrollo Conducción en estado de ebriedad causando daños, previsto y sancionado en el artículo 110, en relación al artículo 196 de la ley 18.290 y la infracción a las normas sanitarias al artículo 318 del Código Penal. Ambos ilícitos se encuentran en grado de desarrollo consumado. Participación Autor Artículo 15 Nº 1 Código Penal Circunstancias modificatorias Atenuantes No concurren. A
Fallo
SE RESUELVE: I. Que SE ABSUELVE al requerido FRANCISCO JAVIER TORO SALINAS, ya individualizado, de la imputación formulada en su contra de ser autor del delito de manejo en estado de ebriedad causando daños, previsto y sancionado en los artículos 110 y 196 de la Ley 18.290 y de infracción a lo dispuesto en el artículo 318 del Código Penal, ambos en grado de desarrollo de consumados, por hecho supuestamente cometidos el 14 de agosto de 2020, en la comuna de La Florida. II. Que no se condena en costas al Ministerio Público entendiendo que tuvo motivo plausible para ejercer la acción penal. VFCXVMHYBW VERONICA ANDREA TOLEDO LOPEZ Juez de garantía Fecha: 22/07/2021 13:58:16 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Ejecutoriada archívese. LAS PARTES RENUNCIAN A LOS PLAZOS. ARCHÍVESE. "Que la presente sentencia fue dictada en forma íntegra en audiencia, consta en registro oficial de audio, y la transcripción se realiza conforme a los criterios previstos en el artículo 62 del Acta 71 de 16 de Junio de 2016 de la Excma. Corte Suprema”. V
Texto Completo (Preview)
TRIBUNAL : 14° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO RUC : 2000832185-0 RIT : 6309-2020 IMPUTADO : FRANCISCO JAVIER TORO SALINAS Cédula de Identidad : 17.006.891-2 Fecha de nacimiento : 3 de febrero de 1989 Domicilio : Pasaje Trinidad Oriente Nº 463, Villa Alborada, La Florida PROCEDIMIENTO : JUICIO ORAL SIMPLIFICADO Fecha de sentencia : veintidós de julio de dos mil veintiuno JUEZ : VERÓNICA TOLEDO LÓP
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