MP C/ MIGUEL ANGEL CASAS VARGAS
Rol
O-679-2021
Fecha
21 de julio de 2021
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
No especificado
Hechos
Hechos: “El 15 de mayo de 2021, cerca de las 09:45 horas, el imputado MIGUEL ANGEL CASAS VARGAS caminaba por calle Cousiño, entre las calles Gallo y Edwards, en la comuna de Caldera. En aquel lugar la ofendida Eliana Kerima Reynuaba Julio se encontraba a bordo de su automóvil saliendo desde un estacionamiento privado. Al detenerse durante tal salida, el imputado acometió contra la ofendida, abrió la puerta del automóvil, le dio un golpe de puño en el rostro, causándole lesiones leves, y se apropió de la cartera que llevaba en el asiento vacío ubicado a su derecha, que contenía su teléfono con móvil con una funda de color rosado, su cédula de identidad y tarjetas de crédito. Ya con el botín, el imputado huyó del lugar por calle Edwards. Minutos después, a las 10:00 horas, el imputado MIGUEL ANGEL CASAS VARGAS llegó hasta la intersección de las calles Ossa Varas y Manuel Orella, donde caminaba la ofendida Sonia Teresa de Jesús Charnay Rebolledo, contra quien acometió y primero cubrió su rostro, luego la golpeó con sus puños en la cabeza, causándole lesiones leves, y de este modo se apropió de un bolso que la ofendida llevaba, en el que portaba, entre otras cosas su teléfono celular de color negro y anteojos dentro de un estuche. Teniendo ya las especies, el imputado huyó hacia la avenida Batallón de Atacama. A las 10:10 horas, estando ya denunciados ambos hechos, funcionarios de Carabineros de Caldera sorprendieron al imputado en la intersección de las calles Canal Beagle con Blanco Encalada poseyendo las especies sustraídas a las víctimas.” SE DECLARA: I. Que se condena a don MIGUEL ÁNGEL CASAS VARGAS, R.U.N. 18.140.291-1, ya individualizado, a sufrir la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a la PENA ACCESORIA DISPUESTA EN EL ARTÍCULO 29 DEL CÓDIGO PENAL, esto es, la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficio públicos durante el tiempo de la condena, y a la INCORPORAC
Fallo
SE DECLARA: I. Que se condena a don MIGUEL ÁNGEL CASAS VARGAS, R.U.N. 18.140.291-1, ya individualizado, a sufrir la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, a la PENA ACCESORIA DISPUESTA EN EL ARTÍCULO 29 DEL CÓDIGO PENAL, esto es, la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficio públicos durante el tiempo de la condena, y a la INCORPORACIÓN DE SU HUELLA GENÉTICA EN EL REGISTRO DE CONDENADOS, por su responsabilidad como AUTOR del delito de MEHWVNLNBE Macarena Karina Muñoz Toro Juez de garantía Fecha: 23/07/2021 11:07:11 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl Robo con violencia, previsto y sancionado en el artículo 436 inciso 1° en relación con el artículo 432, ambos del Código Penal, ilícito que se encuentra en grado de desarrollo CONSUMADO, cometido en contra de la víctima Eliana Kerima Reynuaba Julio, perpetrado el día 15 de mayo de 2021 en la comuna de Caldera. II. Que asimismo, se condena a don MIGUEL ÁNGEL CASAS VARGAS, R.U.N. 18.140.291-1
Texto Completo (Preview)
SENTENCIA DEFINITIVA DICTADA EN PROCEDIMIENTO ABREVIADO FECHA: Caldera, veintiuno de julio de dos mil veintiuno TRIBUNAL: Juzgado de Letras y Garantía de Caldera. MAGISTRADA: MACARENA KARINA MUÑOZ TORO RUC: 2100477773-2 RIT: 679 - 2021 IMPUTADO: MIGUEL ANGEL CASAS VARGAS C.I. 18.140.291-1 FECHA DE NAC. 14-05-2021 DIRECCION Calle Eleuterio Ramírez N°1565 COMUNA: Copiapó DELITOS dos delitos de rob
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