Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción

CHAMORRO/UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN

Rol

T-428-2019

Fecha

26 de febrero de 2021

Materia

Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad, Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación, Costas, Daño moral, Despido indirecto, Feriado legal, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Otras Indemnizaciones, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: Se ha presentado ROMINA FERNANDA CHAMORRO VEGA, secretaria administrativa, con domicilio en calle El Parque Nº 1166, comuna de San Pedro de la Paz, asesorada por la abogada Arlett Ortiz Sandoval, domiciliada en Paicaví N°140, oficina 8, Plaza Perú, Concepción correo electrónico arlett.ortiz@gmail y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 2, 160 Nº1 letra f), 425, 446, 485 y siguientes y demás pertinentes del Código del Trabajo, artículo 19 número 1 de la Constitución Política de Chile, interpone denuncia de tutela por vulneración de derechos fundamentales en contra de CORPORACIÓN UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN, del giro de su denominación, representada legalmente por Carlos Saavedra Rubilar, Patricia Echeverría Carrillo, todos con domicilio en calle Víctor Lamas Nº 1290, Concepción, por conductas de acoso laboral y actos de discriminación por encontrarse embarazada, en base a los

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que se expondrán. En el primer otrosí, en carácter subsidiario, interpone demanda de despido injustificado y cobro de prestaciones, contra de la demandada, según fundamentos que se expondrán. La demandada CORPORACIÓN UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN, legalmente emplazada, contesta el libelo en tiempo y forma, por medio de la abogada Cecilia Saavedra Valenzuela, ambos con domicilio para estos efectos en Víctor Lamas N° 1290, comuna de Concepción, correo electrónico cecisaavedra@udec.cl, solicitando el rechazo en todas sus partes con costas de las acciones interpuestas. Se llevó a efecto la audiencia preparatoria el 26 de noviembre de 2019 a la cual comparecen las partes por medios remotos, en ella se llama a las partes a conciliación la que se frustra. Existiendo hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, se recibió a prueba la causa, ofreciéndose las probanzas a incorporar en la audiencia de juicio. Habiendo impedimentos para desarrollar audiencias presenciales en dependencias del tribunal, con fecha 16 de junio 2020, reiterada el 15 de diciembre de 2020, se dicta resolución que cita a las partes a audiencia de juicio por medios remotos (plataforma virtual Zoom), sin recursos en su contra. Se desarrolló la audiencia de juicio por medios remotos, en 3 comparecencias, los días 3 de julio de 2020, 11 de enero y 15 de febrero de 2021, en presencia de las partes. En ellas se incorporan legalmente las probanzas previamente ofrecidas, al cabo de lo cual los intervinientes tuvieron la posibilidad de formular observaciones a la misma. Al término de la audiencia se hizo uso de la facultad conferida en el artículo 494 del Código del Trabajo, ordenando la notificación de la sentencia a los correos electrónicos registrados por las partes. OIDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: Discusión PRIMERO: Que ROMINA FERNANDA CHAMORRO VEGA denuncia tutela por vulneración de derechos fundamentales contra CORPORACIÓN UNIVERSIDAD DE CONCEPCIÓN, fundado, en los siguientes hechos: Relación laboral. El 8 de julio de 2013 ingresa a prestar servicios para la demanda, en calidad de asistente administrativa en la Dirección de Servicios Estudiantiles (Unidad Servicio de Salud). Sus funciones eran tanto genéricas, Realizar actividades administrativas encargadas por la jefatura directa, atender y solucionar de forma oportuna y eficiente las consultas y problemas de clientes internos y externos al organismo, supervisar el desempeño del personal a su cargo, revisar procedimientos utilizados en su área de trabajo y proponer cambios para mejorarlo, realizar otro tipo de actividades encomendadas por su jefe directo; como específicas: Atención de estudiantes que requieran información de prestaciones de salud, atención de la recepción, utilizar sistemas informáticos para asignar horas de atención, responsable del flujo de correspondencia entre unidad de salud y asistencialidad, coordinar reuniones de trabajo, digitar y registrar correspondencia re

Fallo

fallo de la Iltma. Corte de Apelaciones de Concepción, rol 49-2007) Feriado legal. Luego de citar los artículos 67, 71 y 73, alega que le corresponde el feriado legal por 5 días adeudados del periodo 2018 por la suma de $148.614. Tutela laboral. Desde su reincorporación en agosto de 2018 hasta agosto de 2019, sufre de continuos actos de acoso laboral por su jefatura, que empeoró al poner en conocimiento su embarazo, aduciendo la contraria que su embarazo entorpecía su desempeño laboral. Todo el actuar indica que la presionaron a tal punto que buscaban su renuncia; viéndose expuesta a una investigación interna cuyo contenido no conoció hasta que forzó su notificación, tomando conocimiento que se imputaban de una serie de hechos y acusaciones falsas. Indicios: Cita el artículo 493 del Código del Trabajo que introduce en materia probatoria de vulneración de derechos fundamentales laborales, la técnica de los indicios, que permiten invertir la carga de la prueba debiendo el empleador acreditar la proporcionalidad de la medida adoptada, cuando se presenten ante el Tribunal, antecedentes que han de generar en el juzgador al menos la sospecha fundada de que ha existido lesión de derechos fundamentales. Los que se configuran son los siguientes: 1. Luego de su reincorporación en agosto de 2018, su jefatura comienza a realizar conductas de acoso laboral, tales como cuestionar su trabajo frente a otros compañeros, vigilarla, interrumpir en su trabajo, revisar su escritorio, darle órde

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Concepción, veintiséis de febrero de dos mil veintiuno. VISTO: Se ha presentado ROMINA FERNANDA CHAMORRO VEGA, secretaria administrativa, con domicilio en calle El Parque Nº 1166, comuna de San Pedro de la Paz, asesorada por la abogada Arlett Ortiz Sandoval, domiciliada en Paicaví N°140, oficina 8, Plaza Perú, Concepción correo electrónico arlett.ortiz@gmail y de conformidad a lo dispuesto en los

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