GUTIERREZ/RUBICLAD CHILE SPA
Rol
O-5934-2020
Fecha
2 de marzo de 2021
Materia
Despido indirecto, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos que constan en registro de audio: 1) Starky Sebastián Aburto Muñoz. Exhibición de documentos: La parte demandada no exhibe a la demandante los siguientes documentos solicitados en la audiencia preparatoria, consistentes en: 1) Libro de asistencia de la empresa RUBICLAD CHILE SPA para la faena Hospital de Curicó, de enero a junio de 2020. 2) Contrato de trabajo de los demandantes y sus respectivos anexos. 3) Certificados de pagos de Cotizaciones previsionales AFP y AFC y de 4) Salud, FONASA o Isapre de los demandantes. 5) Comprobante de Vacaciones de los demandantes. Tres últimas liquidaciones de remuneraciones completas de los demandantes. Parte demandante no da por cumplida la exhibición de documentos, solicitando el apercibimiento legal. Tribunal resuelve dejar dicha solicitud para sentencia definitiva, según los antecedentes que constan en el registro de audio. Observaciones a la prueba: La parte demandante realiza las observaciones a la prueba rendida en juicio, lo cual consta en el respectivo registro de audio. Sentencia: Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016 de este Tribunal, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción únicamente de su parte resolutiva: Visto y
Fundamentos
considerando en los artículos 1, 3, 7, 42, 63, 73, 160 N°7, 171, 172, 173, 420 y siguientes, 446, 456, 457, 459 del Código del Trabajo y demás normales legales pertinentes revuelve: I. Se acoge la acción de despido indirecto interpuesta por Adán Fernández Méndez, Vicente Oswaldo Marquez Merchan, Carlos Edilson Garcia Orozco, Felipe Sebastián Pizarro Igor, Edwin Bernardo Briones Manzaba, Cornelio Benito Pesantez Marquez, William Francisco Gutierrez Moran, contra del empresa RUBICLAD CHILE SPA, declarándose que el término de la relación laboral entre la demandada y todos los demandantes ocurrió el día 15 de julio del año 2020, por haber incurrido el empleador en incumplimiento grave en las obligaciones que impone el contrato, según lo dispuesto en los artículos 160 N°7 en relación al artículo 171 del Código del Trabajo. II. Se condena a la demandada RUBICLAD CHILE SPA a pagar a los demandantes: 1. Adán Fernández Méndez: a. Indemnización sustitutiva del aviso previo correspondiente a $1.773.686.- b. Indemnización por años de servicio correspondiente a $8.868.430.- c. Recargo del 50% sobre la indemnización por años de servicio correspondiente a $4.434.215.- d. Feriado legal correspondiente a $2.542.289.- e. Feriado proporcional correspondiente a $1.167.679.- 2. Vicente Oswaldo Marquez Merchan: a. Indemnización sustitutiva del aviso previo correspondiente a $2.289.721.- b. Indemnización por años de servicio correspondiente a $9.158.884.- c. Recargo del 50% sobre la indemnización por años de servicio correspondiente $ 4.579.442.- d. Feriado legal correspondiente $ 3.281.932 e. Feriado proporcional correspondiente $1.062.430.- f. Remuneración adeudada correspondiente a $1.144.860.- 3. Carlos Edilson García Orozco: a. Indemnización sustitutiva del aviso previo correspondiente a $1.266.111.- b. Indemnización por años de servicio correspondiente a $3.798.333.- c. Recargo del 50% sobre la indemnización por años de servicio correspondiente a $1.899.166.- d. Feriado legal correspondiente a $2.468.947.- e. Feriado proporcional correspondiente a $880.218.- f. Remuneración adeudada correspondiente a $861.270.- 4. Felipe Sebastian Pizarro Igor: a. Indemnización sustitutiva del aviso previo correspondiente a $1.168.546.- b. Indemnización por años de servicio correspondiente a $2.337.092.- c. Recargo del 50% sobre la indemnización por años de servicio correspondiente a $1.168.546.- d. Feriado legal correspondiente a $967.347.- e. Feriado proporcional correspondiente a $725.505.- 5. Edwin Bernardo Briones Manzaba: a. Indemnización sustitutiva del aviso previo correspondiente a $1.381.611.- b. Indemnización por años de servicio correspondiente a $1.381.611.- c. Recargo del 50% sobre la indemnización por años de servicio correspondiente a $690.805.- d. Feriado legal correspondiente a $921.080.- e. Feriado proporcional correspondiente a $115.135.- f. Remuneración adeudada correspondiente a $690.810.- 6. Cornelio Benito Pesantez Márquez: a. Indemnización sustitutiva de
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 26 DE FEBRERO DE 2021 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 17 (VIRTUAL) RUC 20-4-0295328-5 RIT O-5934-2020 MAGISTRADO VÍCTOR RIFFO ORELLANA ADMINISTRATIVO DE ACTAS GABRIEL SAEZ HORA DE INICIO 11:01 HORAS HORA DE TERMINO 15:45 HORAS 2040295328-5 -1349-210226-00 PARTE DEMANDANTE 1.-ADÁN F
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