MUÑOZ/RIQUELME
Rol
M-109-2020
Fecha
25 de febrero de 2021
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Reajustes e intereses, Recargos
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: Registrado en audio. Traslado a contestación de la demanda, la cual se lleva a efecto en rebeldía, dada la incomparecencia del demandado. CONCILIACIÓN: Llamadas las partes a conciliación, la que no se produce atendido la inasistencia de la parte demandada. Solicitud de parte demandante: En atención a que no se ha contestado la demanda, por lo tanto, no hay controversia respecto de los hechos sustanciales y pertinentes señalados en la demanda, solicita se dicte sentencia en forma inmediata. Tribunal provee: Visto y teniendo presente el mérito de los antecedentes y de acuerdo a lo que dispone el artículo 453 N° 1 inciso 7 del Código del Trabajo, el tribunal estima no existen hechos pertinentes, sustanciales ni controvertidos, y por lo tanto, omitirá la recepción de causa a prueba y se procede a dictar sentencia en forma inmediata. SENTENCIA: (Se deja constancia que la Magistrado, dicta la sentencia en audio, constando en la presente acta solo la transcripción de la parte resolutiva del fallo.) Concepción, veinticinco de febrero de dos mil veintiuno. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 7, 8, 9, 10, 162, 168, 172, 496 y siguientes, y demás pertinentes del Código del Trabajo, se declara: I.- Que, se acoge la demanda interpuesta por don Elvis Ernesto Muñoz Guajardo en contra Julio Alejandro Riquelme Sáez, ambos individualizados, en cuanto estimando indebido el despido del trabajador, se condena al demandado al pago de las siguientes prestaciones: 1.- La suma de $405.014.- (Cuatrocientos cinco mil catorce pesos), por concepto de indemnización sustitutiva por falta de aviso previo. 2.- La suma de $405.014.- (Cuatrocientos cinco mil catorce pesos), por concepto de indemnización por años de servicios. 3.- La suma $324.011.- (Trescientos veinticuatro mil once pesos), por concepto de recargo legal del 80% sobre la indemnización por años de servicios, dado lo indebido del despido. 4.- La suma de $270.000.- (Doscientos setenta mil pesos), por co
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 7, 8, 9, 10, 162, 168, 172, 496 y siguientes, y demás pertinentes del Código del Trabajo, se declara: I.- Que, se acoge la demanda interpuesta por don Elvis Ernesto Muñoz Guajardo en contra Julio Alejandro Riquelme Sáez, ambos individualizados, en cuanto estimando indebido el despido del trabajador, se condena al demandado al pago de las siguientes prestaciones: 1.- La suma de $405.014.- (Cuatrocientos cinco mil catorce pesos), por concepto de indemnización sustitutiva por falta de aviso previo. 2.- La suma de $405.014.- (Cuatrocientos cinco mil catorce pesos), por concepto de indemnización por años de servicios. 3.- La suma $324.011.- (Trescientos veinticuatro mil once pesos), por concepto de recargo legal del 80% sobre la indemnización por años de servicios, dado lo indebido del despido. 4.- La suma de $270.000.- (Doscientos setenta mil pesos), por concepto de feriado proporcional adeudado al trabajador. II.- Que, las sumas ordenadas a pagar lo serán con interés y reajustes previstos por los artículos 63 y 173 ambos del Código del Trabajo, según corresponda. III.- Enterara el empleador las cotizaciones previsionales del actor, los meses de octubre y 27 días de noviembre de 2019, en el Fondo Nacional de Salud, a razón de $405.014.- (Cuatrocientos cinco mil catorce pesos) mensuales. IV.- Que, habiendo sido totalmente vencida el empleador se le condena en costas, regulándose en la suma de $250.000.- (Doscientos cin
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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONTESTACIÓN, CONCILIACIÓN Y PRUEBA PROCEDIMIENTO MONITORIO (Audiencia efectuada por videoconferencia a través de plataforma digital zoom) FECHA 25 de Febrero de 2021 RUC 20-4-0246911-1 RIT M-109-2020 MAGISTRADO Valeria Amparo Garrido Cabrera ADMINISTRATIVO DE ACTAS Loreto Villa Carrillo SALA 6 HORA DE INICIO 10:37 horas HORA DE TERMINO 11:23 hor
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