Juzgado de Garantía de Talcahuano.

MP C/ MIGUEL ANGEL FIGUEROA SALAZAR

Rol

O-7303-2018

Fecha

12 de julio de 2021

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO.

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto además lo dispuesto en los artículos 1,7, 15 n°1, 11 n°9, 12 n°16, 30, 50, 432, 442 n°1 y 449 del Código Penal; 45, 47, 297, 406, 407, 410, 412, 413 y 415 del Código Procesal Penal, se declara: Que se condena a Miguel Ángel Figueroa Salazar, cédula Nacional de identidad N° 14391100- 4, ya individualizado, a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, a la accesoria de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor, en el delito de robo con fuerza en lugar no habitado, cometido en la comuna de Talcahuano, en grado de desarrollo consumado, el día 12 de diciembre de 2018, en perjuicio de la empresa Lipigas. Que no reuniéndose los requisitos que exige la ley 18216, no se le ha concedido el sentenciado ninguna de las penas sustitutivas que contempla dicho cuerpo legal, sin perjuicio de tenerse por cumplida la pena corporal impuesta en base a la privación de libertad que ha registrado el imputado con motivo de esta causa, consistente en su arresto domiciliario total a partir del día 12 de diciembre de 2018 a la fecha actual, 12 de julio de 2021, ha transcurrido con creces el plazo de 541 días y se exime al condenado al pago de la cuota de la causa por haber consentido en el procedimiento abreviado. Regístrese y cúmplase en su oportunidad con lo dispuesto en el artículo 468 del código procesal penal. Los intervinientes renuncian a los recursos y plazos legales. Déjense sin efecto las medidas cautelares. RUC 1801227501-K RIT 7303 2018. Resolvió Antonia Godoy Medina, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Talcahuano. DCJTVKGWPE Antonia del Carmen Godoy Medina Juez de garantía Fecha: 14/07/2021 10:26:11 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agalla

Fallo

se declara: Que se condena a Miguel Ángel Figueroa Salazar, cédula Nacional de identidad N° 14391100- 4, ya individualizado, a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio, a la accesoria de suspensión de cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, por su responsabilidad en calidad de autor, en el delito de robo con fuerza en lugar no habitado, cometido en la comuna de Talcahuano, en grado de desarrollo consumado, el día 12 de diciembre de 2018, en perjuicio de la empresa Lipigas. Que no reuniéndose los requisitos que exige la ley 18216, no se le ha concedido el sentenciado ninguna de las penas sustitutivas que contempla dicho cuerpo legal, sin perjuicio de tenerse por cumplida la pena corporal impuesta en base a la privación de libertad que ha registrado el imputado con motivo de esta causa, consistente en su arresto domiciliario total a partir del día 12 de diciembre de 2018 a la fecha actual, 12 de julio de 2021, ha transcurrido con creces el plazo de 541 días y se exime al condenado al pago de la cuota de la causa por haber consentido en el procedimiento abreviado. Regístrese y cúmplase en su oportunidad con lo dispuesto en el artículo 468 del código procesal penal. Los intervinientes renuncian a los recursos y plazos legales. Déjense sin efecto las medidas cautelares. RUC 1801227501-K RIT 7303 2018. Resolvió Antonia Godoy Medina, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Talcahuano. DCJTVKGWPE Antonia del Carmen Godoy Medina Juez de garantí

Texto Completo (Preview)

Talcahuano, doce de julio de 2021. Visto además lo dispuesto en los artículos 1,7, 15 n°1, 11 n°9, 12 n°16, 30, 50, 432, 442 n°1 y 449 del Código Penal; 45, 47, 297, 406, 407, 410, 412, 413 y 415 del Código Procesal Penal, se declara: Que se condena a Miguel Ángel Figueroa Salazar, cédula Nacional de identidad N° 14391100- 4, ya individualizado, a la pena de 541 días de presidio menor en su grado

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