Juzgado de Letras y Garantía de Lota.

MP C/ DAVID ESTEBAN ALARCÓN RAMÍREZ

Rol

O-77-2021

Fecha

8 de julio de 2021

Materia

POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL, TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: RCPZVKZXBH Cyndia Andrea Contreras Placencia Juez de garantía Fecha: 14/07/2021 12:41:39 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl PRIMERO: Acusación. Que ante este Juzgado de Letras y Garantía de Lota, en causa RUC Nº 2000688866-7, RIT Nº 77-2021, el fiscal adjunto del Ministerio Público don Felipe Calabrano Garrido, presentó acusación verbal en contra de RUBEN ANDRÉS ÁLVAREZ SUAZO, cedula de identidad 20.512.993-6, con domicilio en SOTOMAYOR AL CERRO, PASAJE ERASMO ESCALA N°5, comuna de Lota, y en contra de GONZALO ELADIO SANZANA SUAZO, cedula de identidad 19.907.875-5, con domicilio en SOTOMAYOR AL CERRO PASAJE ERASMO ESCALA N°2, CASA N°5, comuna de Lota. El Ministerio Público funda su imputación en los siguientes hechos: “el día 29 de enero de 2021, alrededor de las 06:00 horas aproximadamente en el domicilio ubicado en PASAJE ERASMO ESCALA N°5, población Sotomoyor al Cerro, comuna de Lota, los imputados RUBEN ANDRÉS ÁLVAREZ SUAZO y GONZALO ELADIO SANZANA SUAZO procedieron a poseer y tener con fines de tráfico en distintas dependencias del domicilio 100 envoltorios de papel blanco cuadriculado con cocaína base, 11,21 gramos bruto, un envoltorio de papel con cannabis marihuana de 0,93 gramos peso bruto y 7 plantas de cannabis en crecimiento, envoltorios de papel contenedores de cocaína base 91,45 gramos bruto, 2 bolsas de nylon contenedoras de cocaína base 37,09 gramos brutos, y el acusado Rubén Álvarez Suazo procedió a tener sin las competentes autorizaciones y aptas para el disparo, una escopeta doble cañón superpuesto calibre 12, marca FN recortada, dos cartuchos de escopeta calibre 12 marca Fioki, un arma de fuego a fogueo marca leo modificada calibre 9 milímetros, 3 cartuchos de fogueo modificados 9 milímetros, 10 cartuchos de fogueo 9 milímetros, una caja con perdigones, un chaleco anticorte, un arma de fuego revolver, marca Taurus calibre punto 38, 5 cartuchos punto 38 especial, un cartucho punto 380 auto, y 9 cartuchos de escopeta calibre 16 marca Tec”. Que a juicio del Ministerio público los hechos descritos configuran respecto de ambos imputados los delitos de tráfico de sustancias RCPZVKZXBH Cyndia Andrea Contreras Placencia Juez de garantía Fecha: 14/07/2021 12:41:39 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena su

Fallo

por tanto, no realiza cuestionamientos. Pide se le exima del pago de las costas de la causa, y hace presente que el acusado ha estado privado de libertad desde el día 28 de enero de 2021 hasta la fecha, contando con abono de 158 días. El Ministerio Publico señaló que en relación a la eximente incompleta lo deja a criterio del tribunal. Respecto de la procedencia de la atenuante de 11 n°6 para el imputado Gonzalo Sanzana estima que no procede por mantener condenas anteriores, y en todo lo demás lo deja a criterio del tribunal. QUINTO: Hechos acreditados. Que, de lo argumentado y debatido en audiencia en conjunto con los demás antecedentes descritos en el motivo tercero, apreciados y valorados con libertad y apego a los principios de la lógica, a las máximas de la experiencia y a los conocimientos científicamente afianzados, permiten tener por acreditados los siguientes hechos materia de la acusación: SEXTO: Calificación jurídica. Que, los hechos descritos configuran respecto de ambos imputados los delitos de tráfico de sustancias psicotrópicas o estupefacientes en pequeñas cantidades del articulo 1 y 4 de la ley 20.000, consumado, correspondiendo a los acusados participación en calidad de autores, y además respecto de Rubén Andrés Álvarez Suazo el delito de tenencia de arma de fuego prohibida del artículo 13 de la ley 17.798, correspondiéndole participación en calidad de autor y encontrándose el delito en grado de desarrollo consumado, de conformidad a lo establecido en el a

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Individualización de Audiencia de Lectura de Sentencia/videoconferencia. Fecha Lota, ocho de julio de dos mil veintiuno Magistrado CYNDIA ANDREA CONTRERAS PLACENCIA Fiscal GERARDO PANES MOZO Defensor Privado JAIME CORVALÁN CISTERNAS Hora inicio 11:11 Hora término 11:17 Sala Sala 1 Tribunal Juzgado de Letras y Garantía de Lota Acta JUAN IGNACIO ORTEGA RIVAS –MAGALY ANGULO GALLARDO RUC 2000688866-7

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