M.P. C/ SOLEDAD SILVANA LEIVA ANCAVIL
Rol
O-655-2019
Fecha
12 de julio de 2021
Materia
POSESIÓN, TENENCIA O PORTE DE ARMAS SUJETAS A CONTROL, TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y OÍDOS: PRIMERO: Que el día 5, 6 y 7 de julio del año dos mil veintiuno, ante esta sala del Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por los jueces doña Paula Victoria Rodríguez Fondón, quien la presidió, don Pablo Andrés Toledo González, y doña María Carolina Hernández Muñoz, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral en esta causa RUC N°1700931408-3, RIT N°655-2019 de este Tribunal, seguida en contra de los acusados SOLEDAD SILVANA LEIVA ANCAVIL, chilena, natural de Santiago, nacida con fecha de nacimiento 12 de mayo de 1982, 39 años, cédula nacional de identidad N°15.413.524-3, casada, dueña de casa, con domicilio en Calle Parroquia Santo Tomás N°665 D. 31, comuna de Quilicura; ANTHONY RAINIERI VILCHES ROJAS, chileno, cédula nacional de identidad N°16.787.374-K, natural de Santiago, nacido con fecha de nacimiento 27 de noviembre de 1987, 33 años, casado, Peoneta, con domicilio en Calle Parroquia Santo Tomás 665 D. 31 D; comuna de Quilicura; VALESKA ALEJANDRA LEIVA ANCAVIL, chilena, cédula nacional de identidad N°15.360.667-6, natural de Santiago, nacida con fecha de nacimiento 3 de septiembre de 1983, soltera, dueña de casa, con domicilio en Pasaje Estadio Quilicura N°88, Villa Lo Adobe, comuna de Quilicura; SYLVIA DEL CARMEN SAEZ SUAZO, chilena, cédula nacional de identidad N°9.126.696-2, fecha de nacimiento, natural de Santiago, nacida con fecha 10 de septiembre de 1961, 59 años, casada, dueña de casa, con domicilio en Pasaje Diana N°7094, Población Lo Velásquez 5 Nº7094, comuna de Renca y; MILENKA CELESTE GARCÍA BRAVO, chilena, cédula nacional de identidad N°17.623.819-4, natural de Santiago, nacida con fecha de nacimiento 20 de noviembre de 1990, 30 años, soltera, dueña de casa y comerciante ambulante, con domicilio en Pasaje Priapu Nº979, comuna de Renca. Fue parte acusadora en este juicio el Ministerio Público, representado por el Fiscal Adjunto Gonzalo Álvarez Barrientos. La defensa de las acusadas Sylvia Del Carmen S
Fundamentos
considerando el momento de la detención en el mes de mayo 2018, señaló que podía ser que ella hubiese efectuado dichas ventas. Indica que si bien hay una diferencia relevante en relación a los horarios en que realizaba las ventas, puesto que señala que las realizaba en la mañana, y las ventas verificadas a ella, fueron en la tarde, pero respecto de estas ventas no existieron alegaciones respecto de su participación; además directamente en relación a estas pesquisas se refirió específicamente el comisario Henríquez, que dio cuenta de la forma de realizar la investigación, de cómo se inicia, incluyendo a estas dos personas, una de ellas doña Soledad Leiva Ancavil como denunciada, y posteriormente se agregó doña Sylvia Sáez como objeto la investigación. El señor Funes y el señor Silva, dieron cuenta que vigilaron directamente su domicilio, y lograron observar el ingreso y salida de los consumidores que finalmente fueron controlados e individualizados prestando declaración y sindicado a quienes le habían realizado las compras, indicando los nombres de pilas de ambas imputadas, siendo incluso doña Sylvia Sáez filmada afuera del domicilio en los momentos en que se realizaba la venta, además entregadas las evidencias mediante número de cadena de custodia -las drogas trazadas- en esa ocasión, y pudieron de acuerdo a los análisis establecer que dichas sustancias contenían cocaína en cantidad insuficiente para valorar, lo que resulta del todo lógico atendido el volumen de las dosis, sin embargo, todas las discusiones que se generan en torno a la pureza o falta de análisis, la Corte Suprema al resolver esta situación ha señalado que en caso de venta, esto carece de relevancia puesto que la figura implica transferir a cualquier título, por lo que no cabe el análisis de la pureza, considerando que al momento de la evacuación de los protocolos se determinó que era cocaína. En cuanto a la entrada y registro que desencadenó la detención por flagrancia de cinco acusados, esto según lo señala la propia señora Soledad Leiva y Anthony Vilches, al ser consultados señalaron que ocurrió el día 18 de mayo 2018, y por lo demás todos los testigos que PABLO ANDRES TOLEDO GONZALEZ Juez Integrante Fecha: 12/07/2021 15:42:09 MARIA CAROLINA HERNANDEZ MUÑOZ Juez Redactor Fecha: 12/07/2021 15:44:36 BYXCVJFCLK PAULA VICTORIA RODRIGUEZ FONDON Juez Presidente Fecha: 12/07/2021 16:44:47 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl declararon en este juicio fueron contestes en declarar la fecha y hora en que se realizó esta actividad policial.
Fallo
fallo que cita del año 2014, en relación con el que la concreción de los textos que establezca el sentenciador no significa alteración de los hechos de la acusación. Es con todos estos antecedentes que la fiscalía solicita la condena, en los términos señalados respecto de cada uno de los acusados y por lo ilícitos indicados, con los medios de prueba incorporado respecto de cada uno de ellos. Replicando, el fiscal, señala en síntesis que, en cuanto a lo propuesto por el defensor de doña Sylvia Leiva y Milenka García, y la valoración negativa de la prueba, dicha argumentación lo sorprende puesto que esta investigación culmina con el juicio oral, que es la culminación de un PABLO ANDRES TOLEDO GONZALEZ Juez Integrante Fecha: 12/07/2021 15:42:09 MARIA CAROLINA HERNANDEZ MUÑOZ Juez Redactor Fecha: 12/07/2021 15:44:36 BYXCVJFCLK PAULA VICTORIA RODRIGUEZ FONDON Juez Presidente Fecha: 12/07/2021 16:44:47 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl proceso ordinario penal, es decir, ha pasado por distintas instancias; primero la solicitud de la
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Santiago doce de julio de dos mil veintiuno. VISTOS Y OÍDOS: PRIMERO: Que el día 5, 6 y 7 de julio del año dos mil veintiuno, ante esta sala del Segundo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, integrada por los jueces doña Paula Victoria Rodríguez Fondón, quien la presidió, don Pablo Andrés Toledo González, y doña María Carolina Hernández Muñoz, se llevó a efecto la audiencia de juicio o
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