TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL SAN BERNARDO

C/ ALBERTO ALFREDO SOLAR LIRA

Rol

O-102-2020

Fecha

12 de julio de 2021

Materia

TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES (ART. 4).

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que con fecha siete de julio del año en curso, ante la sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Bernardo, constituida por doña Marcela Miranda Cornejo, en calidad de Juez presidente; doña Karen Garrido Saldías, como Juez redactor y doña Cristina Fernández Malatesta, como Juez integrante, se llevó a efecto el Juicio Oral Rol Único de Causa Nº1.800.724.026-7, Rol Interno del Tribunal N°102-2020, en contra de Alberto Alfredo Solar Lira, cédula de identidad N°17.167.531-6, nacido en Santiago el 14 de enero de 1989, de 32 años, soltero, cesante, con domicilio en pasaje Virrey Alba Nº14616, comuna de San Bernardo. Sostuvo la acusación la Fiscal señora Alejandra Vargas Lay y la Defensa estuvo a cargo de la Defensora Penal Pública señora Paula Manzo Saguez.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el Ministerio Público, según se lee en el auto de apertura del Juicio Oral, fundó la acusación en los siguientes hechos: “El día 26 de julio de 2018, aproximadamente a las 10:15 horas, funcionarios policiales en calle Incahuasi al llegar a intersección de calle San Pedro Nolasco, de la comuna de San Bernardo, se percatan que ALBERTO ALFREDO SOLAR LIRA transfería un envoltorio a un tercero a cambio del pago de dinero, para posteriormente incautarle a SOLAR LIRA un banano en el cual portaba y poseía 02 bolsas de plástico con 98 bolsitas de plástico nylon transparente tipo ziploc contenedoras de cannabis sativa tipo cripy, y la cantidad de 128 envoltorios de nylon transparente tipo bolsa helado, con un peso total de 178 gramos, y KAREN IVONNE GARRIDO SALDIAS Juez Redactor Fecha: 12/07/2021 14:48:12 MARCELA ANDREA MIRANDA CORNEJO Juez Presidente Fecha: 12/07/2021 15:12:47 KZWBVJEXMJ CRISTINA PAZ FERNANDEZ MALATESTA Juez Integrante Fecha: 12/07/2021 15:31:46 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2 además, una bolsa nylon contenedora de cannabis sativa con un peso de 91 gramos, sin contar con autorización competente. Asimismo, se le incauta la suma de $34.000 pesos, 01 pesa digital marca Diamond, modelo 500, color gris, entre otras especies”. Tales hechos, a juicio del Ministerio Público, son constitutivos del delito consumado tráfico ilícito de drogas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en el artículo 4° de la Ley 20.000, en relación con el artículo 1° del mismo cuerpo legal. En dicho ilícito se atribuye al acusado participación en calidad de autor, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 15 Nº1 del Código Penal. Se señaló que, respecto del acusado, no concurren circunstancias modificatorias de responsabilidad penal y, en consecuencia, solicitó la imposición de la pena de 5 años de presidio menor en su grado máximo, multa de 30 unidades tributarias mensuales, accesorias legales previstas en el artículo 29 del Código Penal, el comiso de las especies y efectos incautados y el pago de las costas de la causa. En su alegato de apertura el Ministerio Público ratificó el contenido de la acusación, ofreciendo acreditar los fundamentos de hecho de esta. Finalmente, en su alegato de clausura indicó que, con el mérito de la prueba rendida, que analizó de manera pormenorizada, se estableció más allá de toda duda razonable la existencia del delito materia de la acusación y la participación del acusado, por lo que reiteró su solicitud de condena. Replicando señaló que no es g

Fallo

Por tanto, de lo ya referido, se desprende que al acusado Alberto Alfredo Solar Lira le cupo participación en calidad de autor ejecutor, en los términos del artículo 15 Nº1 del Código Penal, en el ilícito referido en el motivo quinto, pues realizó de manera inmediata y directa conductas que el legislador estima constitutivas de tráfico de drogas. NOVENO: Que la Defensa del acusado esgrimió como alegación principal que su representado habría incurrido en una conducta de consumo de drogas y no de tráfico en pequeñas cantidades. En apoyo de su teoría acompañó un certificado médico emanado del Hospital El Pino, de 13 de marzo de 2019. El párrafo segundo de dicho documento menciona un ingreso al centro asistencial en julio de 2010, y registra, entre otros diagnósticos, intento suicida por ingesta de medicamentos y trastorno por uso de sustancias. Al respecto cabe señalar que tal antecedente resulta insuficiente para dar por acreditada una situación de consumo, al menos en el momento en que el acusado fue detenido, KAREN IVONNE GARRIDO SALDIAS Juez Redactor Fecha: 12/07/2021 14:48:12 MARCELA ANDREA MIRANDA CORNEJO Juez Presidente Fecha: 12/07/2021 15:12:47 KZWBVJEXMJ CRISTINA PAZ FERNANDEZ MALATESTA Juez Integrante Fecha: 12/07/2021 15:31:46 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C

Texto Completo (Preview)

1 R.U.C. N°1.800.724.026-7 R.I.T. N°102-2020 c/ Alberto Alfredo Solar Lira San Bernardo, doce de julio de dos mil veintiuno. VISTOS: Que con fecha siete de julio del año en curso, ante la sala del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Bernardo, constituida por doña Marcela Miranda Cornejo, en calidad de Juez presidente; doña Karen Garrido Saldías, como Juez redactor y doña Cristina Fernández

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