FLAH C/ ROBINSON JAVIER BILBAO HUERTA
Rol
O-156-2021
Fecha
12 de julio de 2021
Materia
INFRINGIR NORMAS HIGIÉNICAS Y DE SALUBRIDAD, ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION.
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y OÍDO LOS ANTECEDENTES DEL JUICIO ORAL. PRIMERO: Con fecha siete de julio del año en curso, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique integrado por los jueces don Andrés Provoste Valenzuela, quien presidió, don Franco Repetto Contreras y doña Loreto Jara Peña, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral relativa a los antecedentes rol interno N°156- 2021, seguidos por el Ministerio Público, representado por la Fiscal, doña Virginia Aravena Hormazabal, en contra de MIGUEL ANGELO GONZÁLEZ WALTER, chileno, cédula de identidad N°18.263.662-2, soltero, nacido en Iquique el 21 de febrero de 1993, 28 años de edad, 1° año de enseñanza medio, trabajador independiente, con domicilio en Avenida Santa Rosa de Molle N°4211, Block 1, departamento 44, Alto Hospicio; y de ROBINSON JAVIER BILBAO HUERTA, chileno, cédula de identidad N°20.726.742-2, soltero, nacido en Iquique el 31 de diciembre de 2000, 20 años de edad, 4° año de enseñanza media, estudiante, con domicilio en Avenida Santa Rosa de Molle N°4211, Block 1, departamento 44, Alto Hospicio, ambos representados por el Defensor Penal Público, don Fabián Espejo Carvajal. SEGUNDO: El Ministerio Público fundó su acusación, según se lee en el auto de apertura, en los siguientes hechos: “El día 14 de Diciembre del año 2020 cerca de las 03.50 horas de la madrugada los acusados Robinson Bilbao Huerta y Miguel González Walter, previamente concertados para sustraer especies concurren al domicilio de la víctima de iníciales M.E.C.N. ubicado en calle Paula Jara Quemada N° 3129 de la comuna de Alto Hospicio donde ocupando herramientas cortaron los alambres de sujeción de la puerta de acceso de este inmueble desplazándolo de su base entrando hasta el antejardín, una vez ahí llegar hasta el segundo piso del inmueble escalando e ingresando por una ventana forzando, por cierto, su seguro, una vez dentro comienzan a sustraer especies de propiedad de la víctima para luego en el momento en que se disponían a salir del in
Fundamentos
considerando que esta peligrosidad o idoneidad de la conducta no ha sido establecida ex ante por el legislador, limitándose a indicar que la FXFNVJHXXX Loreto Jimena Jara Pena Juez Redactor Fecha: 13/07/2021 14:25:33 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 17 infracción de la norma de higiene o salubridad debe poner en peligro la salud pública, serán los tribunales los llamados a realizar dicho juicio de idoneidad de forma particular en cada caso sometido a su conocimiento. (Paz Díaz Baeza, Sebastián Carrazana Gálvez, Consideraciones Sobre el Artículo 318 del Código Penal y su relación con la infracción al toque de queda. Revista de la Justicia Penal N° 14 especial (2020) ISSN 0719-9228 / pp. 144.) De esta forma, en el caso que nos ocupa, a partir de depuesto por los funcionarios aprehensores se logró establecer que los acusados fueron descubiertos al interior de un inmueble en la vecina comuna, sin que se acreditara que en dicho contexto hubiere mantenido contacto con terceros, manifestando además, el efectivo Maturana Herrera que a los detenidos no se les tomó la temperatura, pero se verificó en el sistema y no figuraban con antecedentes por Covid o en cuarentena, se debe reiterar que permanecía en un espacio abierto sin que exista evidencia alguna de que pudieren haber estado contagiados del virus que amenaza la salud pública y, menos aún, que en el escenario descrito, haya podido convertirse en un vector de contagio. En conclusión, durante el juicio no se aportaron elementos de convicción que permitiesen siquiera advertir en la conducta desplegada por González y Bilbao, la potencialidad o idoneidad para poner en riesgo o lesionar el bien penalmente tutelado por este segundo delito que se les atribuyó, descartándose con ello la concurrencia del primero de los requisitos del tipo, lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 340 del Código Procesal Penal, necesariamente nos ha llevado a pronunciar una decisión de absolución. UNDÉCIMO: En la oportunidad establecida en el artículo 343 del Código Procesal Penal, el Ministerio Público incorporó los Extractos de Filiación y Antecedentes de los acusados, en los que consta que Miguel González Walter registra condenas pretéritas, tales como: Rit N°3.404/2013 del Juzgado de Garantía de Iquique, el 28 de marzo de 2013, se le condenó como autor de consumo de estupefaciente a la multa de 1 UTM; Rit N°2.355/2015 del Juzgado de Garantía de Iquique, el 23 de mayo de 2014 se le sancionó como autor de manejo en estado de ebriedad a 61 días de presidio menor
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N°6, 14 Nº 1, 15 Nº 1, 18, 24, 26, 28, 50, 318, 432, 440 Nº 1, 449 y 450 del Código Penal; artículos 1, 45, 47, 295, 296, 297, 325 y siguientes, 340, 341, 342, 343 y 348 del Código Procesal Penal, 593 y 600 del Código Orgánico de Tribunales, SE DECLARA: I.- Que, se ABSUELVE, sin costas, a MIGUEL ÁNGELO GONZÁLEZ WALTER, cédula de identidad N°18.263.662-2, y a ROBINSON JAVIER BILBAO HUERTA, cédula de identidad N°20.726.742-2, ambos ya individualizados, de los cargos que como autores de la infracción al artículo 318 del Código Penal, supuestamente cometido en la comuna de Alto Hospicio, el 14 de diciembre de 2020, le dirigiera el Ministerio Público. II.- Que SE CONDENA a MIGUEL ÁNGELO GONZÁLEZ WALTER, cédula de FXFNVJHXXX Loreto Jimena Jara Pena Juez Redactor Fecha: 13/07/2021 14:25:33 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 21 identidad N°18.263.662-2, y a ROBINSON JAVIER BILBAO HUERTA, cédula de identidad N°20.726.742-2, ambos ya individualizados, como
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1 C/ MIGUEL ANGELO GONZÁLEZ WALTER Y OTRO. ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACIÓN Y OTRO ROL ÚNICO: Nº 2001247461-0 ROL INTERNO: Nº 156-2021 Iquique, doce de julio de dos mil veintiuno. VISTO Y OÍDO LOS ANTECEDENTES DEL JUICIO ORAL. PRIMERO: Con fecha siete de julio del año en curso, ante este Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Iquique integrado por los jueces don Andrés Provoste
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