MP C/ RODRIGO ANTONIO CHANDÍA URBINA
Rol
O-10028-2016
Fecha
6 de julio de 2021
Materia
ROBO CON INTIMIDACION.
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS: “El día 02 de mayo de 2016, a las 20:00 horas aproximadamente, en circunstancias que la víctima María Antonieta González Cuadros, estacionó su vehículo P.P.U. YR-8158, en la intersección de calle 12 norte con Avenida San Martín, comuna de Viña del Mar, al descender del mismo se le acercó el acusado RODRIGO ANTONIO CHANDÍA URBINA, quien le manifestó interés en el vehículo ya que este mantenía un aviso de que se encontraba a la venta, para acto seguido tomar por el brazo a la víctima y con ánimo de lucro y contra la voluntad de su dueño arrebatarle de las manos las llaves del móvil, empujándola y lanzándola al suelo, mientras le decía “quédate ahí concha de tu madre” luego de lo cual el acusado CHANDÍA URBINA se subió y apropió del vehículo P.P.U. YR-8158 y se dio a la fuga con el en su poder. Posteriormente, el día 10 de junio de 2016, a las 17:00 horas aproximadamente, el acusado RODRIGO ANTONIO CHANDÍA URBINA fue sorprendido por personal policial en Avenida O’higgins, comuna de San Fernando, conduciendo el vehículo P.P.U. YR-8158, vehículo de propiedad de la víctima María Antonieta González Cuadro, que mantenía encargo vigente por robo y el acusado CHANDÍA URBINA conocía o no podía menos que conocer el origen ilícito de la especie”. SENTENCIA: VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Que la parte expositiva y considerativa de la sentencia se encuentra registrada en el audio pertinente, y la resolutiva es del siguiente tenor: Y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1, 7, 11 N° 9, 14, 15, 18, 19, 21, 25, 51, 68 y 436 inciso primero del Código Penal; artículos 41, 45, 47, 297 a 333, 341 al 349, 406 al 415 del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, se condena a RODRIGO ANTONIO CHANDÍA URBINA, ya individualizado, a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, y a las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la
Fallo
se declara: I.- Que, se condena a RODRIGO ANTONIO CHANDÍA URBINA, ya individualizado, a la pena de TRES AÑOS Y UN DÍA DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÁXIMO, y a las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor del delito de robo BZEXVXQFXT Erik Gonzalo Espinoza Cerda Juez de garantía Fecha: 09/07/2021 14:32:18 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl con intimidación ocurrido el día 02 de mayo de 2016 en este territorio jurisdiccional. II.- Que, no reuniendo los requisitos de la Ley 18.216, deberá cumplir de manera efectiva la pena corporal impuesta en la presente sentencia a la cual se abonan los 27 días que ha pasado privado de libertad en esta causa, de acuerdo a los registros en la carpeta digital, correspondiente a los días 05 al 28 de julio del año 2016 y del 05 al 07 de julio del año 2018, de acuerdo a los registros en la carpeta digital de esta causa. La presente condena deberá cumplirla a
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Fecha Viña del Mar., seis de julio de dos mil veintiuno RUC 1600556522-0 RIT 10028 - 2016 NOMBRE IMPUTADO RUT DIRECCION COMUNA RODRIGO ANTONIO CHANDÍA URBINA, presente cumpliendo condena hasta 11/06/2026. 0012774511- 0 Calle pasaje 2 casa Nº 474 población Santa Brígida. San Felipe. HECHOS: “El día 02 de mayo de 2016, a las 20:00 horas aproximadamente, en circunstancias que la víctima María Anto
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