GRANDÓN/SOCIEDAD COMERCIALIZADORA ROLANDO HOTT E HIJOS LIMITADA
Rol
O-917-2020
Fecha
22 de febrero de 2021
Materia
Despido injustificado, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
hechos no controvertidos: 1.- Existencia de relación laboral entre las partes. 2.- Función que desempeñaba el demandante, su jornada laboral. CUARTO: En la audiencia preparatoria se fijaron como hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos los siguientes: 1.- Fecha de inicio de la relación laboral y como es efectivo que las partes suscribieron un finiquito en su caso, fecha conceptos y monto pagados del mismo. 2.- En caso que exista finiquito, efectividad que hay continuidad laboral y como es cierto que dicho finiquito adoleció de un vicio de fuerza moral. 3.- Monto de la remuneración mensual del actor y como es cierto que además de la remuneración se le entregaban reembolsos de gastos o anticipos de gastos a remitir posteriormente que abultaban el monto del depósito que se vinieran efectuada al trabajador, en caso que la remuneración sea superior a la indicada en el contrato y en las cotizaciones, diferencia en cada periodo. 4.- Fecha de término de la relación laboral, causal de término y en caso que hubiera existido despido formalidades del artículo 162 a su respecto. 5.- Efectividad que la remuneración de septiembre y días trabajados en octubre fueron pagadas enteramente por el empleador y fecha en que tuvieron lugar. 6.- Feriado legal y proporcional devengado y su monto. 7.- Efectividad que al momento del término de la relación laboral ( en caso que exista despido) las cotizaciones previsionales se encontraban pagadas íntegramente en la forma que establece la ley. QUINTO: El actor, para acreditar los
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: En estos autos, Rit O-917-2020, comparece don JAVIER ORLANDO GRANDON RIVAS, chileno, desempleado, cédula de identidad Nº 14.466.704-2, domiciliado en Sector Millahuin S/Nº, de la comuna de Padre Las Casas, interponiendo demanda en Procedimiento de Aplicación General por Despido Injustificado, Nulidad del Despido y cobro de Prestaciones Laborales, en contra de SOCIEDAD COMERCIALIZADORA ROLANDO HOTT E HIJOS LIMITADA, Rol Único Tributario Nº 77.029.680- 3, representada legalmente por don Guillermo Rolando Hott Fehling, desconoce profesión u oficio, cédula de identidad Nº 11.687445-8, ambos con domicilio en calle Hochstetter 605, Depto. 602, Temuco. Sostiene que comenzó a prestar servicios personales para la demandada bajo el vínculo de subordinación y dependencia a contar del 17 de noviembre de 2012, mediante contrato de carácter indefinido. Sus funciones según contrato eran de “Manejo y operación de excavadora” en la empresa ubicada en el Fundo San Guillermo, de la comuna de Freire. Su jornada de trabajo pactada según contrato, esta era de 45 horas semanales, distribuidas de lunes a viernes de 08:00 a 12:00 horas, y de 14:00 a 18:00 horas; y el día sábado de 08:00 a 13:00 horas. Su remuneración bruta mensual asciende a la suma de $880.000.-, siendo esta suma la que será considerada como base de cálculo para el pago de indemnizaciones, en conformidad al Artículo 172 del Código del Trabajo. Para los efectos de seguridad social, se encuentro afiliado a la AFP PROVIDA y FONASA. Se encuentran pendientes de pago de sus remuneraciones correspondientes al mes de septiembre de 2020 y a los días trabajados durante el mes de octubre de 2020 (2 días), previo al despido verbal del que fue objeto. El día viernes 2 de octubre de 2020, fue desvinculado verbalmente por don Harald Hott, Gerente de la empresa, sin expresión de causa legal, ni formalidad alguna. El despido se produjo a las 18:00 horas aproximadamente ad portas de terminar su jornada de la tarde, en instantes en que desempeñaba sus funciones contratadas recibí el llamado telefónico de don Harald informándome “que estaba despedido” sin referir causal legal alguna, por sus dificultades para trasladarme al lugar se trabajo, cortándose en ese instante el llamado por falta de cobertura. Al día siguiente (sábado 3 de octubre) lo llamó nuevamente don Harald para confirmar su despido e indicarle que lo llamaría para coordinar la entrega de la máquina. El lunes 5 de octubre del año en curso realizó a través del sitio web de la Dirección del Trabajo, el correspondiente reclamo administrativo para dejar constancia de lo ocurrido y no ser acusado de abandonar sus funciones. Por lo precedentemente expuesto es que demando el pago de la indemnización sustitutiva de aviso previo y la indemnización por años de servicios (ocho), además del recargo del artículo 168 del Código del Trabajo, el feriado legal pendiente del período noviembre 2018 – noviembre 2019, además del feriado proporcional, as
Fallo
se resuelve: I.- Que SE ACOGE la excepción de finiquito opuesta por la demandada. II.- Que SE ACOGE la demanda deducida por don JAVIER ORLANDO GRANDON RIVAS en contra de SOCIEDAD COMERCIALIZADORA ROLANDO HOTT E HIJOS LIMITADA, solo en cuanto se declara que la relación laboral habida entre las partes terminó por un despido verbal y sin invocación de causa legal por parte del empleador, con fecha 2 de octubre de 2020, condenándose a la demandada a pagar las siguientes indemnizaciones y prestaciones laborales: a.- $673.749 por indemnización sustitutiva del aviso previo; b.- $2.021.247 por indemnización de 2 años y fracción superior a 6 meses de servicios; c.- $1.010.623 por incremento del 50% de la indemnización señalada en la letra anterior. d.- $51.260 por remuneración de 2 días trabajados en octubre de 2020; y e.- $344.286 por concepto de compensación del feriado proporcional. III.- Las sumas indicadas deberán pagarse con los reajustes e intereses del artículo 63 o 183 del Código del Trabajo, según corresponda. IV.- En lo demás, se rechaza la demanda deducida. V.- Cada parte soportará sus propias costas. Regístrese, notifíquese y pase a cobranza en su oportunidad. RIT O-917-2020 SENTENCIA DICTADA POR DON ROBINSON FIDEL VILLARROEL CRUZAT, JUEZ DEL TRABAJO DE TEMUCO.
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Temuco, veintidós de febrero de dos mil veintiuno. VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: En estos autos, Rit O-917-2020, comparece don JAVIER ORLANDO GRANDON RIVAS, chileno, desempleado, cédula de identidad Nº 14.466.704-2, domiciliado en Sector Millahuin S/Nº, de la comuna de Padre Las Casas, interponiendo demanda en Procedimiento de Aplicación General por Despido Injustificado, Nulidad del Despi
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