AVELLO/RADAL DESARROLLOS CONSTRUCTIVOS
Rol
T-1655-2019
Fecha
22 de febrero de 2021
Materia
Despido indirecto
Resultado
No especificado
Hechos
antecedentes de hecho y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: comparece don PASCUAL ENRIQUE AVELLO RODRIGUEZ, chileno, trabajador, cédula de identidad nro. 12. 274.831-6, domiciliado en América del Norte 1992, comuna de San Ramón, Región Metropolitana, quien interponer demanda por Tutela Laboral por vulneración de los derechos fundamentales y demandar por despido indirecto y cobro de pesos a su ex empleador RADAL DESARROLLOS CONSTRUCTIVOS SpA, empresa Rut 76.329.304-1, representada legalmente por don FRANCISCO JOSE DIEZ CASTELLANO, chileno, desconoce profesión u oficio, cédula de identidad nro. 10.401.269-8, ambos con domicilio en Andrés Bello Nº2299, oficina 1004, comuna de Providencia, Santiago, región Metropolitana, y solidariamente a RENDIC HERMANOS S.A. (SUPERMERCADOS UNIMARC) sociedad del giro de su denominación representada legalmente por doña PATRICIA GUILLERMINA CAMPILLAY OYANEDER, chilena, ignoro profesión u oficio, cédula de identidad nro. 7.483.995-9, o quien haga sus veces, conforme lo dispone el artículo 4° del Código del Trabajo, solicitando desde ya la presente acción sea acogida, dando lugar a ella en todas sus partes, con expresa condenación en costas, en razón de los siguientes antecedentes de hecho y fundamentos de derecho: Expone que con fecha 11 de abril de 2018, don PASCUAL AVELLO RODRIGUEZ celebró contrato de trabajo con la empresa RADAL DESARROLLOS CONSTRUCTIVOS SpA., para desempeñarse en el cargo o labor de ADMINISTRADOR DE OBRA, labor que desempeñe en Obra remodelación UNIMARC EL MILAGRO y UNIMARC ALTO PEÑUELAS ambos en la Ciudad de la Serena. Afirma que su remuneración estaba compuesta por diferentes conceptos haciendo un aproximado de $1.800.000.- (un millón ochocientos mil pesos) Líquidos. Refiere que RADAL DESARROLLOS CONSTRUCTIVOS SpA, es una empresa con giro de construcción, dedicada al levantamiento de edificios completos o partes de éstos, remodelación de locales comerciales entre otras actividades. Como se indicó precedentemente, el señor AVELLO RODRIGUEZ ingresó a trabajar con fecha 11 de abril de 2018, para desempeñarse en el cargo o labor de ADMINISTRADOR DE OBRA, labor que desempeñó en Santiago y en obras de la cadena de Supermercados UNIMARC, tales como Obra remodelación UNIMARC EL MILAGRO y UNIMARC ALTO PEÑUELAS en la ciudad de La Serena. Debido a graves y constantes incumplimientos en las obligaciones laborales es que el señor AVELLO RODRIGUEZ con fecha 23 de agosto de 2019 puso término a su relación laboral; fundada los siguientes hechos; No pago de Caja Chica; La empresa siempre ha tenido la política de trabajar con los dineros de los administradores y en el caso del señor AVELLO RODRIGUEZ no fue diferente, esto es, solicitar el pago a proveedores, comprar materiales, pagar arriendos, traslados etc., con dineros propios de los administradores, los cuales de manera posterior debía rendir y se realizaría el rembolso, sin embargo, nunca se realizó el pago total de la deuda sino que solo se abonaba una parte de esta con el propósito de que
Fallo
por tanto, al demandado, la prueba diabólica de un hecho negativo —la no discriminación—, sino la razonabilidad y proporcionalidad de la medida adoptada y su carácter absolutamente ajeno a todo propósito atentatorio de derechos fundamentales….”( La interpretación extensiva del alcance de la garantía de indemnidad en las relaciones laborales. STC 16/2006, de 19 de enero de 2006. Dr. Daniel Martínez Fons. Profesor Lector de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social Universitat Pompeu Fabra). Estándar que la denuncia de autos cumple a cabalidad. Conforme a los antecedentes que refiere haber aportado, es posible encontrar una serie de indicios suficientes de las vulneraciones denunciadas, como indica brevemente en los números que siguen. 1) El no pago de su sueldo del mes de junio y julio, obligación de la esencia del contrato de trabajo. 2) No reembolso de los gastos de caja chica, el que se ha solicitado de manera reiterada. Monto $1.200.000.- (un millón doscientos mil pesos) a pesar de ser cobrados en innumerables ocasiones. 3) No pago de Bonos comprometidos por términos de las obras “UNIMARC EL MILAGRO” y “UNIMARC ALTO PEÑUELAS”, ambas por una suma de $7.000.000.- (siete millones de pesos). 4) No pago del diferencial de Isapre, la empresa descontaba el 7% pero pagaban en la Isapre el plan de salud que era inferior a ese 7% generándose así una deuda de $400.000.- (cuatrocientos mil pesos). 5) No pago $7.000.000 (siete millones de pesos) del préstamo realizado a la emp
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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago SANTIAGO, VENTIDOS DE FEBRERO DE SDOS MIL VIENTIUNO. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: comparece don PASCUAL ENRIQUE AVELLO RODRIGUEZ, chileno, trabajador, cédula de identidad nro. 12. 274.831-6, domiciliado en América del Norte 1992, comuna de San Ramón, Región Metropolitana, quien interponer demanda por Tutela Laboral por vulneración de los dere
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