Juzgado de Letras y Garantía de Chanco.

CARABINEROS RETEN DE CURANIPE C/ ANDREA KATHERINE VALDEBENITO BRAVO

Rol

O-277-2021

Fecha

4 de julio de 2021

Materia

LESIONES LEVES., LESIONES MENOS GRAVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20 30, 50, 67, 70, 399 y 494 n°5 del Código Penal; artículo 388 y siguientes del Código Procesal Penal; artículo 1 y 4 de la ley 18.216, se declara: I. Que SE CONDENA a ANDREA KATHERINE VALDEBENITO BRAVO, cédula de identidad N°15.619.959-1, ya individualizada, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo; la pena de accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena; las accesoria legales de prohibición absoluta de acercarse a la víctima a su domicilio o lugar donde se encuentre y la prohibición de porte o tenencia de arma de fuego por el plazo de 1 año; todo ello, como autor en grado desarrollo consumado del ilícito de lesiones menos graves; y a la pena de multa de Una Unidad Tributaria Mensual como autor en grado desarrollo consumado del ilícito de lesiones leves; ambos hechos perpetrados en esta jurisdicción el día 23 de abril del año 2021. II. Que para el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuestas, reuniendo en la especie los requisitos establecidos en el artículo 4° de la ley 18.216, se le sustituye la pena corporal por la de Remisión Condicional, por el plazo de 1 año, quedando sujeto al control administrativo del Centro de Detención Preventiva de Gendarmería de Chile de la comuna de Chanco y con las demás exigencias del artículo 5 de la citada legislación. Si incumple lo anterior cumplirá la pena principal efectivamente y se le contara desde que se presenta o sea habido, sin abonos que considerar. Debiendo presentarse al CRS en un plazo de 5 días desde que quede ejecutoriado el presente fallo para dar cumplimiento a la sanción. III. Respecto al pago de la multa, sírvale como abono el periodo que estuvo privada de libertad en esta causa por un tiempo superior a 12 horas, reconociéndole como abono 1/3 de unidad tributaria mensual; en cuanto al monto restante se conceden 2 parcialidades iguales

Fallo

se declara: I. Que SE CONDENA a ANDREA KATHERINE VALDEBENITO BRAVO, cédula de identidad N°15.619.959-1, ya individualizada, a la pena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo; la pena de accesorias del artículo 30 del Código Penal, esto es, suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena; las accesoria legales de prohibición absoluta de acercarse a la víctima a su domicilio o lugar donde se encuentre y la prohibición de porte o tenencia de arma de fuego por el plazo de 1 año; todo ello, como autor en grado desarrollo consumado del ilícito de lesiones menos graves; y a la pena de multa de Una Unidad Tributaria Mensual como autor en grado desarrollo consumado del ilícito de lesiones leves; ambos hechos perpetrados en esta jurisdicción el día 23 de abril del año 2021. II. Que para el cumplimiento de la pena privativa de libertad impuestas, reuniendo en la especie los requisitos establecidos en el artículo 4° de la ley 18.216, se le sustituye la pena corporal por la de Remisión Condicional, por el plazo de 1 año, quedando sujeto al control administrativo del Centro de Detención Preventiva de Gendarmería de Chile de la comuna de Chanco y con las demás exigencias del artículo 5 de la citada legislación. Si incumple lo anterior cumplirá la pena principal efectivamente y se le contara desde que se presenta o sea habido, sin abonos que considerar. Debiendo presentarse al CRS en un plazo de 5 días desde que quede ejecutoriado el presente fallo para dar cump

Texto Completo (Preview)

De conformidad al artículo 27 del acta 98-2.009, en relación al artículo 48 del acta 91- 2.007, ambos dictados por la Ilustrísima Corte Suprema, se transcribirá solo la parte resolutiva. Chanco, cuatro de julio de dos mil veintiuno. Atendido el mérito de los antecedentes y visto además lo dispuesto en los artículos 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20 30, 50, 67, 70, 399 y 494 n°5 del Código Penal; ar

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