3º Juzgado de Garantía de Santiago

JIMMY ELOY SILVA MOLINA C/ RICARDO ANTONIO SOAZO CARTES

Rol

O-6073-2020

Fecha

8 de junio de 2021

Materia

CONDUC.ESTADO DE EBRIEDAD CON O SIN DAÑOS O LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos sobre los que versa el juicio consisten en que: “Que, con fecha 18 de marzo de 2020, Su Excelencia el Presidente de la República, declaró estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en el territorio de Chile, en virtud del Decreto N° 104 de 2020 del Ministerio del Interior. Así, el artículo 4° de dicho decreto dispone que, para el ejercicio de las facultades que ahí se entregan, "los Jefes de la Defensa Nacional deberán tomar en consideración las medidas sanitarias dispuestas para evitar la propagación del Covid-19, en actos administrativos dictados por el Ministro de Salud" “Que en uso de dichas atribuciones y mediante Resolución Exenta N° 326 de fecha 03 de mayo de 2020 del Ministerio de Salud se decretó entre otras medidas que todos los habitantes de zona poniente de la comuna de Quilicura deben permanecer en aislamiento o cuarentena, es decir, en sus domicilios habituales, iniciándose esta medida a las 22:00 horas del 05 de mayo 2020 y regirá por un plazo de 7 días pudiendo prorrogarse si la situación epidemiológica así lo hace aconsejable, prorrogándose dicha medida mediante resolución exenta 334 de fecha 11 de mayo 2020 por un plazo de 7 días. De acuerdo a la misma resolución se entiende por zona poniente aquella ubicada al poniente de las vías ferroviarias” “El día 13 de junio de 2020, a las 22:45 horas aproximadamente, en pasaje Las Galaxias con Unión, en la comuna de Recoleta, el requerido RICARDO ANTONIO SOAZO CARTES, conducía en estado ebriedad el vehículo PPU. BXLF-18, marca Samsung, modelo SM3, y en esas circunstancias es controlado por Carabineros quienes pudieron constatar su estado ebriedad al realizar la prueba respiratoria Intoxilyzer, que dio como resultado 1.76 gramos por mil de alcohol en la sangre. El examen de alcoholemia practicado al requerido, arrojó como resultado 1.64 gramos por mil de alcohol en la sangre, al momento de desempeñar la conducción del vehículo” JNVQVGWXXM PEDRO PABLO ADVIS MONCADA Juez d

Fallo

se declara que se rechaza el requerimiento de autos y se decide que don Ricardo Antonio Soazo Cartes no es autor de los delitos que se le han imputado en esta causa, quedando en consecuencia absuelto. Se eximirá al Ministerio Público del pago de las costas, por no haberse solicitado por la defensa. Regístrese y, en su oportunidad, archívese. RUC N° 2000638954-7 RIT N° 6073-2020 Dictada por Pedro Advis Moncada, titular, Tercer Juzgado de Garantía de Santiago. JNVQVGWXXM PEDRO PABLO ADVIS MONCADA Juez de garantía Fecha: 03/07/2021 15:08:14 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2021-07-03T16:09:06-0400 Corte Suprema PEDRO PABLO ADVIS MONCADA Verificación Legal

Texto Completo (Preview)

Santiago, once de junio de dos mil veintiuno. Vistos, oídos y teniendo presente: 1° Que en la audiencia del día ocho recién pasado, se realizó la audiencia de juicio oral simplificado de acuerdo a lo establecido en el artículo 396 del Código Procesal Penal, para resolver el requerimiento interpuesto por el Ministerio Público en contra de don Ricardo Antonio Soazo Cartes, cédula de identidad N° 11

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