M.P. C/ JORGE ANDRÉS CHÁVEZ PEZOA
Rol
O-1106-2020
Fecha
1 de julio de 2021
Materia
ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO O SITIOSNO DESTIN.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos investigados ha evitado la realización de un juicio oral y causado con ello una economía al erario fiscal. Regístrese, notifíquese y cúmplase con lo dispuesto en el artículo 468 del Código Procesal Penal y artículo 4° del Decreto Ley N° 645 sobre el Registro Nacional de Condenas. Archívese oportunamente. Los intervinientes renuncian a los plazos y recursos legales, por lo que se tiene por ejecutoriada la sentencia a contar de esta fecha, cúmplase y ofíciese. Quedan los intervinientes presentes notificados en forma personal de todo lo obrado en audiencia. RIT N° 1106 - 2020 RUC N° 2010000771-2 Dictada por doña ANTONIA JAAR LABARCA, Jueza Suplente del Juzgado de Letras y Garantía de Panguipulli HQEEVGCFEX Antonia Jaar Labarca Juez de garantía Fecha: 05/07/2021 17:24:05 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2021-07-05T17:20:33-0400 Corte Suprema Antonia Jaar Labarca Verificación Legal
Fundamentos
considerando: Que en esta causa RIT Nº 1106 - 2020, RUC Nº 2010000771-2, el Ministerio Público de Panguipulli presentó requerimiento en procedimiento simplificado en contra del requerido don JORGE ANDRÉS CHÁVEZ PEZOA, Cédula Nacional de Identidad N° 0018726619-K, domiciliado en Calle Pedregal Bajo Nº 013, comuna de Arica. PARTE CONSIDERATIVA: Consta en el registro de audio. PARTE RESOLUTIVA:
Fallo
Se declara: I.- Que se condena a don JORGE ANDRÉS CHÁVEZ PEZOA, Cédula Nacional de Identidad N° 0018726619-K, ya individualizado, como autor del delito frustrado de robo en bienes nacionales de uso publico previsto y sancionado en el artículo 443 inciso segundo del Código Penal, hecho cometido en esta jurisdicción el día 05 de enero de 2020, a las siguientes penas: A) A la pena de TRESCIENTOS DÍAS DE PRESIDIO MENOR EN SU GRADO MÍNIMO. B) A la pena accesoria del artículo 30 del Código Penal, esto es, de suspensión de cargo u oficios públicos durante el tiempo de la condena. II.- Que para el cumplimiento de la pena corporal impuesta se concede al sentenciado la PENA SUSTITUTIVA DE RECLUSIÓN PARCIAL DOMICILIARIA NOCTURNA, en su domicilio ubicado en Calle Pedregal Bajo Nº 013, comuna de Arica, la que deberá cumplirse entre las 22:00 horas de cada día, hasta las 06:00 horas del día siguiente, computándose una jornada de encierro por cada día de privación de libertad al cual fue sentenciado el condenado. HQEEVGCFEX Antonia Jaar Labarca Juez de garantía Fecha: 05/07/2021 17:24:05 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y
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JUZGADO DE LETRAS, GARANTÍA Y FAMILIA Etchegaray Nº 823, Fono 63 2 311 335 P A N G U I P U L L I S E N T E N C I A Panguipulli, uno de julio de dos mil veintiuno. Vistos, oídos los intervinientes y considerando: Que en esta causa RIT Nº 1106 - 2020, RUC Nº 2010000771-2, el Ministerio Público de Panguipulli presentó requerimiento en procedimiento simplificado en contra del requerido don JORGE ANDR
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