Juzgado de Garantía de Rancagua.

MP C/ MILOVAN ADÁN VICENTE CÁCERES CORNEJO

Rol

O-1156-2021

Fecha

1 de julio de 2021

Materia

ROBO CON INTIMIDACION.

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos de la acusación y los antecedentes de la investigación y se procede bajo las reglas del Procedimiento Abreviado. Circunstancias modificatorias de responsabilidad penal: Artículos 11 N° 6 y 11 N° 9 del Código Penal. Procedimiento Abreviado. Hechos: La noche del 21 de febrero de 2021, la víctima, don Juan Carlos Valdivia Venegas, concurrió hasta el domicilio del imputado Diego Llanten Cataldo, a visitar a la madre de éste, doña Karina Cataldo Carvajal, quien es su pareja, lugar donde pernoctó, aprovechando que la víctima dormía, el imputado Diego Llantén Cataldo sustrajo a la víctima su celular marca Samsung, modelo A10, de color negro, avaluado en $140.000. Luego, a eso de las 05:00 horas de la madrugada del 22 de febrero de 2021, el imputado Diego Llantén Cataldo, previamente concertado con el coimputado Milovan Cáceres Cornejo, para cometer un delito de robo, llegaron en bicicleta hasta la calle Recreo frente a la calle Burgos de esta ciudad, donde abordaron a la víctima de iniciales J.U.V.S. quien esperaba el bus para ir a trabajar, Milovan Cáceres Cornejo premunido de un arma, se desconoce si era a fogueo, le dice “que tenis ahí?, entrega todo”, mientras Diego Llanten Cataldo, premunido de un bastón retráctil se aproxima a él y le sustrae los audífonos tipo cintillo, marca Sony, que la víctima llevaba puestos, y su celular marca shiaomi, modelo redmi, de la compañía wom, avaluados en $200.000. De color azul, dándose a la fuga del lugar en las bicicletas. Carabineros transitaba por las inmediaciones y al ser informados del delito ocurrido minutos antes, junto con la víctima de iniciales J.U.V.S. realizaron un patrullaje por las calles aledañas, y a unas 5 cuadras del lugar transitaban en bicicletas ambos imputados, a quienes la víctima reconoció de inmediato como quienes momentos antes lo habían intimidado y sustraído sus especies, dándose entonces a la fuga ambos imputados. NBVSVGYSDF Gonzalo Benjamin Celedon Bulnes Juez de garantía Fecha: 02/07/2021

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 11 N° 6 y N° 9, 15 N°1, 29, 68, 436 del Código Penal; artículo 15 bis y siguientes de la Ley N° 18.216, artículos 297, 340, 341, 342, 406 y siguientes del Código Procesal Penal, se declara: I.- Que, SE CONDENA a DIEGO ALONSO LLANTEN CATALDO, ya individualizado, como autor en grado consumado de un delito de Robo con Intimidación, previsto y sancionado en el artículo 436 del Código Penal, a la pena de CUATRO AÑOS de presidio menor en su grado máximo e inhabilitación NBVSVGYSDF Gonzalo Benjamin Celedon Bulnes Juez de garantía Fecha: 02/07/2021 14:16:58 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl file:///c:/jgrancagua@pjud.cl file:///c:/www.poderjudicial.cl Juzgado de Garantía de Rancagua Avda. Libertador Bernardo O´Higgins # 720 Fono: 72 220 77 00 jgrancagua@pjud.cl / www.poderjudicial.cl absoluta de cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena y la inhabilitación perpetua para derechos políticos. II.- Que, para el cumplimiento de la pena corporal se le

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Juzgado de Garantía de Rancagua Avda. Libertador Bernardo O´Higgins # 720 Fono: 72 220 77 00 jgrancagua@pjud.cl / www.poderjudicial.cl ACTA DE AUDIENCIA uno de julio de dos mil veintiuno Ruc: 2100168534-9 Rit: 1156 - 2021 Hora Inicio: Hora Término: Juez: GONZALO CELEDÓN BULNES Tipo de Audiencia: Procedimiento abreviado Imputado: Diego Alonso Llantén Cataldo C.I. N° 21.230.219.-8 Si comparece Domic

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