MP C/ GASTÓN ANDRÉS ÁLVAREZ FLORES
Rol
O-83-2020
Fecha
2 de julio de 2021
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “El día 8 de abril del año 2020 aproximadamente a las 11:45 horas el acusado Gastón Andrés Alvarez Flores ingresa al fundo El Carmen sin número Sector Talcarehue comuna de San Fernando y desde su interior con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño sustrae nueces que iba guardando en un saco, sustrayendo, específicamente, 25 kilos de dicho producto y que la víctima avalúa en la suma aproximada de 150.000- De esta sustracción se percata la víctima de iniciales M.A.L.G. quien es el representante legal del Fundo ya referido y exige al acusado que suelte el saco y se vaya del fundo y es en ese momento en que Alvarez Flores se abalanza sobre la víctima, lo golpea en su rostro y en un brazo resultando la víctima con lesiones de carácter médicamente leves consistentes en aumento de volumen y eritema en frente y brazo derecho”. (sic) La Fiscal sostuvo que los hechos que conformaban la acusación, configuran el delito de robo con violencia, previsto y sancionado en el artículo 436, inciso primero, del Código Penal, el que se encuentra en grado de consumado, atribuyéndole al acusado la calidad de autor ejecutor, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del citado código. LXVPVGZPKG Marisol Alejandra Lopez Machuca Juez oral en lo penal Fecha: 02/07/2021 16:16:43 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL SAN FERNANDO 2 Además, señaló que no concurrían circunstancias modificatorias de responsabilidad y solicitó la pena de seis años de presidio mayor en su grado mínimo, accesor
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: INDIVIDUALIZACIÓN DE LOS INTERVINIENTES. Que ante este Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de San Fernando, constituido por los Jueces Carlos Pérez Díaz, Felipe Cortés Ibacache y Marisol López Machuca, se llevó a efecto la audiencia de juicio oral, de la causa RIT 83-2020, seguida en contra del acusado Gastón Andrés Álvarez Flores, cédula de identidad número 15.527.511-1, chileno, soltero, nacido el 1 de enero de 1986 en la comuna de Chimbarongo, temporero agrícola, domiciliado en sector Las Ranas, calle Miraflores, casa n° 22, comuna de Chimbarongo. Sostuvo la acusación el Ministerio Público, representada por la Fiscal María Isabel Castro Cornejo, en tanto la defensa del acusado estuvo a cargo del Defensor Penal Público, Sergio Henríquez González, ambos con domicilio y forma de notificación registradas en esta sede. SEGUNDO: ACUSACIÓN Y ALEGACIONES DEL MINISTERIO PÚBLICO. Que el Ministerio Público Que el Ministerio Público fundó la acusación en los siguientes hechos: “El día 8 de abril del año 2020 aproximadamente a las 11:45 horas el acusado Gastón Andrés Alvarez Flores ingresa al fundo El Carmen sin número Sector Talcarehue comuna de San Fernando y desde su interior con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño sustrae nueces que iba guardando en un saco, sustrayendo, específicamente, 25 kilos de dicho producto y que la víctima avalúa en la suma aproximada de 150.000- De esta sustracción se percata la víctima de iniciales M.A.L.G. quien es el representante legal del Fundo ya referido y exige al acusado que suelte el saco y se vaya del fundo y es en ese momento en que Alvarez Flores se abalanza sobre la víctima, lo golpea en su rostro y en un brazo resultando la víctima con lesiones de carácter médicamente leves consistentes en aumento de volumen y eritema en frente y brazo derecho”. (sic) La Fiscal sostuvo que los hechos que conformaban la acusación, configuran el delito de robo con violencia, previsto y sancionado en el artículo 436, inciso primero, del Código Penal, el que se encuentra en grado de consumado, atribuyéndole al acusado la calidad de autor ejecutor, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 N° 1 del citado código. LXVPVGZPKG Marisol Alejandra Lopez Machuca Juez oral en lo penal Fecha: 02/07/2021 16:16:43 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL SAN FERNANDO 2 Además, señaló que no concurrían circunstancias modificatorias de responsabilidad y solicitó la pena de seis años de presidio mayor en su grado mínimo, accesor
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 7, 14, 15, 296, 432, 436 y 439 del Código Penal y 48, 295, 296, 297, 340, 341, 342, 344 y 348 del Código Procesal Penal; y demás disposiciones pertinentes, se declara que: LXVPVGZPKG Marisol Alejandra Lopez Machuca Juez oral en lo penal Fecha: 02/07/2021 16:16:43 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL SAN FERNANDO 4 I.- Se absuelve a Gastón Andrés Álvarez Flores, de la acusación deducida en su contra por el Ministerio Público, ser autor de un delito consumado de robo con violencia, previsto y sancionado en el artículo 436, inciso primero, del Código Penal, presuntamente perpetrado el día 8 de abril de 2020 en la comuna de San Fernando. II.- No se condena en costas al Ministerio Público. En su oportunidad, ofíciese al Juzgado de Garantía de San Fernando remitiendo esta sentencia con certificado de encontrarse ejecutoriada, para los efectos que correspondan. De conformidad a lo establecido en el artículo 17 de la ley 20.5
Texto Completo (Preview)
TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL SAN FERNANDO 1 San Fernando, dos de julio de dos mil veintiuno. VISTO, OÍDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: INDIVIDUALIZACIÓN DE LOS INTERVINIENTES. Que ante este Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de San Fernando, constituido por los Jueces Carlos Pérez Díaz, Felipe Cortés Ibacache y Marisol López Machuca, se llevó a efecto la audiencia de juicio
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica