PARADA/ESPACIOS VERDES Y DEPORTIVOS S.P.A.
Rol
O-3969-2020
Fecha
19 de febrero de 2021
Materia
Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto a demás lo dispuesto en los artículos 1 a 7,63,67,162,163,168,420 a 462 del Código del Trabajo, se declara: I.- SE ACOGE la demanda interpuesta por don ALEX OSVALDO PARADA CRUZ en contra su ex empleador ESPACIOS VERDES Y DEPORTIVOS S.P.A, solo en cuanto se declara nulo el despido que fue objeto el trabajador demandante con fecha 9 de abril de 2020 al haber existido deuda previsional, limitándose dicha sanción al día 12 de mayo de 2020 fecha que consta que convalidó el pago de la deuda previsional que mantenía respecto del mes de marzo de 2020, ordenándose el pago de dicha sanción por la suma de $1.436.689.- II.- Asimismo, se declara injustificado el despido que fue objeto el trabajador demandante con fecha 9 de abril de 2020, condenándose en consecuencia a la empresa demandada a pagar al trabajador demandante las siguientes prestaciones e indemnizaciones: a) Indemnización por 2 años de servicios, por la suma de $2.612.162.-, recargada en un 30% de conformidad a lo establecido en la letra a) del artículo 168 del Código del Trabajo, en la suma de $783.640.- b) Feriado legal por 32 días corridos por la suma de $1.393.152.- III.- Las cantidades ordenadas a pagar en forma precedente deberán serlo con los intereses y reajustes contemplados en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. IV.- No se condena en costas a la empresa demandada al no haber resultado totalmente vencida. V.- Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase lo resuelta en ella dentro del quinto día, en caso contrario se dará inicio a su ejecución de acuerdo a lo establecido en el artículo 462 del Código del Trabajo. Se ordena el registro y el archivo de la presente causa en su oportunidad. MEDIDA CAUTELAR DECRETA: Atendido la rebeldía de la parte demandada y con el fin de asegurar el resultado del juicio, de conformidad a lo establecido en el artículo 444 del Código del Trabajo, el Tribunal decreta las siguientes medidas cautelares: 1) Se ordena oficiar a BANCO BICE Y BANCO DE CRÉDI
Fallo
Por estas consideraciones y visto a demás lo dispuesto en los artículos 1 a 7,63,67,162,163,168,420 a 462 del Código del Trabajo, se declara: I.- SE ACOGE la demanda interpuesta por don ALEX OSVALDO PARADA CRUZ en contra su ex empleador ESPACIOS VERDES Y DEPORTIVOS S.P.A, solo en cuanto se declara nulo el despido que fue objeto el trabajador demandante con fecha 9 de abril de 2020 al haber existido deuda previsional, limitándose dicha sanción al día 12 de mayo de 2020 fecha que consta que convalidó el pago de la deuda previsional que mantenía respecto del mes de marzo de 2020, ordenándose el pago de dicha sanción por la suma de $1.436.689.- II.- Asimismo, se declara injustificado el despido que fue objeto el trabajador demandante con fecha 9 de abril de 2020, condenándose en consecuencia a la empresa demandada a pagar al trabajador demandante las siguientes prestaciones e indemnizaciones: a) Indemnización por 2 años de servicios, por la suma de $2.612.162.-, recargada en un 30% de conformidad a lo establecido en la letra a) del artículo 168 del Código del Trabajo, en la suma de $783.640.- b) Feriado legal por 32 días corridos por la suma de $1.393.152.- III.- Las cantidades ordenadas a pagar en forma precedente deberán serlo con los intereses y reajustes contemplados en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. IV.- No se condena en costas a la empresa demandada al no haber resultado totalmente vencida. V.- Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase lo resuel
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 19 DE FEBRERO DE 2021 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 4 VIRTUAL RUC 20-4-0277048-2 RIT O-3969-2020 MAGISTRADO ANDREA SOLER MERINO ADMINISTRATIVO DE ACTAS KATHERINE SPULER RIFFO HORA DE INICIO 08:32 HORAS HORA DE TÉRMINO 08:57 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2040277048-2-1349-210219-00 PAR
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