8º Juzgado de Garantía de Santiago

JUAN SEBASTIAN GARCIA JARA C/ ARELY SOLANGE MOYA GAETE

Rol

O-1428-2018

Fecha

2 de julio de 2021

Materia

HURTO SIMPLE POR UN VALOR DE MEDIA A MENOS DE 4 UTM., LESIONES LEVES.

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que el día veintinueve de Junio recién pasado, ante este 8° Juzgado de Garantía de Santiago, se inició y llevó a efecto la audiencia de juicio oral simplificado en contra de ARELY SOLANGE MOYA GAETE, cédula nacional de identidad Nº 13.496.319-0, 43 años a la fecha de comisión del delito, nacido el 22 de Junio de 1978, en Santiago, comerciante, domiciliado en Pasaje Río Huasco N° 1362, villa Santa Elena, La Florida. La acción penal fue sostenida por el Ministerio Público, representado por el fiscal don Álvaro Pérez. La defensa del acusado estuvo a cargo de la abogada defensor penal privado don Luis Carmona.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Acusación: Que la imputación efectuada por el Ministerio Público en contra del acusado, según el correspondiente requerimiento, es del siguiente tenor: “El día 23 de Febrero de 2018, alrededor de las 16:30 horas, los imputados ARELY SOLANGE MOYA GAETE y YERKO EDGAR GERALDO RIUTORT, ingresan a la tienda Nike, ubicada en Avenida Irarrázaval N° 2805, comuna de Ñuñoa, y estando en su interior, sustraen con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño 04 buzos completos y 02 pares de zapatillas, avaluados en la suma de $ 319.940 pesos, especies que ocultaron al interior de bolsa que portaban, para salir con ellas en su poder sin cancelar su valor, traspasando las paletas de seguridad, momentos en que la víctima, la guardia de seguridad Sandy Pinto Silva, procede a quitarles la bolsa donde ocultaron las especies, produciéndose un forcejeo entre los tres, procediendo la imputada a agredir a la guardia con golpes y rasguños en la cara, mordiéndole además un dedo, procediendo los imputados a huir del lugar a bordo del vehículo marca Hyundai, modelo Elantra, placa patente única GKPB-59. Posteriormente fueron alertados por la central de comunicaciones Cenco funcionarios de Carabineros de la 18° comisaría de Ñuñoa, los que se encontraban realizando patrullajes preventivos por Avenida Diagonal Oriente en dirección al oriente, momentos en que son adelantados por un vehículo de las características señaladas anteriormente, procediendo los funcionarios a seguirlos por Avenida Diagonal Oriente hasta Avenida Américo Vespucio, deteniéndose los imputados en la intersección de Avenida Américo Vespucio con pasaje Ernesto Hevia. Al fiscalizarlos los funcionarios y registrar el vehículo en que se transportaban, e percataron que en el asiento de atrás mantenían 03 bolsas forradas con papel aluminio, en la puerta del copiloto mantenían 01 imán y en el portamaletas del vehículo mantenían 01 bolsa HXCFVFXYKT SERGIO GUILLERMO CORDOVA ALARCON Juez de garantía Fecha: 01/07/2021 13:50:40 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 2 forrada con papel aluminio, razón por la cual los funcionarios policiales procedieron a su detención.- Producto de la agresión, la víctima sufrió lesiones de carácter leve consistentes en “contusión meñique derecho leve, herida lamina urqueal meñique derecho y heridas erosivas leves en cara”, según informe médico de lesiones N° 08276, emitido por el Hospital del Trabajador.” Calificación Jurídica: A juicio del ente acusador, estos hechos, constituyen el delito de HURTO SIMPLE, prescrito y

Fallo

fallo que la lesión ha sido provocada por la requerida a la señora guardia de seguridad y menos como esta se produce, ya que se menciona una mordedura, pero no hay elementos de juicio que nos permitan colegir esta situación. Se observan una fotos pero no tenemos certeza que la persona que aparece en las referidas imágenes correspondan a la señora Sandy Pinto, y es más, en las mismas se aprecian una lesiones erosivas en el rostro y una lesión en una mano, pero como se puede HXCFVFXYKT SERGIO GUILLERMO CORDOVA ALARCON Juez de garantía Fecha: 01/07/2021 13:50:40 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTP://VERIFICADOC.PJUD.CL O EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. ntar del 4 de abril de 2021, la hora visualizada corresponde al horario de invierno establecido en C hile C ontinental. P ara la R egión de M agallanes y la A ntártica C hilena sum ar una hora, m ientras que para C hile Insular O ccidental, Isla de P ascua e Isla S ala y G óm ez restar dos horas. P ara m ás inform ación consulte http://w .horaoficial.cl 8 sostener que éstas hayan sido provocadas por la imputada presente en la audiencia, falta entonces elementos de juicio que vinculen el nexo causal entre la eventual acción típica y el resultado de la misma, no se ha acreditado por medio de prueba alguno el eventual forcejeo que da cuenta el núcleo fáctico del requerimiento, como tampoco el ocultamiento de las referidas especies, como nada se ha señalado de los elementos subjetivos del tip

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1 Santiago, dos de Julio de dos mil veintiuno. VISTOS: Que el día veintinueve de Junio recién pasado, ante este 8° Juzgado de Garantía de Santiago, se inició y llevó a efecto la audiencia de juicio oral simplificado en contra de ARELY SOLANGE MOYA GAETE, cédula nacional de identidad Nº 13.496.319-0, 43 años a la fecha de comisión del delito, nacido el 22 de Junio de 1978, en Santiago, comerciante

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